Ordenanza Regional N.° 011-2018-GORE-ICA
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| Gobierno Regional Ica |»:
ORDENANZA REGIONAL
N° 0011 -2018-GORE-ICA
20 DIC, 2018
Ica,
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del 14 de diciembre del 2018. VISTO el Dictamen N*013:2018- CRI/CPPYAT, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191% de la Constitución Política del Estado, cencordante-con el artículo 2? de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria la Ley N° 27902, establece que: “Los Gobiernos Regionales, que emanen de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal”. Asimismo, determina que: "La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus «competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de. las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenido de la región”. y : Que, el Consejo Regional de Ica, está representado por los señores consejeros regionales, quienes representan a la región en general, y a la provincia por la cual han sido elegidos, para efectos de cumplir con las funciones fiscalizadoras y normativas, y de representación; organizan su trabajo en comisiones, conforme a lo regulado por el tercer párrafo del inciso b), del artículo 14°, de la Ley N° 27867 y su modificatoria .
Que, el inciso a) del artículo 16° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales, proponer normas y acuerdos regionales, así mismo en el articulo 39” tipifica: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional,-de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma po
Que, de acuerdo al artículo 2”, del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, señala que el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión y conducta pública de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y la Lgy N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. }
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Gobierno Regional Ica |
Que, asimismo señala en su artículo 3°, que el Consejo Regional es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, política, fiscalizadora e investigadora en asuntos de su competencia, en tanto que en el artículo 4°, indica que la función normativa comprende el debate, la aprobación, modificación, interpretación y derogación de Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el precitado Reglamento.
Que, de acuerdo al artículo 29° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, las comisiones son grupos de trabajo especializados de consejeros, cuya función principal es el seguimiento fiscalización del funcionamiento de los órganos del Gobierno Regional y de los sectores que componen la Administración Pública dentro del ámbito territorial de la Región. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento, de .acuerdo a su especialidad o materia, . Que, los procedimientos normativos y fiscalizadorés son el conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y los Acuerdos del Consejo destinados a producir Acuerdos de Consejo Regional y Ordenanzas Regionales, actos de fiscalización, propuestas y designaciones conforme lo informa el artículo 54” del citado Reglamento. Estos pueden ser: a) Procedimiento normativo: que comprende el debate y aprobación de acuerdos de consejo y ordenanzas regionales y de reforma del reglamento. Asimismo, en el artículo 55°, se señala que son instrumentos procesales del Consejo las proposiciones de los consejeros y los dictámenes e informes de las comisiones.
Que, de acuerdo al artículo 60°, del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, los Dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de ordenanzas regionales y acuerdos de consejo regional que son sometidas a su conocimiento, además de las. conclusiones y recomendaciones derivadas de dicho estudio, pudiendo concluir en: a) En la recomendación de aprobación de la proposición en sus términos.
Que, conforme al artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es misión de los gobiernos regionales organizar y cottducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, corhpartidas y delegadas, en el marco de las políticas hacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.
Que, el artículo 10° de la misma Ley Orgánica, señala en el literal h) del numeral 2, que son competencias compartidas del Gobierno Regional alentar la participación ciudadana y la concertación entre intereses públicos y privados en todos los niveles. .
1 Que, el artículo 32° de la citada Ley, señala sobre la gedtion del Gobierno Regional, due los gobiernos regionales se rigen por el Plan de Desarrollo Regional Concertadd de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto
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Participativo Regional, en concordancia con las políticas nacionales y en cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente.
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria Ley N° 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF, y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 131-2010-EF, el proceso de Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil, para lo cual los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.
Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N”28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria, establece en la primera disposición final que los gobiernos regionales y locales preparan y emiten disposiciones complementarias con el propósito de facilitar el proceso de Presupuesto Participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de los ciudadanos.
Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 097-2009-EF y modificatoria, se precisan los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, en el marco del proceso del Presupuesto Participativo.
Que, por Resolución Directoral N°007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo N*001-2010 "Instructivo para el Proceso del PresupuestoParticipativo Basado. en Resultados”, el cual establece los mecanismos y pautas necesarias para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en resultados,
Que, la indicada Resolución Directoral establece en el numeral 1° del Capítulo Il que es necesaria la aprobación de la Ordenanza para reglamentar
. el Proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del equipo técnico :y los mecanismos de registro de los agentes participantes.
