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008-2025-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 008-2025-GORE-ICA

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ORDENANZA REGIONAL N° 008 -2025-GORE-ICA Ica, 17 JUN 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo de 2025. VISTO la Ordenanza Regional N* 005- 2025-GORE-ICA de fecha 25 de marzo de 2025 y la modificación requerida; y demás documentos del procedimiento.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 1, proclama la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado y en su numeral 1) del artículo 2 consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar;

Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 13 establece: “La educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza (...).”, asimismo, en el artículo 14 de la referida norma, dispone: “La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad (...)”;

Que, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8, 9 y 31 de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas conexas;

Que, el literal a) del artículo 15 de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, el artículo 38 de la referida Ley, señala que las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia

(-)

Que, a través de la Ordenanza Regional N° 019-2022-GORE ICA, de fecha 28 de diciembre del 2022 se aprueba el Proyecto Educativo Regional Concertado de Ica - PERCI de la Dirección Regional de Educación de Ica, periodo 2022-2036, cuya finalidad es atender de forma pertinente y contextualizado el

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desarrollo de la educación de nuestra región de Ica, elaborado por la participación activa de la comunidad educativa de nuestra región de Ica;

Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley N° 28044 - Ley General de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-ED, con relación al objeto y ámbito de aplicación, señala: “El presente Reglamento desarrolla las disposiciones, criterios, procesos y procedimientos contenidos en la Ley N° 28044 - Ley General de Educación, que establece los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano y regula las atribuciones y obligaciones del Estado, así como los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora. Rige todas las actividades educativas realizadas bajo los alcances de la Ley, dentro del territorio nacional, en los diferentes niveles de gobierno, por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras (...)”;

Que, el literal a) del artículo 149 del reglamento antes señalado, refiere que es función del Consejo Participativo Regional de Educación: “Canalizar la participación de la sociedad organizada a nivel regional, en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional, en el marco del Proyecto Educativo Nacional”;

Que, el artículo 151 del Reglamento de la Ley N° 28044 - Ley General de Educación, define el Proyecto Educativo Regional como: “Es el principal instrumento de gestión educativo regional. Se elabora en el marco del Proyecto Educativo Nacional y del Plan de Desarrollo Concertado Regional, con la participación democrática de la sociedad organizada”;

Que, el artículo 152 del citado Reglamento, con relación a la Gestión del Proyecto Educativo Regional, establece que: “La Dirección Regional de Educación es responsable de la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional, con la participación de los integrantes del Consejo Participativo Regional de Educación. El Gobierno Regional aprueba, publica, monitorea y evalúa el Proyecto Educativo Regional, de acuerdo con indicadores establecidos”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2020-MINEDU publicado el 29 de julio de 2020 se aprueba el “Proyecto Educativo Nacional -

Consejo Nacional de Educación por encargo del Ministerio de Educación, como actualización del desarrollo de la Política de Estado referida a Educación (...);

Que, asimismo, el artículo 2 del referido Decreto Supremo, señala que dicho proyecto, orienta el desarrollo de nuestra educación a nivel © nacional, regional y local por parte de todas las entidades del sector público, el sector privado y la ciudadanía, en cuanto les sea aplicable y el artículo 4 dispone que los ministerios, gobiernos regionales y gobiernos locales, en coordinación con el Ministerio de Educación y en el marco de sus respectivas competencias, emiten las disposiciones complementarias que resulten necesarias para que su quehacer contribuya al desarrollo e implementación del “Proyecto Educativo Naciona! - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadania Plena”;

ria, PEN al 2036: “El Reto de la Ciudadanía Plena”, el cual ha sido elaborado por el."

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Que, conforme a lo previsto en la norma, la Dirección Regional de Educación de Ica, mediante Resolución Directoral Regional N° 0747-2024 de fecha 12 de febrero del 2024, aprueba el Plan de Trabajo para la Revisión, Actualización y Reformulación de (RAR) del Proyecto Educativo Regional (PERICA) al 2036 para su implementación (...);

Que, mediante Resolución Directoral Regional N* 0748-2024 de fecha 12 de febrero del 2024, la Dirección Regional de Educación de ica DEJA SIN EFECTO, la Resolución Directoral Regional N° 8417-2023 que reconoce al Comité integrante del Consejo Participativo Regional de Educación de Ica (COPARE- ICA) y dispone en su artículo segundo INCORPORAR Y RECONOCER al Comité integrante de Consejo Participativo Regional de Educación de Ica (COPARE -ICA) el cual forma parte de la integrante de la resolución; Anexo1;

Que, en ese orden, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 683-2024-GORE/ICA/GR de fecha 06 de noviembre del 2024, se Conforma el Equipo Político y Técnico Regional para la evaluación, actualización e implementación del Proyectó Educativo Regional (PER) de Ica al 2036;

