Ordenanza Regional N.° 012-2017-GORE-ICA
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ORDENANZA REGIONAL N*0012 -2017-GORE-ICA Ica, 03 OCT, AN?
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del 22 de: setiembre de 2017. VISTO, el Dictamen. N*006-2017- GORE-ICA/CR-CPPYAT-P de fecha 31.AGO.2017, emitido por la Comisión Ordinaria de- Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento respecto a la aprobación de la “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES — ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA”.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su. modificatoria la Ley N°27902, establece que: “Los Gobiernos Regionales, que emanen de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomia política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal”.
Que, el artículo 192% de la Constitución Política del Perú señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto; 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional”,
Que, en el marco de las competencias exclusivas establecidas en el literal k), numeral 1, artículo 10° de la Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales entre sus competencias el Gobierno Regional le corresponde entre otros: “(...) c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto”; igualmente el literal a), del Artículo. 45° en lo que corresponde a las Funciones Generales establece: “(...)a) Función normativa y reguladora.- Elaborando y aprobarido normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia”.
Que, el literal a), del artículo 15% la Ley de Gobiernos Regionales. Ley N°27867 señala que: “Es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o: derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materiales: de competencia y funciones del Gobierno Regional”. estableciéndose asimismo en el Articulo:39°.- Acuerdos:del Consejo Regional: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o. declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
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Que, el Consejo Regional de Ica, está representado por los señores consejeros regionales, quienes representan a la región en general, y a la provincia por la cual han sido elegidos, para efectos de cumplir con las funciones fiscalizadoras y normativas, y de representación; organizan su trabajo en comisiones, conforme-a lo regulado por el tercer párrafo del inciso b), del artículo 14°, de la Ley N°27867 y su modificatoria.
Que, de acuerdo con el artículo 2° del Reglamento interno de Consejo, señala. que el Consejo Regional es el. órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce fas funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y dela gestión y conducta pública de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización N°27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N°27867.
Que, asimismo señala en su artículo 3°, que el Consejo Regional es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones. normativas y fiscalizadoras. Tiene. autonomía normativa, política, fiscalizadora e investigadora en asuntos de su competencia, en tanto que en el artículo 4°, indica que la función normativa comprende el debate, la aprobación, modificación, interpretación y derogación de Ordenanzas Regionales y Acuerdos. del Consejo Regional, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Ley de Bases de Descentralización N°27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N°27867 y el precitado Reglamento.
Que, de. acuerdo con el artículo 29° del Reglamento Interno del Consejo, las comisiones son grupos de trabajo especializados de consejeros, cuya función principal es él seguimiento fiscalización dei funcionamiento de los órganos del Gobierno Regional y de los sectores que componen la Administración Pública dentro del ámbito territorial de la Región. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional y la absolución de consultas én los asuntos que son puestos en su conocimiento, de acuerdo con su especialidad o materia.
Que, el precitado Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, en el artículo: 54°, sobre los procedimientos normativos y fiscalizadores indica que: son el conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y los acuerdos del Consejo destinados a producir acuerdos de consejo regional y ordenanzas regionales, actos de fiscalización, propuestas y designaciones. Estos pueden ser: a) Procedimiento normativo: que comprende el debate y aprobación de acuerdos de consejo y ordenanzas regionales y de reforma del reglamento. Asimismo, en el artículo 55” se señala que son instrumentos procesales. del Consejo las proposiciones de los consejeros y los dictámenes e informes de las comisiones.
Que, de acuerdo al artículo 60° del Reglamento interno del Consejo Regional de Ica, los Dictámenes son los documentos. que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de urdenanzas regionales y acuerdos de consejo regional que son sometidas a su conocimiento, ademas de las conclusiones y recomendaciones derivadas de. dicho estudio, pudienda concluir
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en: a) En la recomendación. de aprobación de la proposición en sus términos. b) En: la recomendación de aprobación de la proposición con medificaciones. Para éste efecto sé acompaña el respectivo proyecto sustitutorio. El presidente de la Comisión dictaminadora remite al Pleno la documentación completa: de la aprobación del Dictamen. c) En la recomendación de no aprobación de la proposición y su envío al archivo. Las proposiciones recházadas de plano no requieren dictamen y se archivan (...). d) En la recomendación de conformación de una Comisión Especial de estudio del asunto materia de dictamen, a efecto de que se realice un esttidio técnico más profundo y proponga una fórmula normativa adecuada..e) Solicitando un plazo adicional para expedir:dictamen.
