Skip to content
L Legalize.pe
002-2026-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 002-2026-GORE-ICA

12 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

Gobierno Regional Ica GORE -ICA

ORDENANZA REGIONAL

No 002 -2026-GORE-ICA Ica, 18 FEB 2026

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de febrero de 2026. VISTO el Oficio N° 594-2025-GOREICA/GR de fecha 18 de diciembre de 2025 de la Gobernación Regional de Ica, sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 0007-2018-GORE-ICA, DE FECHA 07 DE SETIEMBRE DEL 2018, QUE DISPUSO LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DE LA REGIÓN ICA; y demás actuados en el procedimiento,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú señalan que los gobierno regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, los coordinan con las municipalidades sin inferir sus funciones y atribuciones; y, -en el marco de dicha autonomía- que se sujeta a la Constitución Política del Perú y las leyes de desarrollo constitucional respectivas, promueven el desarrollo y la economía, regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;

CA RESIO PESO (E OS hinge

ie ot H Ca y

Que, de los artículos 2, 5 y 36 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se desprende que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; teniendo por misión organizar y conducir, la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución a su desarrollo integral y sostenible; además, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;

; Que, la mencionada Ley, en sus articulos 13 y 15, establece que el Concejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, siendo una de sus atribuciones la referida a aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; .

Que, en cuanto a las normas del ámbito de competencia del Consejo Regional, los artículos 37 y 38 de la Ley antes referida, señalan que el Consejo Regional dicta y/o aprueba Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

KA

y GORE -ICA

Gobierno Regional Ica

Que, adicionalmente, el literal a) del artículo 53 de la Ley mencionada establece que los Gobiernos Regionales tienen como función formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar} y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Regionales;

Que, en esa misma línea, el artículo 6 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que uno de los objetivos de la descentralización es el Ordenamiento Territorial;

Que, en cuanto a la ZEE, el Decreto Supremo 087-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Zonificación Ecológica y Económica, establece que la ZEE es un proceso dinámico y flexible para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales, Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso'sostenible de un territorio y de sus recursos naturales:

: Que, los artículos 11 y 16 del citado Reglamento establecen que el Ministerio del Ambiente dirige el proceso de la gestión de la ZEE en el país y los gobiernos regionales son las entidades encargadas de su ejecución, dentro de sus respectivas jurisdicciones; y, que cada proceso de ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica, Pespecivamments

Que, la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM, aprueba el documento denominado “Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de la Zonificación Ecológica y Económica en el ámbito regional y. local”, precisando que el objetivo de dichas comisiones es propiciar la coordinación y acompañamiento en la elaboración, aprobación y ejecución de este. ITS inicial para el OT, a cargo del nivel de gobierno correspondiente; asimismo, establece que los gobiernos regionales y locales gop adecuarse a'sus disposiciones; -

: Que, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento eno del . Consejo Regional de Ica, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce funciones normativas, fiscalizadoras, . investigadoras y de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del. . Gobierno Regional, así como de la gestión y conducta pública de sus funcionarios. Además, cumple con las demás funciones establecidas en la Constitución Política - del Estado, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;

Que, de acuerdo con el artículo 29 del Reglamento Interno ‘del ae Consejo Régional de Ica, las Comisiones son grupos de trabajo especializados de * '

consejeros,- cuya función principal es el seguimiento fiscalización” del. :: : funcionamiento de los órganos del Gobierno Regional y de los sectores “dle ..'.-'

componen la administración - pública dentro del ámbito territorial de la. región. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenánzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos de conocimiento, de acuerdo con su especialidad o materia; ]

CA DE, A BHICA DEL o £ %

&

Gobierno Regional Ica |».