Que, mediante Oficio N° 4007-2024-GORE-ICA-GRDS-DREIICA/D, de fecha 12 de diciembre del 2024, la Dirección Regional de Educación de Ica, remite a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la propuesta para la Actualización de Proyecto Educativo Regional Concertado de Ica (PERCI) al 2036, cuya finalidad es atender de forma pertinente y contextualizada el desarrollo de la educación de nuestra región, elaborado con la participación activa de la comunidad educativa de nuestra región a efecto que sea aprobado por el Consejo Regional; anexando el Informe Legal N° 851-2024-DREI/OAJ e Informe N° 036- 2024-GORE-ICA-GRDS-DRE-ICA/DG/PLAN, los cuales sustentan técnicamente la actualización y/o aprobación de dicho proyecto;

Que, mediante Memorándum N° 001-2025-GORE-ICA-GRDS de fecha 02 de enero del 2025, la Gerencia Regional de Desarrollo Social de Ica, remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para que se sirva emitir opinión de la versión final de la actualización del Proyecto Educativo Regional Concertado de ica - PERCI al 2036, el mismo que mediante Informe Legal N° 010- 2025-GORE-ICA-GRAJ de fecha 14 de enero, señala que resulta legalmente viable y necesario que se actualice el Proyecto Educativo Regional Concertado de Ica al 2036 - PERCI, toda vez que el mismo ha sido desarrollado y enmarcado dentro de las normas legales vigentes y que el mismo debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional;

Que, estando a lo manifestado precedentemente, se observa que el Proyecto Educativo Regional Concertado de ica (PERCI) al 2036 remitido por la Dirección Regional de Educación de Ica, ha sido elaborado en el marco del “Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2020-MINEDU con la participación democrática de la sociedad organizada, conforme se encuentra establecido en los artículos 149 y 152 del Reglamento de la Ley N° 28044 - Ley General de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-ED y a la vez modificado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MINEDU;

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Que es necesario la actualización del referido Proyecto Educativo Regional Concertado de Ica - PERCI al 2036, por constituir un instrumento de gestión y orientación para el mejoramiento de la calidad y equidad del servicio educativo de Ica, en función al desarrollo Integral de la región;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 005-2025-GORE-ICA de fecha 25 de marzo de 2025, en su artículo primero, se aprobó la ACTUALIZACIÓN del PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL CONCERTADO DE ICA ~ PERCI AL 2036 de la Dirección Regional de Ica, teniendo en este sentido que la citada Ordenanza por necesidad institucional requiere de algunas modificaciones que deben ejecutarse de manera inmediata, siendo por ello la necesidad de su aprobación y aplicación;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del dictamen, la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N* 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento interno de! Consejo Regional;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL QUE DEJA SIN EFECTO LA ORDENANZA REGIONAL N° 005-2025-GORE-ICA Y QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL CONCERTADO DE ICA AL 2036.

ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional N° 005-2025-GORE-ICA de fecha 25 de marzo de 2025.

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR, la ACTUALIZACIÓN del PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL CONCERTADO DE ICA - PERCI AL 2036 de la Dirección Regional de Educación de Ica, el mismo que en anexo se adjunta y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional y que se conformá de la siguiente estructura: :

BASE LEGAL ENFOQUE Y METODOLOGIA PARTE 1 |Enfoque y sentido del proyecto Educativo Regional de Ica PARTE 2 Metodología para la elaboración del Proyecto Educativo Regional Concertado de Ica al 2036

CAPITULO [ENTRE EL DESIERTO, LOS VALLES Y LA SIERRA DE ICA, TIERRA li DE RIQUEZAS DESIGUALDAD Y DESAFIOS PARA LA EDUCACION.

BOTE Caracterización del Territorio

DOE Diagnóstico de la Educación: Problemas y Potencialidades.

SAPITULO CONSTRUYENDO LA EDUCACION QUE LA REGION ICA NECESITA PARTE

Versión al 2036 y el futuro deseado de la educación en Ica

3.4

ICA DE, ge Lea

Ss

Gobierno Regional Ica |=

Pete Situación futura deseada de la educación en la Región Ica al 2036 le Ejes y objetivos estratégicos

eee Objetivos estratégicos e indicadores

ee ¡Acciones estratégicas por ejes

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Dirección Regional

de Educación de Ica, unidades de gestión educativas locales de todos los niveles, planificar, elaborar, ejecutar y evaluar sus acciones, planes y demás proyectos en el marco del Proyecto Educativo Regional de la Dirección Regional de Educación de Ica - PERCI al 2036. >

ARTICULO CUARTO.- DISPONER, que la Gerencia Regional

de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica y la Dirección Regional de Educación de Ica, adopten las medidas del caso, a fin de implementar en toda la jurisdicción regional el seguimiento y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de

Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación integra más sus anexos de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (https://www.gob.pe/regionica).

Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su promulgación.

CONSEJO REGIONAL DE ICA

' CONSEJERO DELEGADO ARA

POR TANTO ron. SOYELO LUNA

'JERO DELEGADO

Regístrese, comuníquese y cúmplase

Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica a los 1% días del mes bz Junrd del dos mil veinticinco.

JORGE CARLOS HURTADO HERRERA GOBMANG E GOBERNADOR REGIONAL DE ICA ‘

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