Con Informe N° 132-2018-GORE.ICA-GRPPAT/SPES de fecha
G2 de octubre del 2018, el Subgerente de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acoridicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica, refiere que en cuanto al presupuesto participativo existen cuatro (04) instrumentos de alcance nacional que rigerl sobre su aplicación que son: la Ley N” 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo; el Decreto Supremo N° 07-2009-EF, que precisa criterios parta delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital del Presupuesto -- Participativo y Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, que aprueba el «Instructivo N°. 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados. E indica que en concordancia gon lo mencionado y conforme se ha desarrollado en la sección tercera de su informe, el proyecto de ordenanza {regional tiene como objetivo regular el “Proceso del Presupuesto Apricinativo basado en resultados para el año fiscal 2020". Y concluye que el informe asi como
» Gobierno Regional Ica oneal
el proyecto de Ordenanza Regional sea elevado a la Gerencia Regional de Asesoria Jurídica y se continúe con el trámite de aprobación correspondiente.
Mediante Informe Legal N° 264-2018-GRAJ de fecha 07 de noviembre del 2018, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, concluye que el sustento se encuentra conforme a-las normas sobre la materia, siendo un instrumento que tiene como propósito el desarrollo de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los agentes participaciones para el desarrollo del proceso del presupuesto participativo basado en resultados, por lo que en este contexto recomienda que el mismo debe proseguir el trámite administrativo correspondiente, a fin de que sea puesto a consideración del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, para su aprobación.
Que, con fecha 30 de noviembre del 2018, se reunió la
¿jComisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del
Consejo Regional de Ica, a efecto de valorar los documentos obrantes en el expediente y habiéndose evaluado los argumentos plasmados en los informes técnicos y legales emitidos, se advierte que el Proyecto de Ordenanza Regional que regula el “Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fiscal 2020”, cumple con lo establecido en la normatividad que existe sobre la materia, tales como la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo; el Decreto Supremo N* 097-2009- EF, que precisa criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital del Presupuesto Participativo y Resolución Directoral N° 007-2010- EF/76.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados; resultando por tanto, legalmente procedente su aprobación. Ordenando asimismo, se eleve por ante la Consejera Delegada del Consejo Regional de Ica, para su debate, evaluación y aprobación, de ser el caso.
Que, el Consejo Regional en Sesión Ordinaria de la fecha, y y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867, 'y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, con dispensa de la aprobación del Acta de la fecha. Ñ
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR las disposiciones generales que regulan el Proceso de! Presupuesto Participativo Basado en - Resultados para el año fiscal 2020, el mismo que como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR los mecanismos de identificación y acreditación de los Agentes Participantes para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, el mismo que como Anexo N° 02, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR la conformación del - Equipo Técnico y sus responsabilidades durante el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, el mismo que con Angxo N° 03, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional
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ARTÍCULO CUARTO.- APROBAR el Plan AnualCronograma para el desarrollo de las actividades del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, el mismo que como Anexo N° 04, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO. QUINTO.- FACULTAR a la Gobernación Regional para aprobar las disposiciones que desarrollen los procedimientos derivados de la presente Ordenanza, de acuerdo a lo señalado.
ARTÍCULO SEXTO.- FACULTAR a la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que garantice la adecuada implementación de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEPTIMO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Ica, y a la Secretaria del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Ica.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica, para su promulgación
SRA. NORA CECILIA BARCO DE GOTUZZO CONSEJERA DELEGADA - CONSEJO REGIONAL DE ICA
POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica
ING. FERNANDO JOSÉ CILLÓNIZ BENAVIDES GOBERNADOR REGIONAL DE ICA.
(ANDO CILLONIZ SE? GOSERNADOR REGIONAL DES
Ye Gobierno Regional Ica
ANEXO N*1 "DISPOSICIONES GENERALES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2020"
Artículo 1.- Objetivo
Las disposiciones generales tienen como objetivo regular el Proceso def Presupuesto, Participativo Basado Resultados para el año fiscal 2020, conforme a lo establecido en la normatividad vigente en la materia.
Artículo 2.- Alcance
Las disposiciones generales son de alcance y aplicación obligatoria para los actores involucrados en el proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Ica.