Que, el Gobierno Regional de Ica, mediante la Ordenanza Regional N° 0007-2018-GORE-ICA, modificó la Ordenanza Regional N° 0008-2009- GORE-ICA de fecha 01 de julio del 2009, que declaró de interés regional el uso sostenible del territorio, la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) y el Ordenamiento Territorial de la región Ica. En esta modificación, se redefinió la conformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica de la región Ica, cuyo objetivo es propiciar la coordinación y acompañamiento en la elaboración, aprobación y ejecución de este instrumento técnico sustentatorio para el ordenamiento territorial, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM y la Resolución Ministerial N° 056-2015- MINAM. La comisión está integrada por representantes del Gobierno. Regional de Ica, de las municipalidades provinciales, de sectores y niveles de gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales, de instituciones científicas, universidades, comunidades campesinas y empresas privadas. Además, se precisaron sus funciones, entre ellas: proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) a nivel regional y local, así como los aspectos relacionados a la macrozonificación nacional; proponer mecanismos de consulta y participación ciudadana, y emitir opinión y recomendaciones sobre normas, procesos y metodologías vinculadas al Ordenamiento Territorial a nivel regional. Asimismo, se encargó a la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica de la región de Ica, la formulación de su Reglamento Interno de Organización y Funciones, el cual deberá contar con la opinión técnica del MINAM antes de su aprobación, y se precisó que su estructura orgánica y los grupos de trabajo respectivos se conformarán en su primera reunión ordinaria;

Que, por el Oficio N° 00386-2025-MINAM//MDERN/DGOTGIRN, recepcionado por el Gobierno Regional de Ica con fecha 21 de noviembre de 2025, suscrito por el Director de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, se remite el Informe N° 0047-2025- MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN, mediante el cual se emite la validación y conformidad al Proyecto de Ordenanza Regional que modifica la Ordenanza Regional N* 0007-2018-GORE-ICA, de fecha 07 de setiembre de 2018, así como al proceso de Ordenamiento Territorial, incorporando la actualización de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica y la adecuación de los instrumentos técnicos para el ordenamiento territorial de! departamento de Ica;

Que, mediante el Informe N* 125-2025-GOREICAGRPPAT/SGTE, de fecha 26 de noviembre de 2025, la Subgerencia de Gestión Territorial concluyó que, conforme al Plan de Trabajo del proceso ZEE y al artículo 2 de la R.M. N° 056-2015-MINAM, corresponde modificar y actualizar la conformación de la Comisión Técnica Regional de ZEE, constituyendo dicho informe el sustento técnico que habilita el inicio del procedimiento interno. En atención a ello, mediante Memorando N° 936-2025-GOREICA/GRPPAT-SGTE, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remitió el proyecto a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica para la continuidad del trámite, disponiéndose su elevación al Consejo Regional para la correspondiente aprobación mediante Ordenanza Regional;

Que, con Informe Legal N° 067-2025-ORAJ, de fecha 04 de diciembre de 2025, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional

] GORE -ICA |

Gobierno Regional Ica

de Ica, concluyó que debe continuarse con el trámite de aprobación de la Ordenanza Regional que modifica la conformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del Ordenamiento Territorial de la Región Ica. La modificación busca actualizar la integración de la comisión, con el objetivo de fortalecer su capacidad de coordinación y acompañamiento en la elaboración, aprobación y ejecución de este instrumento técnico sustentatorio para el ordenamiento territorial de la región, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM y la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen, de la lectura y la aprobación del acta y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de.Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regiohal;-

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

“ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 0007-2018-GORE-ICA, DE FECHA 07 DE SEPTIEMBRE DE 2018, QUE DISPUSO LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA (ZEE) Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA REGIÓN ICA”.

. ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR LA ORDENANZA REGIONAL N° 0007-2018-GORE-ICA, DE FECHA 07 DE SEPTIEMBRE DE 2018, QUE.DISPUSO LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA (ZEE) Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA REGIÓN ICA, con el objetivo de actualizar y reestructurar.la integración de la comisión, en concordancia con el marco normativo vigente, quedando redactado de la manera siguiente:

  1. MODIFICAR la conformación de la. COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL: DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DE LA REGIÓN ICA, cuyo objetivo es propiciar la coordinación y el acompañamiento en la elaboración, aprobación y ejecución de este instrumento técnico sustentatorio para el

