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006-2023-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 006-2023-GORE-ICA

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Gobierno Regional Ica E

ORDENANZA REGIONAL NU 0 6-2023-GORE-ICA Ica, 21 SEP, 2023

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de setiembre de 2023. Visto el Oficio N° 385-2023-GOREICA/GR sobre la solicitud de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2023 de las seis (06) Unidades Ejecutoras y la Red de Salud Chincha - Pisco, conformantes del Sector Salud.

EN CONSIDERANDO:

TE Que, el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno

Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal;

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 27902 y Ley N° 30305 establece que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias. Asimismo, el artículo 192 inciso 1) de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 9 inciso a) de la Ley N° 27867, precisan que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el inciso a) del artículo 15 establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

-GREGIO,

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So) A pe Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión

E ) del Estado, declara al estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad

i dl e” de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante Ley N° 30957, se autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley N° 30693, se regula el nombramiento progresivo en el año fiscal 2019, como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 tuvieron vínculo laboral, cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento, no fueron incluidos en los procesos de nombramiento correspondientes a los años 2014

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al 2018 y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; ..

Que, a través del Decreto Supremo N° 025-2019-SA se aprobó el reglamento de la acotada Ley N° 30957, en la cual se establece los requisitos y condiciones para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS);

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 016-2020 se dispusieron medidas en materia de los recursos humanos del sector público, estableciéndose en el numeral 14.3 del artículo 14 que, para el proceso de nombramiento es requisito que las S plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de os “2 Personal (CAP), en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP

| Provisional) o en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), y en el Presupuesto es Analítico de Personal (PAP), según corresponda. Asimismo, que las plazas o puestos a Yop «*És/ Ocupar se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro NS Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y cuenten con la respectiva certificación del crédito presupuestario;

Que, por Resolución Ministerial N° 280-2020-MINSA - Anexo, que aprueba la relación nominal del personal de la salud apto al nombramiento en orden de prelación, por cada unidad ejecutora de salud nivel nacional, y modificada entre otros” por Resolución Directoral N° 133-2023-OGGRH/MINSA de fecha 13 de febrero del 2023, por medio del cual aprueba la relación nominal de 1042 declarados aptos para el nombramiento, considerados en el Anexo 1A, cuyo nombramiento corresponde efectuarse durante el último trimestre del año 2023; y posteriormente emite la Resolución Directoral N° 422-2023-OGGRH/MINSA de fecha 05 de Mayo del 2023, por medio del cual resuelve modificar el anexo de la antes citada resolución respecto a la distribución del lugar de nombramiento del personal que resulto apto al proceso de nombramiento iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley N° 30957, de acuerdo al código RENAES correspondiente a las U.E. 401- Hospital San José de Chincha, 402 - EN Salud Palpa-Nasca, 404 - Hospital San Juan de Dios de Pisco, 406 - Red de Salud Ica,

<> “a0 y la 00 - Red de Salud Chincha-Pisco del Gobierno Regional de Ica de acuerdo al

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¡Ss 26! anexo que forma parte de la citada resolución directoral;

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Save! Que, la Ley N° 31638 - Ley del Presupuesto del Sector Público ASAS para el año Fiscal 2023, literal n) del numeral 8.1 del artículo 8, autoriza el

nombramiento de hasta el 100% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), a los que se refiere la Ley N° 30957;

Que, así mismo en su artículo 36, numeral 36.2 se dispone que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se han asignado recursos en el pliego Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 136 733 895,00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, conforme lo siguiente:

b) Hasta por la suma de S/ 10 912 237,00 (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para el financiamiento del

Gobierno Regional Ica GORE - ICA

veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS) a nombrarse en el Año Fiscal 2023, durante el último trimestre del 2023, en el marco de la Ley N° 30957, se financiará con cargo a su presupuesto institucional, sin demandar recursos al tesoro público;

Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021- SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (la Directiva);

Que, mediante el Oficio N° 2910-2023-GORE-ICA-DIRESAOEGyDRRHH-UADM.RH de fecha 21 de Agosto del 2023, se remitió la solicitud de aprobación de los 07 proyectos de Cuadros para Asignación de Personal Provisional — CAP-P-2022 de las 06 Unidades Ejecutoras y la Red de Salud Chincha-Pisco del Sector Salud, involucradas en el proceso de nombramiento para el año fiscal 2023, pertenecientes a la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Ica, motivo por el cual solicita ponerlo a consideración del Pleno del Consejo Regional, con la finalidad de proceder a su aprobación;