Que, el artículo 66°, del referido Reglamento, indica, que la presentación de las proposiciones de Ordenanza. Regional y de Acuerdo de Consejo Regional está sujeta a. los siguientes requisitos especiales: 1. Las proporciones presentadas por el Presidente Regional deben estar refrendadas por el Gerente General Regional y en forma opcional por el Gerente: Regionál y/o Director Regional Sectorial cuyas carteras se relacionen en forma directa con la materia cuya regulación se propone, Pueden versar sobre cualquier asunto y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Además: a) Las proposiciones de Ordenanza Regional y Acuerdo de Consejo Regional presentadas, deben ir acompañadas con la solicitud de trámite urgente.
Que, la Ley N°27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión Pública, estableció un Proceso de Modemización de la Gestión Pública, lo cual declaró al estado en proceso de modernización a todo nivel, y orientado al estado eficiente de la Administración Pública, estableciendo entre otras disposiciones. los criterios para el diseño y estructura de la Administración Pública referidas a normas de organización interna de las entidades, la: misma que con la Ley N°29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo se consolida el Proceso de Modernización de la Gestión Pública.
Que, por Decreto Supremo-:N°043-2006-PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, la misma que contiene los criterios técnicos de simplicidad y flexibilidad para ordenar la estructura de organización de las entidades de la Administración Pública, en cuyo mérito se ha ceñido el presente Reglamento, igualmente las disposiciones en cuanto a criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que contempla el artículo 6° de ia Ley N°27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
Que, con Informe N*015-2016-GOREJCA-GRPPAT/SPRE de fecha 19.0CT:2016, elaborado por la Subgerencia de Presupuesto, perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GORE — ICA, concluye que la estructura propuesta dél ROF, no demandará recursos adicionales, permitiendo cumplir con ei normal funcionamiento de la operatividad de los órganos, unidades orgánicas e instancias de gestión pertenecientes al Pliego: 449, Gobierno Regional de Ica, para Jos años 2016, 2017 y 2018.
Que, con Informe N*100-2016-GORE.ICA-GRPPAT/SMGE, de fecha 27.0CT.2016, elaborado por la Subgerencia de Modernización de la
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Gestión, perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territoria! del GORE - iCA, se desarrolla y sustenta. el Proyecto del nuevo Reglamento de: Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, en el marco de la Política de Gestión Pública, desarrollándose en el contexto del “Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de Ica, periodo 2014-2016", aprobado por la Resolución Ejecutiva Regional N°109-2014- GORE-ICA/PR del 03,ABR:2014, la misma que contiene la Misión Institucional, Visión Institucional, Rol Estratégico Institucional, Prioridades Institucionales, Objetivos Institucionales, Lineamientos de Política Institucionales. del GORE-ICA, así como el Marco de Referencia General del Proceso de Modernización de la Gestión Pública, la justificación de las circunstancias actuales y futuras del entorno en el que se desenvuelve y desarrollan las organizaciones públicas, poniéndose énfasis en la identificación, definición y caracterización, de los procesos críticos de la organización del Gobierno Regional de [ca, y sobre todo en el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de ica, del 2014 al 2016. Que, con Informe Legal N”09-2017-GORE-ICA-GRAJ, del 11.ENE.2017, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del GORE-ICA, tomando como antecedente. la propuesta de nuevo Reglamento. de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, elaborado por la Subgerencia de Modernización de la Gestión perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye que ésta propuesta de Modificación del ROF, como la propuesta del proyecto de Ordenanza Regional, cumple. con los lineamientos para la para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las entidades de la.Administración Pública aprobada por el D.S. N°043-2006-PCM. Que, con informé N*023-2017-GORE.ICA-GRPPAT/SMGE, de fecha 25.ABR.2017, elaborado por la Subgerencia de Modernización de la Gestión perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, complementa el informe Técnico que sustenta el
LA Proyecto de nuevo. Reglamento de. Organización y Funciones del Gobierno (ee ° ‘ago Regional de Ica, en el marco de la Política de Gestión Pública, la misma que no se
- 6 antepone. en modo aiguno a la politica sobre. simplificación administrativa
(operatividad), réalizada por el Poder Ejecutivo. Considera conveniente la creación de las unidades orgánicas como la Oficina de Coordinación Regional, la Secretaria General, la Oficina de Gestión Documentaria. Asimismo, señala que resulta necesario la eliminación de la Gerencia Regional de Servicios al Ciudadano (órgano), así como de la Subgerencia de Gestión Documentaria (unidad orgánica). Que, la Subgerencia de Inversión Pública pasará a denominarse Subgerencia de Programación Multianual de las. Inversiones. y actualizar sus funciones conforme se establece por Ley.