. ordenamiento territorial, a cargo del nivel de gobierno correspondiente, conforme: a lo dispuésto en el Decreto Supremo N° 087-2004-. ‘PCM y: da

  • Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM. ; La Comisión estará integrada por los siguientes representantes:

  • a) Representantes del Gobierno Regional de Ica: uO

  • Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del ab lBIno Regional de Ica (quis

  • preside)
  • Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio ; Ambiente del Gobierno Regional de Ica. ; b) Representantes de las Municipalidades Provinciales:
  • Municipalidad Provincial de Ica
  • Municipalidad Provincial de Chincha
  • Municipalidad Provincial de Pisco
  • Municipalidad Provincial de Palpa
  • Municipalidad Provincial de Nasca.

c) Representantes de Instituciones Científicas del área de trabajo:

  • Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA
  • Instituto Tecnológico de la Producción - CITE agroindustrial. d) Representantes de las Universidades del área de trabajo:
  • Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica.

e) Representantes de los sectores y niveles de gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o de los recursos naturales existentes en el área:

  • Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento
  • Dirección Regional de Energía y Minas
  • Dirección Regional Agraria
  • Dirección Regional de Producción
  • Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
  • Dirección Desconcentrada de Cultura de Ica
  • Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP (Reserva Nacional Pampa Galeras Bárbara D'Achille). f) Representantes de las Comunidades Campesinas:
  • Comunidad Campesina San Luis de Huañupiza
  • Comunidad Campesina San Andrés de Quilcanto y San Nicolás de Pulpo.
  1. Representantes de Empresas Privadas:
  • Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica
  • Shougang Hierro Perú:S.A.A. h) Representantes de los organismos no gubernamentales:
  • Huarango Nature :
    • Comisión:de Derechos Humanos de Ica - CODEHICA.

Esta Comisión Técnica Regional se debe de instalar en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional, siendo su naturaleza de carácter permanente.

  1. DESIGNAR a la Subgerencia de Gestión Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica, como Secretaría Técnica de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), encargada de llevar a cabo las coordinaciones del proceso de ordenamiento territorial y de sus instrumentos técnicos sustentatorios, con la Comisión Técnica Regional.

  2. PRECISAR que las funciones de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica y de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios del Gobierno Regional del departamento de Ica son las siguientes:

3.1. Para el caso de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica:

Y” Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zonificación Ecológica y Económica - ZEE a nivel local. ;

v Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación.

3.2. Para el caso de la Comisión Técnica Regional de los instrumentos técnicos sustentatorios:

fos

GORE -ICA

Gobierno Regional Ica

Y Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de ordenamiento territorial en lo correspondiente a la elaboración de sus Estudios Especializados, -Diagnóstico Integrado del Territorio y Plan de Ordenamiento Territorial a nivel regional y local, una vez aprobada su Zonificación Ecológica y Económica en el nivel de gobierno correspondiente.

Y Proponer los mecanismos de participación ciudadana a través de

se procesos de difusión, sensibilización y capacitación.

  1. ENCARGAR a la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica de la Región de Ica la formulación de su reglamento interno de organización y funciones, el cual deberá contar con la opinión técnica del MiaM antes de su aprobación.

o ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, a la Oficina Regional de Administración y Finanzas y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el portal web : del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe).

Comuníquese al señor Gobernador de Ica, para su promulgación.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil veintiséis. :

MARIA DEL ROSARIO GAMONAL RAMOS CONSEJERA DELEGADA CONSEJO REGIONAL DE ICA

POR TANTO:

Registrese, Comuniquess y Cúmplase

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica, a los / & dias del mes-de febrero del afio dos mil veintiséis.

JORGE CARLOS HURTADO HERRERA

GOBERNADOR REGIONAL DE ICA GOBIERNO REGIONAL DE ICA —

ABOG. JORGE CARLOS HURTADO HERRERA GOBERNADOR REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/7761874-002-2026-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9479642/7761874-ordenanza-regional-002-2026-gore-ica_260220_112021.pdf