Artículo 3.- Aspectos generales
El proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se define como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil. Para ello, el Gobierno Regional de Ica, promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de su presupuesto, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.
Artículo 4.- Base Legal ~
Constitución Política del Perú; « Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatoria; Decreto Legislativo N* 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe) y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificatoria; Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatoria mediante Ley N* 29298; o Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N* 28056, _ Ley marco del Presupuesto Participátivo y modificatoria mediante Decreto Supremo N° 131-2010-EF; Decreto Supremo N° 097-2009-EF, que precisa o (para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participative y modificatoria mediante Decreto Supremo N° 132-2010-EF;
- Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-
EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados;
Ordenanza. Regional N° 0012-2017-GORE-ICA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica;
Resolución Ejecutiva Regional N° 0418-2015-GORE.ICA-GR, que aprueba el
1 “Documento Prospectivo lea al 2030"; 1
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Ordenanza Regional N° 007-2015-GORE-ICA, que aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Ica 2016-2021;
Resolución Ejecutiva Regional N° 056-2018-GORE-ICA/PR que aprueba el Plan Estratégico Institucional 2018-2020 Modificado del Gobierno Regional de Ica.
Resolución Ejecutiva Regional N° 0099-2018-GORE-ICA/GR, de fecha 16 de Abril de 2018, Aprueba el Programa Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Ica 2019-2021 .
Artículo 5.- Actores del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020
De acuerdo a la Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76,01, que aprueba el Instructivo N° 001-20100-EF/76.01, los actores involucrados en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020 son los siguientes:
Se considera como actores del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, a los siguientes:
Gobernador Regional.
Agentes Participantes,
Consejo de Coordinación Regional. Consejo Regional.
Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Equipo Técnico. Comité de Vigilancia.
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Artículo 6.- Rol de los actores del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020
6.1. Gobernador Regional:
6.1.1. Promover la organización de las actividades del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, haciéndolas de conocimiento público. N 7 7
6.1.2. Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso.
6.1.3. Proponer la cartera de proyectos de inversión a ser sometido al proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 097-2009-EF y modificatoria.
61.4 Informar a los Agentes Participantes el Presupuesto Institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo en el rubro de inversiones para el año fiscal 2020.
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6:1.5 Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento e implementación de los acuerdos. adoptados en el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020,
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6.1.6 Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior.
6.2. Agentes Participantes:
6.2.1. Participar en la identificación de los problemas de la Regién, desde una perspectiva temática y territorial, así como también en la priorización de los proyectos de Inversión propuestos en el proceso del Presupuesto Participativo, por el Gobierno Regional de Ica.
6.2.2. Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. .
6.2.2 Otros que demande el proceso. 6.3. Consejó de Coordinación Regional
6.3.1. Participar activamente en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020.
6.3.2, Responder a las convocatorias que realizan las autoridades regionales en el marco del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020.
6.3.3. Emiten opinión consultiva, concertando entre si sobre el Presupuesto Participativo Anual.
6.3.4. Apóyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo.
6.4. Consejo Regional
6.4.1, Fiscalizar el desarrollo’ oportuno de cada una de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados.
£2! 6.4.2. Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobiernd Regional.
6.5. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial:
6.5.1 Remitir, a la Subgerencia de Presupuesto, copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del Proceso Participativo, a fin que sea adjuntado al Presppuesto Institucional de Apertura; asimismo, remitir a la Subgerengia de
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Programación Multianual de Inversiones el Resultado de la priorización de Inversiones del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, para su inclusión según prioridad en la Programación Multianual de Inversiones; a la vez, remitir el Resultado del Proceso a las Instancias correspondientes para su debida implementación según corresponda.
6.5.2. Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, asi como el Documento del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, a la Dirección General de Presupuesto Público.
6.5.3. Mantener actualizado el aplicativo interactivo en las diversas fases del Proceso, a través de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico.
6.6. Equipo Técnico
6.6.1. Brindar la asistencia técnica necesaria para el desarrollo de los talleres de trabajo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020.
6.6.2. Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos de inversión pública.
6.6.3. Preparar y presentar la lista priorizada de proyectos de inversión que aprobaron la evaluación técnica y financiera.
