Ordenanza Regional N.° 009-2010-GORE-ICA
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ORDENANZA REGIONAL ¿890009 -2010- GORE ICA e Ñ
- tes, 16 MAR, 2010
2% El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, y visto el Dictamen N* 004-2010-GORE-ICA/CRAL, en Sesión Ordinaria Descentralizada del día 10 de marzo del año dos mil diez.
CONSIDERANDO:
: Que, de conformidad al primer parrafo del articulo 191° de la
Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los incisos 5), 6), 7) y 8) del artículo 192° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece que los Gobiernos
- Regionales promueven. el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; por tanto se . encuentra dentro de su competencia: Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; dictar las normas «3 inherentes a la gestión regional; promover y regular actividades y/o servicios en e materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, «eniergla, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio
astintos de su competencia; EN
rae @N. los fundamentos precedentes, se encuentran facultados de ejercer las «mismas, dentro del ámbito jurisdiccional de la circunscripción regional, esto de : ¿conformidad a lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica bas ¡de Gobiernos Regionales;
Que, mediante Ley N° 28214, publicada el 30 de abril del 2004, se declaró de necesidad pública, interés nacional y ejecución preferente, +. la construcción y asfaltado del Proyecto Corredor Vial, Perú-Brasil;
ne
. Que, por Decreto Supremo N° 088-2005-EF, publicado el 13 .de julio del 2005, se otorgó mediante Contrato, la garantia del Estado de la República del Perú en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Estado, contenidas en los Contratos de Concesión de las Obras y el mantenimiento de los tramos viales del Corredor Vial Interoceánico Sur, PerúBrasil;
EN ansia financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de a : , ~~ - aleance e impacto regional; y, presentar iniciativas legislativas en materias, y.
Que, los Gobiernos Regionales en ejercicio de la autonomía —' a ‘politica, administrativa y económica, y las funciones constitucionales precisadas >
: “de: dominio a favor del Estado, del terreno de naturaleza eriaza con una
y
- Que, el Gobierno Regional de Ica, no puede ser un ente del Estado ajeno a las obras trascendentales a desarrollarse en las provincias de Nasca, que involucra al distrito de Margona, Palpa, Ica, Pisco y Chincha, que frente a una inversión nacional o extranjera ‘sé convertirían en un polo de desarrollo en el Sur del Perú, tanto por las inversiones, como por la generación
de empleo que generaría; que naturalmente, reduciría la pobreza, en esta parte del país, con la mejora de su economía;
Que, el corredor Bioceánico 026 o llamada también Ruta del Sol, enlaza las ciudades y localidades de Marcona, Nasca (Región Ica), Puquio Chalhuanca-Abancay, Cusco, Urcos, Puente Inambari, Puerta -Maldonado, Iberia, Iñapari, con un total de 1516 kilómetros de carretera, hasta llegar a la ciudad de Asís en Brasil, se deja expresa constancia que 762 kilómetros de 1516 kilómetros, está asfaltada, tramo Marcona-Urcos; sin embargo, es vital, que se realice el mantenimiento respectivo, pues las carreteras por. el tranacurso del tiempo se destruyen;
Que, una vez concluida esta monumental obra, el Comercio.
