Ordenanza Regional N.° 014-2020-GORE-ICA
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
youl DEL y, 3 e a
A
: [e] RES » Gobierno Regional Ica |“:
ORDENANZA REGIONAL
Ne 0014 -2020-GORE-ICA Ica, 2 2 DIC. 2020
El Consejo Regional del Gobierno Regional ica en Sesión Ordinaria de fecha 17 de setiembre de 2020. Visto el Dictamen N° 001-2020- CRI/CECCTYD, de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deporte del Consejo Regional de Ica, y demás actuados en el procedimiento.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191% de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal.
Que, mediante el artículo 8% de la Ley N* 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, los mismos que deben descansar sobre la base de una norma legal expresa.
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional".
Que, el artículo 38”, de la precitada Ley refiere "Las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia y Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional actualmente Gobernación Regional para su formulación en un plazo de 10 días naturales”.
Que, el Bicentenario de la Independencia del Perú tendrá como fecha el 28 de julio de 2021. Su celebración conmemorará los 200 años de la proclamación de Independencia del Perú. La celebración corresponderá a diversas actividades y planes nacionales que se preparan con años de anticipación. El 18 de agosto de 2016, el primer ministro anunció la creación de la Comisión Organizadora de la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú.
Que, la Independencia del Perú fue un proceso histórico-social, materializado en una serie de levantamientos que propiciaron el surgimiento de la república peruana como un estado independiente de la monarquía española, la ruptura de todo vínculo político con ésta, con la consecuente desaparición
¡CA DE, yet! La, DA % ES L
e Q 2k er . .
2 Gobierno tonal Ica |.
del Virreinato del Perú. Una de los primeros levantamientos que cuestionaron el poder español sobre el entonces Virreinato del Perú, fue la Rebelión de Túpac Amaru Il de 1780, la cual fue aplacada de manera sangrienta por las fuerzas realistas. Posteriormente, en el contexto del proceso de independencia de hispanoamérica se producirían otras insurrecciones como la Rebelión de Tacna de 1811, encabezada por Francisco Antonio de Zela y la Rebelión del Cuzco de 1814 de los hermanos Angulo. Sin embargo, dado que el centro del poder colonial de España en América se concentraba fundamentalmente en el Virreinato del Perú, fue necesaria la intervención de fuerzas independentistas extranjeras, como la Expedición Libertadora del Perú comandada por el General José de San Martín, la cual desembarcó en el sur del Perú en 1820 para posteriormente ocupar la capital virreinal (Lima) y proclamar la independencia del Perú en 1821. El proceso independentista sería concluido luego con la ayuda de Simón Bolívar y la firma de la Capitulación de Ayacucho en 1824.
Que, el primer centenario, dado que frente a los diversos hechos históricos que conformaron el proceso independentista del Perú, la historiografía peruana otorgó mayor preponderancia a la proclamación de la independencia ocurrida el 28 de julio de 1821, considerándola por tanto como fecha fundacional, el primer centenario se conmemoró en 1921, para lo cual se organizaron grandes y fastuosas fiestas que fueron supervisadas y presididas por Augusto Leguía, entonces mandatario del país.
Que, con fecha 6 de octubre de 2016, el gobierno del Presidente Pedro Pablo Kuczynski expidió la Resolución Suprema N° 246-2016- PCM mediante la cual conformó la “Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal Encargada de Formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú", con el encargo de: Proponer la agenda de conmemoración para proponer y supervisar concursos de ideas y proyectos múltiples que permitan celebrar la conmemoración a escala regional y nacional y supervisar los concursos nacionales a celebrarse para definir el logotipo, los audiovisuales y las canciones que identificarán la conmemoración, entre otros.
Que, con fecha 20 de octubre de 2016, el Congreso de la República aprobó la conformación de la "Comisión Especial Multipartidaria Conmemorativa del Bicentenario de la Independencia del Perú", cuya presidencia fue encargada al congresista Juan Sheput. Dicha Comisión aprobó, entre otras actividades a desarrollarse, el promover investigaciones, publicaciones y conversatorios sobre tres hechos importantes: La Independencia Nacional (1821), el establecimiento del Primer Congreso Constituyente del Perú (1822), y la conmemoración de las batallas de Junín y Ayacucho (1824). Entre otras actividades a desarrollarse por la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú.
Que, en ese sentido se hace necesario que el Gobierno Regional de Ica y próximo a cumplirse el Bicentenario de la Independencia del Perú, se pronuncie sobre hechos históricos realizados dentro de nuestro ámbito regional, detallando los hechos históricos sucedidos en la Región ica, a la llegada del ejercito unido del General Don José de San Martín, siendo los siguientes:
07 de setiembre de 1820 Boquerón de Sangallán frente a Paracas:
SICA DEY a, ye Ls
ES %
SS Gobierno Regional Ica Jun
Aparece por el sector norte del boquerón, la Escuadra de la Expedición Libertadora. A las once de la mañana, la escuadra en pleno hace su aparición a la entrada del canal formado por la isla de Sangallán y la Península de Paracas, (llamado Boquerón de Sangallán), doblan el Boquerón, enfilando con velas infladas frente a las costas de Paracas de Pisco, prácticamente, toda la rada, y a las 03:00 se despliegan en línea a la entrada de ta Bahía de Paracas.