6.7. Comité de Vigilancia
6.7.1. Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o de institución privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional. No intervienen los _Tepresentantes del Sector Público,
ÉS] 6.7.2 Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo
) Basado en Resultados para el año fiscal 2020.
6.7.3. Informar al Consejo Regional, Consejo de Coordinación Regional y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los Acuerdos suscritos.
Los actóres del presupuesto participativo, mencionados en los numerales del 6.1 al 6.7 del presente Anexo, suscribirán el Acta’ y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.
/ Artículo 7.- Fase de preparación
NE Esta fase es de responsabilidad del Gobierno Regional de Ica y comprende las siguientes
- acciones: 7
7.1. Comunicación
El Gobierno Regional de Ica comunicará a la población, sobre el Cronograma e inicio del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020,
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mediante la publicación de notas de prensa en el portal web institucional, la colocación de afiches, entre otros
7.2, Sensibilización
El Gobierno Regional de Ica promoverá la participación informada y responsable de la sociedad civil organizada y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen.
7.3. Convocatoria
La Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional, convocará a la población organizada a participar en el proceso del Prepuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, haciendo uso de los medios de comunicación adecuados, a fin de garantizar una correcta y eficiente provisión de información a los agentes participantes.
7.4. Identificación y Acreditación de los Agentes Participantes
La identificación de los Agentes Participantes se realizará conforme a lo establecido en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
7.5, Capacitación de Agentes Participantes
El Taller de Capacitación, tiene como objetivo que los agentes participantes debidamente acreditados cuenten con la mayor información posible como parte del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultado para el año fiscal 2020.
La Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se encargará de organizar, programar y ejecutar las acciones pertinentes a las capacitaciones de los agentes participantes debidamente acreditados. Dichas capacitaciones serán en materia de: i) Presupuesto Participativo; ii) Planeamiento y desarrollo regional y local; iii) Sistema Nacional de
- Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe) y: iv)-La vigilancia del presupuesto participativo. .
Artículo 8.- Fase de concertación
' En esta fase se reúne el Equlo Técnico del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020 y la sociedad civil organizada. para desarrollar un trabajo concertado para la identificación y priorización de proyectos de inversión pública que favorezcan a la población del departamento de Ica, conforme a lo siguiente:
8.1 Desarrollo de talleres de trabajo
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La Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, dirige la capacitación de acuerdo al Cronograma establecido en el Anexo N° 4 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
8.2 Taller de priorización y formulación de acuerdos y compromisos
La Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, dirige el taller de Priorización y Formulación de Acuerdos y Compromisos; en concordancia al Cronograma establecido.
Artículo 9.- Criterios y Montos para delimitar proyectos de impacto regional
El Decreto Supremo N* 097-2009-EF, estipula los criterios para delimitar los Proyectos de inversión Pública, de la siguiente manera:
9.1 Monto: El monto total del proyecto no debe ser menor a tres millones y 00/100 solés (S/. 3 000 000,00).
9.2 Alcance: El alcance debe ser pluriprovincial, debiendo beneficiar a un mínimo de tres (03) distritos que se encuentren ubicados en dos (02) provincias como mínimo.
9.3 Cobertura: Adicionalmente podrán considerar que la cobertura en la población objetivo no sea menor al 5%, respecto a la población total de la región" Si luego de distribuir el financiamiento asignado al Presupuesto Participativo, conforme a los criterios señalados en los puntos precedentes, se obtiene un saldo menor a TRES MILLONES Y 0/100 SOLES (S/. 3 000 000,00), dicho saldo se orienta, a financiar proyectos de impacto regional, utilizando el criterio de cobertura a la población objetivo.
Asimismo, en caso el monto asignado al Presupuesto Participativo sea menor a TRES MILLONES Y 00/100 SOLES (S/. 3 000 000,00) los proyectos de impacto regional sólo consideran el criterio de cobertura en la población objetivo.
'n concordancia al artículo 6° del Decreto Supremo N° 097-2009-EF, los proyectos de Inversión. Pública, debe contar con la. viabilidad. correspondiente de. acuerdo a. la . normatividad del Sistema Nacional de Programación Multianual y-Gestión de Inversiones para ser considerados en el proceso deben contar con la viabilidad correspondiente, aplicando los criterios señalados en el artículo precedente.