Que, de la revisión de los actuados que obran en el expediente se evidencia que estos cuentan con el respectivo Informe Técnico N° 000117-2023- SERVIR-GDSRH de fecha 16 de Agosto 2023, que contiene el análisis de las 07 propuestas de Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2023: U.E 401

  • Hospital San José de Chincha, 402 - Salud Nasca, 403 - Hospital Regional de Ica, 404
  • Hospital San Juan de Dios de Pisco, 405 - Hospital Santa María del Socorro, 406 — Red de Salud Ica-Palpa-Nasca y la Red de Salud Chincha-Pisco de la Dirección Regional de Salud Ica, inmersos en el proceso de nombramiento 2023, el mismo que constituye la opinión técnica favorable emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.3.1.8 “De darse opinión técnica favorable, incluyendo el otorgamiento de una excepción cuando corresponda, dicha (SOON aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante oficio de PE de SERVIR, para fe e SA que esta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano, S i $ sa

¿», en atención a los siguientes escenarios: Documento que aprueba la propuesta de CAP A 7 Provisional con opinión técnica favorable, entidad que requiere aprobación de A «ES propuesta de CAP Provisional (...) Por Ordenanza Regional gobiernos regionales, programas y proyectos especiales adscritos, y las empresas pertenecientes al Gobierno Regional”. (...). En el caso de una propuesta de CAP Provisional de una entidad Tipo B que reciba opinión técnica favorable, esta es comunicada al (la) titular de la entidad Tipo A, a la que se encuentra adscrita mediante oficio de PE de SERVIR, remitiendo copia informativa al (la) titular de la entidad Tipo B.

Por Ordenanza Regional Gobiernos regionales, programas y proyectos especiales adscritos, y las empresas pertenecientes al gobierno regional.

Que, conforme a lo recomendando por la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR, es preciso proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP-Provisional de las mencionadas entidades;

Que, con fecha 18 de setiembre de 2023, se reunió el Pleno del Consejo Regional en Sesión Ordinaria a efectos de valorar y compulsar el Oficio N°

, S cs Gobierno Regional Ica |»

Oficio N* 385-2023-GORE-ICA/GR de fecha 13 de setiembre de 2023, por medio del cual la gobernación regional solicita la aprobación de los Cuadros para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2023 de las 06 Unidades Ejecutoras y la Red de Salud Chincha-Pisco del Sector Salud, pertenecientes a la Dirección Regional de Salud del GORE lca, y demás documentos adjuntos al presente expediente;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen, de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS CUADROS PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL — CAP-P-2023, DE LAS 06 UNIDADES EJECUTORAS y RED DE SALUD CHINCHA-PISCO, INMERSAS EN EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO 2023, CONFORMANTES DEL SECTOR SALUD.

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR los Cuadros para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2023 de las 06 Unidades Ejecutoras y la Red de Salud Chincha-Pisco, conformantes del Sector Salud, por consiguiente en la actualidad sumando todas las instituciones y/o unidades ejecutoras involucradas en el presente proceso de nombramiento 2023 de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Ica, tiene un total de 4202 cargos o plazas, de los cuales 3793 están ocupados y 409 en la condición de previstos, según detalle de cada uno, y que se precisa en el siguiente cuadro:

CONSOLIDADO PROYECTO CAP-P-2023 REGION DE SALUD ICA

UNIDAD EJECUTORA TOTAL | OCUPADA | PREVISTA 401 HOSPITAL SAN JOSE DE CHINCHA 463 413 50 RED DE SALUD CHINCHA-PISCO | 523 503 20 SALUD PALPA-NASCA (HOSPITAL DE APOYO DE 402 _|NASCA) 227 207 20 403 [HOSPITAL REGIONAL DE ICA 1107 895 212 HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS 404 |DEPISCO 449 409 40 HOSPITAL SANTA MARÍA DEL 405 [SOCORRO DE ICA 592 563 29 406 [RED DE SALUD ICA 841 803 38 TOTAL GENERAL 4202 3793 409

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el diario encargado de las

,

Gobierno Regional Ica Jo.

publicaciones judiciales de la Región, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de

Ica y todas sus dependencias descentralizadas.

Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su promulgación. En la ciudad de Ica, a los dieciocho días del mes de setiembre de dos mil veintitrés.

LUIS ALBERTO CASTRO MAKABE

CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA.

POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica a los 20. días del mes de setiembre de _ dos mil veintitrés. as WIN “cg ABOG. JORGE CARLOS HURTADO HERRERA GOBERNADOR REGIONAL DE ICA GOBIERNO REGIONAL DEICA Alex Y, OL IZA ABOG. JORGE CARLOSAURTADO HERRERA GOBERNADOR REGIONAL

y O, o


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