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011-2011-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 011-2011-GORE-ICA

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Gobierno Regional Ica E

: su.» . ORDENANZA REGIONAL

‘Ne 0011 -2011-GORE-ICA tea, 3.0 JUN. 2011

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión ordinaria del catorce de junio del año dos milonce, visto la propuesta del Plan Estratégico Regional Multisectorial para la Prevención y Control de ITS, VIH y SIDA; y, el Dictamen N° 003-2011-CSPVS/CRI, evaluado por la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento del Consejo Regional.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Estado y su modificatoria, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes y locales de desarrollo;

Que, los literales a), b), f), k) y I) del artículo 49° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es función del Gobierno Regional en materia de salud, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; así como coordinar las acciories de salud integral en el ámbito regional; organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los gobiernos locales; organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los gobiernos locales; promover y preservar la salud ambiental de la región; y planificar, financiar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito regional;

Que, el Plan Estratégico Regional Multisectorial para la Prevención y Control de ITS, VIH y SIDA en la Región Ica, 2011-2016; constituye un instrumento de gestión, formulado dentro del Marco del Plan Estratégico Multisectorial para la Prevención y Control de las ITS, VIH y SIDA en el Perú (PEM) 2007-2011, aprobado por el D.S. N° 005-2007-SA. Esto en atención a la necesidad de dar respuesta Multisectorial Orgánica en la lucha contra el ITS, VIH y SIDA, que permite optimizar los recursos estatales y la coordinación entre la Sociedad Civil y el Estado, el que establece los valores, fijar la visión y misión, así como los lineamientos de política y tos objetivos estratégicos que contiene la misma.

Que, el Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Salud, considera como una de las prioridades, la aprobación del citado Plan Estratégico Multisectorial para la Prevención y Control de las ITS,VIH y SIDA en la Región Ica, Período 2011-2016 y su corisiguiente implementación, formulada

dentro del marco normativo internacional, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, ratificada por el Perú; Resolución Legislativa N° 13282, que establece que toda persona tiene derecho a la salud y a la atención médica, sin discriminación; y demás normas de carácter supranacional. Asimismo se ha formulado dentro de lo dispuesto por el artículo 1° y 7° de la Constitución Política del Perú, que establece como principio rector, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad; en ese sentido, toda persona tiene derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa, la que se pretende garantizar con ta aprobación y consiguiente implementación del citado Plan Estratégico, el que fuera tramitado ante el Consejo Regional, mediante Oficio N° 413-2011-GORE ICA/PR, por la Presidencia Regional, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Salud de Ica;

Que, a efecto de conseguir la modernización y crecimiento integral de los servicios de salud de nuestra Región, se necesita contar con una percepción global de su desarrollo, que permita definir su perfil de complejidad, la dimensión y la articulación funcional de sus servicios, con criterio de racionalidad, seguridad; esto es, contar con un instrumento técnico de apoyo a la gestión, que permita orientar en forma racional y oportuna la asignación de los recursos necesarios para alcanzar su desarrollo, los mismos que se encuentran recogidos en el Plan Estratégico Regional Multisectorial para la Prevención y Control de ITS, VIH y SIDA en la Región Ica, periodo 2011-2016; el mismo que a consideración de los miembros de la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento, resulta necesario su aprobación mediante Ordenanza Regional, por el Pleno del Consejo Regional, el mismo que cuenta con dictamen favorable contenido en el Dictamen N° 003-2011-CSPVS/CRI, evaluado por la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento del Consejo Regional de Ica;

Que, en atención a las consideraciones precedentes, la sustentación de los funcionarios, la deliberación realizada por los señores Consejeros Regionales, durante la sesión ordinaria de la fecha; el Pleno del Consejo Regional, aprobó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional con las precisiones establecidas en la parte resolutiva de la presente;

Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Descentralizada realizada en la Provincia de Palpa, el catorce de junio del año dos mil once, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional, y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modificatorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha:

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Estratégico Regional Multisectorial para la Prevención y Control de ITS, VIH y SIDA en la Región Ica, Periodo 2011-2016, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

ee ARTICULO SEGUNDO.- Disposición derogatoria y “modificatoria: Quedan derogadás y modificadas, en su cásó, todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza.

ARTÍCULO TERCERQ.- Encargar ala Gerencia General Regional; Gerencia de Desarrollo Social; la Dirección Regional de Salud y la Dirección Regional de Educación, para que implementen la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO CUARTO.- Publicar y difundir la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Comuníquese al Señor Presidente Regional de Ica, para su promulgación. JUAN PEDRO ANDIA MORON

CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL

YN PEDRO "NOL "MORON

POR TANTO: SEVER GaN MK

Mando se registre, publique y cumpla.

ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA GOBIE

AVAR RO CABANILLAS DENTE REGIONAL «

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

UNIDAD DE ADMINISTRACION DOCUMENTARIA

Ica, 30 de Junio del 2011

Of. Circular N’ 1176-2011-GORE-ICA-UAD

Sefior ING. JUAN PEDRO ANDIA MORON

Para su conocimiento y fines consiguientes, remito a Ud. copia del original de la ORDENANZA REGIONAL N° 0011-2011 de Fecha 30-06-2011 La presente copia constituye la transcripción oficial de dicha Resolución

Atentamente

AN A. URIBE LOPEZ Jefe (e)


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096120-011-2011-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387145/or11.pdf