Internacional entre los Países del Perú, Brasil y Bolivia se intensificarla, teniendo además en consideración el comercio interno que se realizará entre las regiones de Ica, Ayacucho, Apurímac, Cusco y. Puerto Maldonado-Madre, Puno, Moquegua, Arequipa y Tacna, pudiendo utilizarse infraestructura vial de carretera y el Gran Megapuerto de Marcona;
Que, como consecuencia de lo antes s explicitado, resulta de vital importancia, traer a colación la Ley N° 29163, de fecha 20 de diciembre del 2007 - Ley de Promoción para el Desarrollo de.la Industria Petroquímica; mediante el cual el Estado Peruano declaró de interés naciona! y de necesidad
- pública, el fomento, la promoción y el desarrollo de la industria petroquímica, priorizando la producción de urea y fertilizantes bajo criterios socio ambientales y de competitividad, enfatizando el uso de avanzada tecnología y economías de escala competitivas internacionalmente;
a
Que, con fecha 01 de enero del 2009 se publicó el D.S, N° _
066-2008-EM, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley No. 29163;
- Que, en el marco de la Ley 29163 y su Reglamento
aprobado por D.S. N* 66-2008-EM, el Ministerio de Energía y Minas a trayés de “la Resolución Ministerial N° 042-2009-MEM/DM de fecha 22 de enero del: 009, declara a San Juan de Marcona, en el Distrito de Marcona, Provincia de Násta: . Departamento de Ica, como Zona Geográfica determinada para la instalación d ” Complejo Petroquímica de Desarrollo descentralizado;
a
Que, por Resolución N° 171-2009 y Resolución No 046-
a 2000, la Superintendencia de Bienes Nacionales, dispone la primera inscripción extensión de 63 578,75 metros cuadrados y de 19 701 609,98 metros cuadros Que, por Resolución Ministerial N° 2009-MEM/D A
fecha 24 de octubre del 2009 se modifica la Resolución Minister aa MEM/DM, en el sentido de declarar de interés nacional*103%
1 petroquímicos: que se instalen ‘en na Zona Geográfica de San Juan de Mar O istrito dé Marcona, Provin ON
Resolución N° 548-2009-MEM/DM, publicada en el Diario ‘oll : 29 de diciembre del 2009;
: Que, frente a la publicacién de ‘las Resoluciones. E Ministeriales 042 y 456 y 548-2009, expedida por el Ministerio de Energia y Minas y las Resoluciones. 171 y 046-2, expedida por la Si nténdencia Nacional ‘de Bienes Nacionales, SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A., HA INTERPUESTO DEMANDAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS, con lo cual e a «fehacientemente, que Shougang Hierró Perú S.A.A, SÉ HA CONVERTIDO EN UN OBSTÁCULO PARA EL DESARROLLO DEL DISTRITO
‘tas plantas: petroquímicas, sino también el Corredot nico, Perú' Brasil, materia de la presente Ordenanza Regional, la — écién del Megapuerto de Marcona, Construcción del Gasoducto Pisco-_ Martétia; Corredores Turísticos, entre otros grandes proyectos, como Muelles ~~ e. “atraque y embarque de minerales, almacenes, centros industriales metalúrgicos, siderurgia, refinería, transporte terrestre y ferroviarlo, entre otros, ; ierído fundamental que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en esguardo de los derechos e intereses de la Región y mejora de la calidad de * ida de la población, cautele las grandes inversiones nacionales y extranjeras, * or lo que se hace necesario expedir la presente Ordenanza Regional, que, espalda todo el ordenamiento jurídico nacional, para su estricto cumplimiento n toda lá República det Perú;
Que, por los fundamentos fácticos, jurídicos, analizados y losados y conforme al Dictamen N° 004-2010-CRAL expedido por la Comisión le Asuntos legales y Reglamento y teniendo como factor primordial la ejecución * * lel proyecto del Corredor Interoceánico Perú-Brasil, obra de “envergadura — internacional y de impacto nacional, que convertiría a.Ja Región:Ica, por el lado ur er Un :polo de desarrollo, el Consejo Regional de Ica, en la Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha 10 de marzo de 2010, contando con el voto * : probatorio de acuerdo a Ley, en ejercicio de las facultades y atribuciones ' conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
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Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR DE INTERES - Ñ .« REGIONAL Y DE NECESIDAD PÚBLICA, la Construcción, Asfaltádo y oe Mantenimiento del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil.
ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Oficina Regional ae de Administración y la Secretaría del Consejo Regional de Tea, a realizar los © el
: el Diario Oficial “El Peruano” y el Diario de Mayor. Circulacién*de:la Región
4 trámites respectivos para la publicación de-la presente Ordenanza:Regional ye
asimismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de. E Ica, previa promulgación de la Ordenanza Regional, por el Presidente Regional: a de Ica. ' , me an
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional d promulgación. .
POR TANTO: Mando se Registre, Publique y Cumpla.
- RÓMULO TRIVEÑO PINTO o PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA ©”
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OROMULO TRIVEÑO PINTO . PRESIDENTE REGIONAL. .
GOBIERNO REGIONAL DE ICA UNIDAD DE ADMINISTRACION | DOCUMENTARIA ° yo Ica, 16 de Marzo del 2010: Of. Circular N’
Señor: SECRETARIA GENERAL : a
Para su conocimiento y fines consiguientes, remito a Ud. copia del original de la ORDENANZA REGIONAL
N° 0009-2010 de fecha 16-03-2010 La presente copia constituye la transcripción oficial de dicha Resolución _ i GAN? Atentamente GOBIERNO TEN FR L SECRETARIA GENERAL 2. 2058 Eos wo 6 MAR. 2 weg ae |
Recibido._ —
| _SSUAN A. URIBE LOPEZ e Jefe (e).
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096136-009-2010-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387161/or09.pdf