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010-2010-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 010-2010-GORE-ICA

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, de conformidad al primer párrafo del artículo 191° de stitución Política del Perú y sus modificatorias, éstablece que los tienen. autonomia politicg, sc económica y administrativa en.

incisos 5), 6), 7),y 8) del articulo, 192° dé la

del Perú y sus modificatorias, establece que los Goblernos yi n,. el desarrollo y la economía, regional, . Has. es, al ctividades y servicios publicos de su responsabilidad, en armonia. on las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; por tanto se:

encuentra dentro de su competencia: Promover el desarrollo” socioeconómico Y

tar los planes y programas correspondientes; dictar tas normas

estión regional; promover y regular actividades y/o servicios en - * o

ultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio

¡ conforme a ley; fomentar la competitividad, las inversiones y el para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de acto. regional, y, presentar iniciativas legislativas en materias y

: sy a admin tiva y ‘econémica, y las funciones constitucion les precisadas n ndamen

tos -precedéntes, se encuentran facultados dé “ejercer las: - smas, gona del ámbito. pinta de la pipe ar ben esto de.

aproximadamente,:3,000 puestos, de trabajo: directos y 12 mil indirectos, en la etapa de construcción, la misma que se viene realizando hasta la actualidad, igualmente durante la etapa de op ado sreprá entre dos mil quinientos a tres mil puestos de trabajo directos Iróétos,“a parte del sfecto multiplicador. en otros servicios, durante iS AE ; ae

Que, | ‘pot oii 4,9 § Proyecto de Instalación de Planta de Gas Natural Licuado, aportará cerca del 0. 7 por ciento del crecimiento. pd

o obteniéndose divisas a favor del Estado, en el orden de 800° millones En dólares "y adicionalmente en ahorro, de un gasto de 800 millones. qe dólares aproximadamente, al dejar de importar hidrocarburos; **

Que, como se ha dejado establecido” en párra Qs precedentes habrá un efecto multiplicador en otros servicios, durante nue 0 años; : .

Que, en ese sentido el Estado Peruano; "firmó con

gas, al Contrato de Concesión de Gasoducto que llevará energía a Pisco, le

_ Marcona, representando un salto hacia el progreso, primero por. su importancie “en la generación de empleos (3,000 puestos de trabajos directos, 12,000 " puestos indirectos) en el marco de la crisis: financiera” que dea Perú. y. el

Mundo, al construlrse aproximadamente 240' kilómetros de tuberías, lo: cual

  • permitirá a los ciudadanos, empresas y pequeños” empresarios

combustible, económico, natural y más limpio;

a Que, mediante Ley de Promación del fro Po Industria de Gas Natural, Ley No. 27133, se ha garantizado el abasta 0 a , mercado nacional, de gas natural por un perfodo det, en BP : ** Que, resulta de vital importancia' traer a ota ón la Ley N° o 29163, de fecha 20 de diciembre del 2007 - Ley de Promoción para el desarrollo de la industria petroquímica, mediante el cual el Estado Peruano* declaró de

interés nacional y de necesidad pública el fomento, la promoción y el desarralla

de la industria petroquímica, priorizando la producción de urea y fertilizante: ;

bajo criterios socio ambiental y competitividad, enfatizando el'uso de avanzada tecnologia y economías de escala competitivas internacionalmente; * Mi

e

o ; * Que, con fectia 01 de enero del 2009 se publicó el D.S. Ne : : 066-2008-EM, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley N 29163;

: Que, en el marco de la Ley Ne 29163 y su Reglamento ' ¿ aprobado por D.S; N° 066-2008-EM, el Ministerio de Energía y Minas a través". “de la Resolución Ministerial N° 042-2009-MEN/DMde fecha’ 22° de enero del "2009 declara a San Juan de Marcona en el Distrito de Marcona,” Provincia. de Nasca y Departamento de ica, como Zona Geográfica determinada para o ión del Complejo Petroquimico de Desarrollo Descentralizado; .'. *

*:Que, «por Resolución N° :171-2009 y Resolución N° 04 la Superintendencia de Bienes Estatales dispone la primerá inscripción de orn nied tavof:del Estado det Terreno de naturaleza eriaza con una extensión

