Skip to content
L Legalize.pe
006-2011-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 006-2011-GORE-ICA

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

fy | Gobierno Regional Ica E

ORDENANZA REGIONAL ~.N*0006-2010-GORE-ICA

Ica, 0-1 ABR. 2011

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día catorce de diciembre del año dos mil diez;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 4° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiermos Regionales, los Gobiernos Regionales tiene por finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;

o Que, el inciso a) del artículo 51° de la Ley N° 27867, establece entre las funciones del Gobierno Regional en materia agraria: Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas: de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriale: y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte” las municipalidades rurales; !

Que, asimismo conforme al inciso i) del artículo 51?,, i Ley N° 27867, dentro de las funciones en materia agraria del gobierno regional,” le corresponde planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboración de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial;

Que, conforme al inciso a) del artículo 15° de Ley N° 27867, le corresponde al Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funcionesdel Gobierno Regional; i

Que, en sesión ordinaria del siete de octubre del año dos mil diez el Consejo Regional aprobé la Ordenanza Regional N° 022-2010-GORE ICA, la misma que, a petición de la Gerencia General del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha — PETACC, mediante Oficio N° 371-2010-GORE-ICAPETACC/GG, se tramita ante el Consejo Regional la modificación de los artículos primero, segundo, tercero y cuarto, lo que fue sustentado por los funcionarios correspondientes, conforme así se desprende del acta de sesión de ta fecha, por lo que el Pleno del Consejo Regional en atención a lo solicitado, previa deliberación de sus miembros, aprobó con el quórum de ley, la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva, quedando subsistente y vigente lo demás que contiene la Ordenanza Regional N° 022-2010-GORE ICA;

Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del catorce de diciembre del año dos mil diez, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; el Regamé nto Interno del Consejo Regional de Ica y sus modificatorias, con fa dispeñ sa y prob ción del acta de la fecha;

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR los Artículos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de la Ordenanza Regional N* 022-2010- GORE ICA, con el siguiente Texto:

*...Artículo Primero.- DECLÁRESE de necesidad e interés público regional, la promoción, fomento y desarrollo de los proyectos de inversión orientados al mejoramiento del riego, incorporación de nuevas tierras y la generación de energía eléctrica en base a centrales hidroenergéticas, así como aquellos orientados a la reducción de la vulnerabilidad de la población ante los desbordes e inundaciones de las causes naturales, en el ámbito de la Región Ica...”

“.. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la formulación e implementación del Plan Hídrico Regional ica, que ha sido priorizado en el Proceso de Presupuesto Participativo Concertado de la Región Ica, para el Ejercicio Presupuestal 2010, cuyo sustentación técnica y legal se encuentra contenida la exposición presentado por el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha...

«Artículo Tercero.- ASIGNAR al Proyecto Especial Tambo Ccaracocha la responsabilidad, en representación del Gobierno Regional de Ica, para conducir la elaboración, implementación y desarrollo: del Plan Hídrico Regional ¢ de Ica, para lo cual se le dotará de los recursos necesarios para tal fin.. vet

**, Articulo Cuarto.- CONFORMAR una Comisión Técnica Permanente, encargada de realizar el seguimiento y evaluación del proceso de implementación y desarrollo del Plan Hídrico Regional de Ica, y evaluar las propuestas técnicas que se presenten para su mejor ejecución. La Comisión estará integrada por:

a) Director Regional de Agricultura Ica, quién la presidirá

b) Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú-Filial Ica

c) Un representante de la Asociación de Agricultores de la Región Ica .

d) Un representante de las Juntas de Usuarios de cada una de las

: Provincias de la Región Ica

e) Un representante de la Universidad Nacional. “San Luis Gonzaga de Ica.

La designación de los Miembros de ésta Comisión, comunicarán la designación de sus representantes a la Dirección Regional de Agricultura

D

de Ica, dentro del plazo de 10 días hábiles de publicada la presente Ordenanza Regional.

La designación de los miembros de esta Comisión no inhabilitará para el desempeño de ninguna función pública o privada y se ejerce ad honórem...”

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Oficina Regional y Administración y la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”; así como en el Portal del Gobierno Regional de Ica, previa las formalidades de Ley.

POR TANTO:

Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. GOBIERNO_f AL DE ICA ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS A AN

PRESIDENTE DEL. GOBIERNO REGIONAL DE ICA

Shag ONSO


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096115-006-2011-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387138/or06.pdf