Ordenanza Regional N.° 008-2009-GORE-ICA
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El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de junio del 2009.
CONSIDERANDO: Que, el Artículo 192° de la Constitución Política del Estado y su modificatoria, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el literal a) del Artículo 53 0 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que, es función del Gobierno Regional en materia ambiental y de ordenamiento territorial el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir y ad; ninistnar los planes y políticas en materia ambiental y de los ordenamientos territoriales en canco dancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, el Artículo 2° de la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento de los Recursos Naturales establece como objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para el fomento a la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana; Que, el Articulo 11° de la Ley citada, establece que la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) del país, se aprueba a propuesta de la Presidencia y Consejo de Ministros, en coordinación intersectolial, como apoyo al ordenamiento territorial a fin de evitar conflictos por superposición de los títulos y usos inapropiados, y demás fines. Dicha zonificación se realiza en base a áreas prioritarias conciliando los intereses nacionales de la conservación del patrimonio natural con el aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales. Que, el artículo 11° y sus modificatorias del Reglamento de la Zonificación Ecología y Económica, aprobado mediante D.S. N° 087-2004-PCM„ establece que los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecución de las Zonificación Ecológica y Económica y Ordenamiento Territorial dentro de sus respectivas jurisdicciones, asimismo en el artículo 16° de la misma normal legal se establece que para cada pro(,eso de Zonificación Ecológica y Económica- ZEE y ordenamiento territorial de desarrollo en el ámbito Regional, requiere la conformación de una Comisión Técnica Regional; Que, como resultado de un proceso de coordinación y reuniones de trabajo para el inicio al proceso de Ordenamiento Territorial realizadas entre el Ministro del MINAM y la Presidencia del Gobierno Regional de la, con la participación de diversas instituciones del sector público, privado y la sociedad civil se acordó: conformar la Comisión Técnica de Zonificación Ecológica, Económica y Ordenamiento Territorial, para cuyo efecto en ejercicio de sus facultades la Presidencia Regional mediante Oficio No. 942-2009-GORE-ICA/PR, remite el
Proyecto de Ordenanza, al Pleno del Consejo Regional, el mismo que fue tramitada con arreglo a Ley, ante la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional, quién emite el dictamen favorable correspondiente, estando por tanto justificada su aprobación por parte del Pleno del Consejo Regional de Ice; Que, el artículo 38° de la Ley orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Pleno del Consejo Regional, en ejercicio de sus atribuciones, y en aplicación de sus Artículos 15°, literal a), 36°; 37, literal a) y 38° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; debatió y aprobó el tema propuesto en Sesión Ordinaria de fecha 10 de junio del 2009. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902 y demás normas pertinentes. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ARTICULO PRIMERO.- DECLÁRESE de interés regional el uso sostenible del territorio, la Zonificación Ecológica y Económica — ZEE y Ordenamiento Territorial de la Región Ica, con el enfoque de gestión de riesgo y equidad de género. P:)`<47r RO"
ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR la conformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica- ZEE y ordenamiento Territorial, integrada por representantes de las siguientes instituciones: Representante del Gobierno Regional de Ica, quien la presidirá. Representante de la Municipalidad Provincial de Ica, Pisco, chincha, Nasca y Palpa. Representante de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica. Representante de las Empresas Privadas, designado por la Cámara de Comercio y la Producción de Ice. Representante de los Organismos no gubernamentales inscritas la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. Representante de la Mesa de Gestión Integral del Territorio. 7. Representantes de la Cooperación Técnica Internacional. Los integrantes de la referida Comisión serán designados, mediante Resolución Ejecutiva Regional. La Comisión Técnica podrá convocar a otras Instituciones con responsabilidad y/o interés en el tema, para que participen en este.
ARTICULO TERCERO.- La Comisión Técnica de Zonificación Ecológica y Económica — ZEE y Ordenamiento Territorial tendrá las siguientes funciones:
a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zonificación Ecológica y Económica — ZEE y Ordenamiento Territorial a nivel Regional y Local.
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Proponer los mecanismos de consultas y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación. Emitir opinión y recomendaciones sobre normas, procesos y metodologías vinculadas al Ordenamiento Territorial a nivel Regional. ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento i erritorial y la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en representación del Gobierno Regional de Ice, la implementación del proceso de Zonificación Ecológica y Económica — ZEE y ordenamiento Territorial de la Región Ica. ARTÍCULO QUINTO.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Gobierno Regional encargado de prestar apoyo técnico administrativo a la Comisión Técnica el cual estará integrado por: Representante de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien la presidirá.. Representantes de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Representante de la Gerencia Regional de Infraestructura. Representante de la Oficina de sistemas, Informática y estadística.
- Representante de la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil. ARTICULO SEXTO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza.
POR TANTO: Publíquese, Regístrese y Cúmplase
GÜCiERNO REGIONAL
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GOBIERNO REGIONAL DE ICA UNIDAD DE ADMINISTRACION DOCUMENTARIA Ica, 01 de Julio del 2009 Of. Circular N'
Señor: CONSEJO REGIONAL - ICA Para su conocimiento y fines consiguientes, remito a Ud. copia del original de la ORDENANZA REGIONAL de fecha 01 - -07-2009 N° 0008- 2009 oficial La presente copia constituye la transcripción Resolución Atentamente GOBIERNO REGIONA DE ICA Unidad de Administració
Sr. SAN A. URIBE LOPEZ Jefe (e)
de
dicha
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096159-008-2009-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387191/or008.pdf