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003-2020-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 003-2020-GORE-ICA

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ORDENANZA REGIONAL

N° 0003-2020-GORE-ICA Ica, 26 FEB. 2020

El Consejo Regional del Gobierno Regional de ica, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de febrero de 2020. Visto la Ordenanza Regional N° 0012- 2019-GORE-ICA de fecha 07 de agosto de 2019.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal.

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el inciso a) del artículo 15% establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, conforme a los artículos 11° y 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, como tal se encuentra dentro de sus atribuciones dictar normas expresando su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, conforme al artículo 39° de la acotada norma legal.

Que, de la revisión y lectura a la Ordenanza Regional N° 0012- GORE-ICA de fecha 07 de agosto de 2019, se ha podido visualizar que se ha consignado en su Artículo Cuarto que la Secretaría Técnica será asumida por la Dirección Regional de Producción — DIREPRO; y, en su Artículo Séptimo se ha encomendado la elaboración del Reglamento Interno a la Secretaria Técnica (...), asimismo encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ica, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, Sin embargo, ambas funciones las asumirá la Gerencia Regional de Desarrollo Social.

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del Dictamen, la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 28968, y el Reglamento Interno del Consejo Regional.

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: “ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO CUARTO Y SÉPTIMO DE LA

ORDENANZA REGIONAL N° 0012-2019-GORE-ICA DE FECHA 07 DE AGOSTO DE 2019”

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Ras? Gobierno Regional Ica | ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el Artículo Cuarto y

Séptimo de la Ordenanza Regional N* 0012-2019-GORE-ICA, de fecha 07 de

agosto de 2019, quedando subsistente lo demás que contiene; en los términos

siguientes:

ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría Técnica será asumida por la Gerencia Regional de Desarrollo Social.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- ENCOMENDAR, la elaboración del Reglamento Interno. a la Secretaría Técnica en un plazo de sesenta (60) días hábiles, después de la aprobación, asimismo encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría

General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno

Regional de Ica (www.regionica.gob.pe) Comuníquese al Gobernador Regional de Ica para su promulgación. SR. CÉSAR MARTÍN MAGALLANES DAGNINO CONSEJERO DELEGADO GOBIERNOR CONSEJO REGIONAL DE ICA

POR TANTO:

Regístrese, comuniquese y cúmplase

Dado en la Sede del Gobierno regional de Ica

ING. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/3967895-003-2020-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4215272/or_003_2020.pdf