Ordenanza Regional N.° 014-2011-GORE-ICA
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ORDENANZA REGIONAL
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lca, 26 OCT. 2011
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión ordinaria del día catorce de septiembre del año dos mil once.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por artículo 191° de la Constitución Política del Perú, y su modificatoria, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los Gobiernos Regionales tienen entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economía regional, fomentando inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo, conforme al artículo 192* de la Constitución Política del Estado;
Que, conforme al inciso a) del artículo 56° de la Ley N° 27867, dentro de las funciones del Gobierno Regional en materia de Transportes, le corresponde entre otros, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales;
Que, la Estrategia Sectorial de Descentralización de la Gestión Vial incluye, entre otros, la formulación de planes viales departamentales que proporcionen un marco institucional y financiero ordenado y consolidado para el desarrollo, rehabilitación y mantenimiento de la red vial departamental; la elaboración del Plan Vial Departamental a efecto de lograr una intervención ordenada racional de la infraestructura vial concebido como instrumento de gestión;
Que, el Plan Vial Departamental Participativo de Ica 2011-2020, constituye un documento de consenso que representan el interés colectivo de los actos departamentales vinculados a la problemática vial y aspira a constituirse en el instrumento básico para la gestión vial de largo -plazo que asume el gobierno regional como parte del proceso de descentralización y regionalización en curso y en proceso de consolidación, el mismo que contiene: Hipótesis general, caracterización del Departamento y Contexto de Desarrollo, Diagnóstico Vial del Departamento y Propuesta de Solución a la Problemática Vial del Departamento. La misma que fue formulado dentro del Marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ica y el Ministerio de Transportes a través de PROVIAS Descentralizado, en cuya elaboración se ha contado con la participación de los órganos competentes del pogo Gobierno Regional - Sede Central, asi como con los érganos pertinentes de la Direccién Regional de Transportes y Comunicaciones; y los órganos correspondientes de la Municipalidad Provincial de Ica, conforme así se desprende de los documentos que forman parte del expediente administrativo, Siendo esto así, atendiendo a que el citado Plan Vial, cuenta con informes favorables contenidos en el Informe N° 340-2011-SGO e
informe N° 010-2011-SGTCV-MPI, evaluados por la Sub Gerencia de Obras y Vialidad del Gobierno Regional y la Sub Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de Ica, respectivamente, la Comisión de Infraestructura, Transportes y Comunicaciones del Consejo Regional, emite el Dictamen Ne 001-2014,1-CITCC/CRI en sentido favorable, lo que previo al tramite de Ley; en atención a | 4 consideraciones precedentes y sustento efectuado durante la sesión, las deliberaciones realizadas por los señores Consejeros Regionales durante la sesión ordinaria, el Consejo Regional aprobó con el quórum de Ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte
resolutiva del presente;
Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesión Ordinaria del catorce de setiembre del año dos mil once, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno de! Consejo Regional, con dispensa y aprobación del acta de la fecha;
o Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Vial Departamental Participativo de Ica, 2011-2020, el mismo que en anexo, forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- DEROGAR la normas regionales, que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional en cobrdinación con la Gerencia Regional de Infraestructura y Dirección Regional de Transportes y demás órganos regionales correspondientes, la implementación del Plan a que se refiere el artículo primero.
ARTICULO CUARTO.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano” y en el Portal del Gobierno Regional de Ica, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 42° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Comuniquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ica,
nee N PEDRO ANDIA MORON DNSEJERO DELEGADO
para su promulgación.
JUAN PEDRO ANDIA MORON CONSEJERO DELEGADO a CONSEJO REGIONAL DE ICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica.
ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA
GOBIERNO REGIONAL DE ICA
UNIDAD DE ADMINISTRACION DOCUMENTARIA
Ica, 26 de Agosto del 2011
Of. Circular N’ 2046-2011-GORE-ICAUAD
Señor SECRETARIA GENERAL
Para su conocimiento y fines consiguientes, remito a Ud. copia del original de la ORDENANZA REGIONAL
N° 0014-2011 de Fecha 26-10-2011 La presente copia constituye la transcripción oficial de dicha Resolución
Atentamente
GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Unidad de soe
“JUAN A. URIBE LOPEZ Jefe (e)
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