08 de setiembre de 1820 Playa de Paracas: En horas de la madrugada, comienza a desembarcar, las tropas del Ejército Unido.
08 de setiembre de 1820 Villa de Pisco:
A las 10:30 de la noche, es ocupada la Villa de Pisco (Pisco Pueblo), por las fuerzas patrióticas desembarcadas. Los realistas, al mando de Quimper, habían abandonado la población.
09 de setiembre de 1820 Puerto de Pisco: Es ocupado el sector del Puerto (Pisco Playa), con su fuerte y almacenes.
12 de setiembre de 1820 Instalación del General San Martín en Pisco: Llega el General San Martín a Pisco, instalando su Cuartel General.
13 de setiembre de 1820 Caucato:
Parte de Pisco con dirección a la Hacienda de Caucato, la decisión de vanguardia, a cargo del coronel Mayor Álvarez de Arenales, convirtiéndola en el baluarte patriota a de todo el valle de Pisco. Desde esta hacienda se envían partidas con soldados en pos del reconocimiento del terreno y en busca de víveres para el resto de la tropa que quedaron en Pisco.
14 de setiembre de 1820 Caucato:
El día 14 se presenta en Caucato, el emisario del Virrey, el alférez del Regimiento Español de Húsares de la Guardia, don Cleto Escudero, para la conferencia de Miraflores, nombrado San Martín sus delegados el día 15, el 16, se retira el parlamentario realista.
23 de setiembre de 1820 Chincha:
Por orden del general San Martín, el Regimiento de Granaderos, con su jefe, coronel Rudecindo Alvarado, avanza de Caucato a las dos Chincha, lo cual hace efectivo el 23, regresando el 24 por la noche.
02 de octubre de 1820 Caucato: El General San Martín, se encuentra en la Hacienda.
03 de octubre de 1820 Caucato: Parten desde esta hacienda, los soldados de Álvarez de Arenales, con destino a Pisco, y el día 5, salen con destino hacía Ica.
05 de octubre de 1820 Caucato: Parten desde esta hacienda, los soldados de Álvarez de Arenales, con destino a Pisco, y el día 05, salen con destino hacia Ica.
oe Me P
E, ls
O e Za Es Gobierno Regional Ica |“
05 de octubre de 1820 Pisco: Se publica, el primer número del “Boletín del Ejército Unido”.
06 de octubre de 1820 Ica:
Hace su ingreso a la ciudad de Ica, la división patriótica al mando de Álvarez de Arenales. Las tropas realistas habían dejado la población, huyendo con rumbo al sur.
07 de octubre de 1820 Palpa - Primera Batalla: Acción de armas, entre las fuerzas patrióticas Rufino Guido y los realistas; siendo derrotados estos últimos, quienes se dirigen a Nasca.
14 de octubre de 1820 Changuillo Nasca - Segunda Batalla: Acción de armas, en donde las fuerzas patrióticas al mando del teniente coronel argentino, derrotan a los realistas.
16 de octubre de 1820 Acari: El teniente Vicente Suárez, con 30 cazadores sorprende en Acarí a las tropas enemigas, atacando el convoy del coronel Quimper y derrotado sus fuerzas.
21 de octubre de 1820 Pisco: El general José de San Martín, expide el decreto, creando la primera bandera del Perú, el primer escudo y la primera escarapela.
21 de octubre de 1820 Ica:
Proclamación de la Independencia a cargo de Juan José Salas. El jefe patriota, Álvarez de Arenales, sale de Ica con su división, camino a Huancavelica y Huamanga, derrotando en Pasco a las fuerzas realistas al mando del O'Realy y uniéndose posteriormente con José de San Martín al norte de Lima.
26 de octubre de 1820 Paracas: Se reembarca, el Ejército Unido del general José de San Martín, para dirigirse hacia el norte de Lima, llegando a Huaura.
Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria de la fecha, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobación del acta de la fecha.
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS HISTÓRICOS AL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DEL PERU”
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER los hechos históricos al Bicentenario de la Independencia del Perú, los mismos que se detallan en el décimo considerando de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación de Ica (DREI) coordine con las Unidades de Gestión Educativa Local
¿ULSA BEL y,
¿ a y " Rad Gobierno Regional Ica |
de toda la Región de Ica, para que organicen eventos cívicos como patrióticos, en relación a la "Batalla de Palpa” llevada a cabo el 07 de octubre de 1820.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, coordine con los gobiernos locales para que programen actividades en su jurisdicción de acuerdo a las fechas señaladas en el noveno considerando de la presente Ordenanza Regional, a fin de promover el patriotismo, civismo e historia.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica
(www. regionica.gob.pe).
ARTICULO QUINTO.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica para su promulgación. SR. CÉSAR MARTÍN MAGALLANES DAGNINO GOBIERNO REGIONAL DE ICA
CONSEJERO DELEGADO COf)EJO REGIONA CONSEJO REGIONAL DE ¡CA
SS RIN MAGALLANES DAI
CESAR M.
Que, de conformidad con el articulo 69° del Reglamento Interno de! Consejo Regional de Ica y ante la omisión por parte del Gobernador Regional, en promulgar la presente Ordenanza, el Consejero delegado del Consejo Regional dispuso la promulgación de la presente Ordenanza:
POR TANTO:
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica. SR. CÉSAR MARTÍN MAGALLANES DAGNINO
CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/3967905-014-2020-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4215292/or_014_2020.pdf