E Que, dor Rásilición Ministerial. N° 456. Cha 24 de octubre del 2009 sé modifica la Resolución Ministerial N° 042-200- ANEMIDM, en el sentido de declarar de interés nacional lés proyectos © l stroquimicos que se instalen en las Zona Geográfica de San de Marcona en el. de Mar ‘ ovinela de Nasca y Departamento de Ica; ~ :

: Que, Shougang Hierro Perú S.AA. coh fecha 13 de eviembre del año 009, interpuso RECURSO DE RECONSIDERACIÓN contra . : solución. Ministerial N°. 456-2009, publicado el Diaria Oficial."El.Peruano” el 2009, DEDUCIENDO SU NULIDAD E INSUBSISTENCIA, la - clárada' infundada, conforme 4 la Resolución, N° 548-2009:

a prat BAB a e

Que, frente a la publicación de * . Ministeriales 042, 456 y 548-2009, expedidas por el Minister! Minas y las Resoluciones 171: y 046-2, expedidas. por la | r ‘Nacional de Bienes Estatales, Shougang Hierro Perú S.A.A.; Há interpuesto ‘DEMANDAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS, con lo cual se acredit 4 fehacientemente, que Shougang Hierro Perú S.A. A; 'SE HA CONVERTIDO EN +: UN OBSTÁCULO PARA EL DESARROLLO DEL DISTRITO DE MARCONA, — pues ‘con sus acciones realizadas pone en grave peligro, no sólo, la «construcción del Gasoducto Pisco Marcona, materia de la presente Ley, sino ie ambién la, instalación de las plantas petroquímicas, construcción de la Carretera

int toceáñilca, “cóhstrucción del Megapuerto de Marcona, Corredores Turisticos, entrá. otros grandes - proyectos, como: Muelles de atraque y embarque de minerales, almacenes, centros' industriales metalúrgicos, siderurgia, refinería, : transporte terrestre y fertoviario, entre otros, siendo fundamental que el Consejo 7 Regloñal: del Gobierno Regional’ de Ica, en resguardo de'los derechos @ Interesés de la Región y mejora de la calidad de vida de la población, cautele las grandes inversiones nacionales y extranjeras, por lo que se hace necesario expedir. lá presente Ordenanza Regional, que respalda todo ‘el "ordenamiento Jurídico" hacional, para su estricto cumplimiento en toda la República del Perú;

E Qué, por los fundamentos fácticos, jurídicos, analizados y glosad , conforme al Dictamen N° 004-2010-CRAL. expedido por la Comisión de Asi tos Legales y Reglamento, y teniendo como factor. primordial la onstrucción del Gasoducto Pisco Marcona; obra de envergadura nacional, que nvertiria a la Región Ica en un Polo de Desarrollo, el Consejo Regional de Ica en la Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha 10 de marzo de 2010, contando . con el voto aprobatorio de acuerdo a Ley, en ejercicio de las facultades y -. “atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL Y DE NECESIDAD PÚBLICA, la Construcción del Gasoducto Pisco, Ica, Nasca y Marcona, que llevará gas económico, natural y más limpio, beneficiando a los ciudadanos, empresas y pequeños empresarios de la Región Ica. :

ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Oficina Regional de Administración y la Secretaría del Consejo Regional de Ica, a realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional y en el Diario Oficial “El Peruano” y el Diario de mayor circulación de la Región; asimismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de S Ica, previa promulgación de la Ordenanza Regional, por el Presidente Regional de Ica. : :

Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgación.

POR TANTO: Mando se Registre, Publique y Cumpla.

RÓMULO TRIVEÑO PINTO PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA

GOBIERNO REGIONAL DE ICA j=

GOBI 5 UNIDAD DE ADMINISTRACION NO REGIONAL GE ICA a ea CUMENTARIA SECRETARIA GENERAL , le Marzo del 2010 Te wa Of. Circular N’ . NA a. Sefior: SECRETARIA GENERAL bret ——

Para su conocimiento y fines consiguient i nos es, i original de la ORDENANZA REGIONAL OO

N° 0010-2010 de fecha 16-03-2010 La presente copia constituye la transcripción oficial de dicha Resolución

Atentamente

GOBIERNO REGIO DE ICA

Unidad de a . o. , a : >

Sr. JUAN A. URIBE LOPEZ . a

MA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096137-010-2010-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387159/or10.pdf