"xr x 9.4 Priorización de los Proyectos de Inverstin del Proceso del Presupuesto Participativo
ES] vinculada a la Programación y Formulación Presupuestaria del Pliego del Gobierno 5} gl oh
A 2? Regional de Ica: se tendrá en cuenta lo siguiente:
Proyectos en ejecución, y dentro de estos en el siguiente orden:
IM Inversiones en ejecución. il. Inversiones que culminen el siguiente año al ejercicio de programación.
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iii, Inversiones sin ejecución que cuenten con Expediente Técnico (ET), estudio
iv. Inversiones sin ejecución que cuenten con aprobación o viabilidad. v. Inversiones nuevas y preparación con impacto en cierre de brechas,
Artículo 10.- Publicación del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020
La información referente al proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020 se publicará en el portal web del Gobierno Regional de Ica y en el Aplicativo Interactivo para el seguimiento y desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 11.- Comité de Vigilancia
Realiza acciones de vigilancia ciudadana de los Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020 compuesto por cinco (05) integrantes, uno por cada provincia del departamento de Ica. Adicional a los miembros titulares, en caso los agentes participantes debidamente inscritos en cada provincia consideren necesario, se elegirá un miembro alterno en cada provincia.
Es necesario precisar que el rol del Comité de Vigilancia se circunscribe a lo establecido en el inciso 6.7 del artículo 6° del presente Anexo N° 1, en el marco de las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 12.- Elección del Comité de Vigilancia
12.1. La relación de candidatos para integrar el Comité de Vigilancia, deberá estar conformado con al menos el 30% de personas del sexo femenino, representando la cuota de Género en el proceso participativo.
12.2. La elección de los miembros del Comité de Vigilancia se realiza mediante un proceso de elección a mano alzada por los Agentes Participantes debidamente acreditados, luego de concluir el Taller de Capacitación e identificación de Necesidades, en la provincia correspondiente. o
12.3. Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son: a. Ser agente participante debidamente inscrito. \
b. Radicar en la jurisdicción del departamento de Ica donde se desarrolla el proceso participativo. - .
c. No haber sido condenado por delitos o faltas.
d..No laborar en el Sector Público por ninguna modalidad de trabajo.
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$ Gobierno Regional Ica
12.4. Se presentarán los candidatos y las candidatas y se les asignará un número por el cual los demás agentes participantes debidamente inscritos podrán emitir su voto. Aquel que obtenga la mayoría de votos será el ganador (a) y por lo tanto miembro del Comité de Vigilancia.
12.5. En el caso de verificarse un empate entre candidatos, se procederá a realizar una segunda vuelta, entre aquellos que hayan tenido la votación más alta. En caso de persistir en el empate, el ganador se definirá a través del lanzamiento de una moneda.
12.6. Luego de la elección de todos los miembros del Comité de Vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, formulará y elevará el proyecto de Resolución Ejecutiva Regional que apruebe la conformación del Comité de Vigilancia.
12.7. Posterior a ello, dicha Resolución Ejecutiva Regional deberá ser reconocida por el Consejo Regional de Ica, de acuerdo al artículo 1 del capítulo HI del Instructivo N° 001- 2010-EF! 6.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados.
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ANEXO N° 2 “IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA . EL AÑO FISCAL 2020” °
Artículo 1.--Definicion
Los agentes participantes son aquellos ciudadanos debidamente inscritos, que cuentan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de proyectos de inversión pública durante las fases del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020.
Para tal fin, las organizaciones de la sociedad civil e instituciones podrán designar a un (01) miembro que los represente, conforme a lo establecido en los artículos 3° y 4° del presente anexo.
La representatividad de los agentes participantes tiene vigencia hasta la culminación del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, con excepción de los Comités de Vigilancia cuya vigencia culmina en el año 2020.
Artículo 2.- Convocatoria
El Gobierno Regional de ica, en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional, convoca a las organizaciones de la sociedad civil e instituciones a participar en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020. Ello se realizará conforme a lo dispuesto en el inciso 7.3 del artículo 7° del Anexo N° 1 de la presente Ordenanza Regional y dentro de los plazos establecidos en el Anexo N”-4 deda misma Ordenanza Regional. .