Que, con Informe Legal N°118-2017-GORE.ICA/GRAJ, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión sobre el nuevo Reglamento dé. Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ica, propuesto dentro del marco de la Política de Modernización de la Gestión Pública. Concluye que ésta propuesta del Nuevo ROF, como la propuesta del proyecto de Ordenanza Regional, cumple con los lineamientos para ja elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública aprobada por el D.S. N°043-2006-PCM.
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Que, con Informe N°037-2017-GORE.ICA-GRPPAT/SMGE, de fecha, 27.JUN.2017, elaborado por la Subgerencia de Modernización de lá Gestión perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cual completa luego de las. coordinaciones realizadas con la Alta Dirección, la versión final de la propuesta de elaboración de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, y completa en el presente informe concluyendo que realizadas las. coordinaciones necesarias. las mismas se formularon siguiendo las pautas de. Jas normas en materia de modernización de la gestión pública. Se procedió a realizar los cambios necesarios al proyecto de la Ordenanza Regional, así como del
, Organigrama: propuesto, y que tomando en consideración que el número de órganos y unidades orgánicas no han sido incremeñtadas, no demandara recursos adicionales permitiendo cumplir con el normal funcionamiento.
EN Que, con Informe Legal N°09-2017-GORE-ICA-GRAJ, del
4 411.ENE.2077, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del GORE-ICA, tomando como antecedente la propuesta del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de lea, elaborado por fa Subgerencia de Modernización de la Gestión perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye que esta propuesta de nuevo ROF, como la propuesta del proyecto de. Ordenanza Regional, cumple con los lineamientos para la elaboración y aprobación «del Regiamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las entidades de: la Administración Pública aprobada por el DS. N°043-2006-PCM.
Que, con fecha 29.AGO.2017, reunidos los miembros. de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional.de Ica y habiéndose compulsado en debida forma los informes tanto técnicos como legales que sustentan la propuesta del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, elaborado por la Subgerencia de Modernización de la Gestión perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que se propone, se pronuncian por su procedencia, determinando. que se eleve por ante Consejero Delegado del Consejo Regional de Ica toda la documentación correspondiente, para su debate, evaluación y aprobación, de ser el caso.
Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesión Extraordinaria del 22.SET.2017, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional, y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N°27867, y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa de la aprobación del Acta de la fecha:
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DE IGA”.
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica; que consta de 162 artículos, y 25 disposiciones complementarias,. finales, transitorias y
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E Cee . . Ye “SS Gobierno Regional Ica | derogatorias, asi como el diseño de la nueva estructura orgánica del Gobierno
Regiona! de ica plasmada en un organigrama, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
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ARTÍCULO SEGUNDO. - DEROGUENSE tanto la Ordenanza Regional N*0016-2013-GOREICA de fecha 26.DIC.2013, que aprobó el Reglamento de- Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, así como su modificatoria aprobada. mediante Ordenanza Regional N°003-2015-GORE-ICA de fecha 30.JUL.2015.
ARTÍCULO TERCERO. - DEROGUESE ta Resolución General Regional N°116-2015-GORE-ICA/GGR de fecha-19:0CT.2015 por el cual se aprobó el Texto Único Ordenado -TUO del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional! de Ica aprobada mediante Ordenanza Regional N°0016-2013-GORE.ICA asi como todas las disposiciones que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO CUARTO. - DERÓGUESE la Resolución Ejecutiva Regional N°481-2015-GORE-ICA/GR de fecha 29.DIC.2015 por el cual sé da por concluida la vigencia de la Resolución Ejecutiva Regional N°0343-2015- GORE-ICA/GR de fecha 10.SET.2015, y a su vez delega facultades y atribuciones.
CAER ARTÍCULO QUINTO. - ENCARGAR a la Gerencia Regional (er : oN de Administración y Finanzas, y a la Secretaría del Consejo Regional, la Ce, y publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario “El Peruano”, así CI como en el Diario ericargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el E 5 portal electrónico del Gobierno Regional de Ica.
ARTÍCULO SEXTO. - La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a! día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al señor Goberriador Regional de |ca.para su promulgación.
C.D. VICTOR HUGO TUBILLA ANDIA
CONSEJERO DELEGADO
CONSEJO REGIONAL DE ICA GOBIERNO REGIONAL DE [CA CONSEJERO AIN
Registrese, Publíquese y Cúmplase co. VICTOR HUGO TUBILLA ANOJA
Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica
ING. FERNANDO CILLÓNIZ BENAVIDES GOBERNADOR REGIONAL DE ICA.
ING. FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES GOBERNADOR REGIONAL
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