Artículo 3.- Requisitos para la inscripción
3.1 Las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones que deseen inscribir a un epresentante, deben presentar los siguientes requisitos, dentro de los plazos Establecidos en el Anexo N°4 de la presente Ordenanza Regional:
a) Solicitud de inscripción del representante de la organización de ta sociedad civil o entidad, según Formato N° 1: Solicitud de Inscripción al proceso de Presupuesto Participativo y Formato N°2: Identificación y Registro de los agentes del proceso de Prebupuesto Participativo.
= sh a A eN Artículo 4.- Recepción de solicitudes e inscripción Neoaox’/” 4,1 Para los casos de las provincias de Chincha, Pisco, Palpa y Nasca, la recepción de
las solicitudes se realizará en las Sedes Regionales según corresponda. Para el caso de la provincia de Ica, la documentación deberá ser presentada ante Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Achndicionamiento Territorial. i
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ha Gobierno Regional Ica =
4.4 Las Sedes Regionales derivarán los documentos recepcionados y verificados a la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica.
Artículo 5.- Acreditación:
La Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial, mediante Resolución Subgerencial aprobará el Registro Único de Agentes Participantes del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, en el cual se presentará la lista final de los agentes participantes debidamente inscritos y capacitados.
se Gobierno Regional Ica
Formato N° 01: Solicitud de Inscripción al proceso de Presupuesto Participativo
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE AGENTES PARTICIPANTES EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2020 - NIVEL REGIONAL
SEÑOR
Gobernador Regional de Ica
Av. Cutervo N° 220 ~
Atención: Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
Asunto: Solicito Inscripción en el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020,
YO... ani identificado con DNA 52. con domicilio - tegal en ae ve de la Provincia de. departamento de Ica; representante legal de la organización civil
denominada -. me presento ante
usted y expongo:
Tengo conocimiento que, el Gobierno Regional de Ica, ha dado inicio al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2020, en el marco de las normas legales vigentes, le solicito la inscripción de mi Representada.
Para tal fín, adjunto el Formato N° 02 conteniendo los datos básicos de la Organización que represento y copia fotostática simple derdocumento de designación del Representante.
Del mismo modo, manifiesto que tengo conocimiento que todo lo presentado a su Despacho tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que mi Representada es responsable de la información consignada en los documentos adjuntos a la presente y se somete al proceso de fiscalización posterior que lleve a cabo la entidad.
de...
... de 2019
Firma del Presidente o Jefe de la Organización/ Entidad
e Gobierno Regional Ica pa
Formato N* 02: Identificación y Registro de los agentes del proceso de Presupuesto Participativo
PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA-EL AÑO FISCAL 2020 - NIVEL REGIONAL
(OS SOLICITADOS NOMBRES Y APELLIDOS
NUMERO DE DN NUMERO DE TELEFONO CORREO ELECTRÓNICO DIRECCIÓN
FECHA DE NACIMIENTO SEXO: M.
AGENTE PARTICIPANTE INSTRUCCIÓN EDUCATIVA (Marcar con X) Primaria completa. ‘Técnica... Superior PROFESIÓN (Indicar):
Númoro do voces que ha participado on el Presupuesto Participativo, organizado por el Gobierno Regional de Ica: (marque con x) Ninguna vez (on) Yo 2 (weds ‘CARGO DEL AGENTE PARTICIPANTE EN LA ORGANIZACIÓN O ENTIDAD
scundaria Incomplet: ,Magistor.....Doctor.
e feds do 7 (oe)
NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN OENTIDAD.
DIRECCION DELA ORGANIZACIÓN O ENTIDAD. SEDE DE LA ORGANIZACIÓN O
ENTIDAD PROVINCIA, TELEFONO DE LA ORGANIZACIÓN O ENTIDAD. ‘Asoclacion (Gremio Empresarial “Asociación de Discapacitados......,AsociaclOn Laboral... Asociación Civil Colegio Profesional .....j Compañía de Bombero: + Consultor Externo.. Empresa. iento de Salud... Federaci .Fundaci Gobierno TIPO DE ORGANIZACIÓN ., Institución Educativa, on Iglesia Junta de Usuarios
Mesa Regional de Concertación Lucha Contra la Pobreza (MCPLCP| Niñas, Niños y Adolescentos........ Organización No Gubernamental (ONG). Organización de Mujéres.........., Organización de Jóvenes. Policía Nacional del Pert... PYME... Sindicato, ... Universidad. Otra Organización Social representativa (indicarta) PE
(marque con X]
NÚMERO DE ASOCIADOS DE LA ORGANIZACION
FECHA Y NUMERO DE INSCRIPCION EN LA OFICINA DE REGISTROS ES PUBLICOS Y/O DEL LIBRO DE CONSTITUCION LEGALIZADO :
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DELA ORGANIZACIÓN O ENTIDAD
fea, de ios de 2019
a
Gobierno Regional Ica a
ANEXO N° 3
“CONFORMACION DEL EQUIPO TÉCNICO Y RESPONSABILIDADES EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA
EL AÑO FISCAL 2020
Artículo 1.- Conformación del Equipo Técnico
El Equipo Técnico del Gobierno Regional de Ica para el desatrotlo del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020 estará conformado por:
Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien actuará como Coordinador General del Equipo Técnico. Subgerente de Planeamiento Estratégico, quien actuará como Coordinador Adjunto del Equipo Técnico.
Un representante de la Subgerencia de Presupuesto, quien actuará como miembro del Equipo Técnico,
Un representante de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, guien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Gerencia Regional de Seguridad, Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres, quien actuañá como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Oficina de Coordinación Regional, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Subgerencia de Estudios, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Subgerencia de Obras, quien actuará como miembro del Equipo Técnico. 7
Un representante de la Dirección Regional de Salud, quien actuará como: miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Dirección Regional de Educación, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Dirección Fegional Agraria, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante. de la Dirección Regional de Producción, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Dirección Regional Comercio Exterior y Turismo, quien actuará como miembro del Equipo Técnico
Un representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
ve Gobierno Regional Ica
- Un representante de la Sede Regional de Chincha, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
» Unrepresentante de la Sede Regional de Pisco, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Unrepresentante de la Sede Regional de Palpa, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
Un representante de la Sede Regional de Nasca, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.
La conformación del Equipo Técnico será aprobada mediante Resolución de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico
Artícuto 2.- Responsabilidades del Equipo Técnico
Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso,
Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo.
Presentar y consolidar los resultados para la posterior evaluación de los talleres de trabajo.
Realizar la presentación del diagnóstico del ámbito territorial a los agentes la finalidad de que dicha información sea utilizada en la identificación y priorización de resultados de los talleres.
Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos de inversión pública. Elaborar el Acta de Acuerdos y Compromisos.
Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera.
Analizar la cartera de proyectos, verificar si cuentan «con la viabilidad correspondiente en el marco de Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones y si estos guardan coherencia con los criterios de alcance, cobertura y monto de inversión establecidos en el Decreto Supremo N° 097-2009- EF y modificatoria.
Realizar las acciones necesarias para el correcto desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020, en todas sus fases, .
Garantizar que los órganos de línea remitan la informacion consolidada de la cartera de proyectos presentados por las Direcciones Regionales a su cargo.
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Gobierno Regional Ica
ANEXO N*4 “PLAN ANUAL - CRONOGRAMA DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2020"
FECHA
Sensibilización, comunicación, difusión y convocatoria del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2020
Desde la aprobación de la Ordenanza hasta el 11 de enero de 2019
Inscripción de los agentes participantes y proceso de verificación formal:
Provincia de Pisco
Provincia de Nasca
Provincia de Palpa
Provincia de Chincha
Provincia de Ica
Desde la aprobación de la Ordenanza hasta el 31 de enero de 2019
Rendición de cuentas
01 de febrero de 2019
Capacitación a fos agentes participantes, taller de identificación de necesidades Provincia de Chincha y articulación
18 de febrero de 2019
Provincia de Pisco
20 de febrero de 2019
Provincia de Ica
22 de febrero de 2019
Provincia de Palpa .
25 de febrero de 2019
Provincia de Nasca
27 de febrero de 2019
Aprobación del Registro único de agentes participantes
01 de marzo de 2019
Evaluación Técnica de las propuestas de proyectos de inversión a cargo del Equipo Técnico
Del 04 de marzo al 11 de marzo de 2019
Taller de Priorización y Formulación de Acuerdos y Compromisos
15 de marzo de 2019
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/3967653-011-2018-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4214972/or_011_2018.pdf