Decreto Regional N.° 002-2020-GORE-ICA/GR
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Gobierno Regional Ica %*|
DECRETO REGIONAL N° 0002 -2020-GORE-ICA/GR
lea, 2 1 ENE, 2020
DECRETO REGIONAL QUE APRUEBA EL MANUAL DE OPERACIONES DEL PROGRAMA REGIONAL DE TITULACIÓN DE TIERRAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA
VISTO:
El Memorando N° 322-2019-GORE.ICA-GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Nota N° 146-2019-GORE.ICAGRPPAT/SMGE de la Subgerencia de Modernización de la Gestión, el Informe N° 017,021 y 022-2019-GORE-ICA-SMGE/WWCHE, el Informe N° 013, 015 y 023-2019-GORE-ICA/PRETT del Programa Regional de Titulación de Tierras, por el cual setemite el Manual de Operaciones de Programa Regional de Titulación de Tierras-PRETT del Gobierno Regional de Ica, en el marco del Proceso de Modernización en la Gestión Publica; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú,
los Gobiernos Regionales tienen autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
EN Que, conforme a lo establecido en el inciso f) del artículo 98.de la Ley N° 27867, Ley lo ¡Orgánica delos Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son competentes para dictar ; Nos normas inherentes a la gestión regional;
Y) Que, mediante Decreto Supremo N° 056-2010-PCM, se transfiere a favor de los A
Hi Gobiernos Regionales la función de Formalización y Titulación de Predios Rústicos de Tierras fates
Eriazas habilitados al 31 de diciembre del año 2004, así como la reversión de Predios Rústicos * Adjudicados a Título Oneroso por el Estado, ocupados por Asentamientos Humanos,
. precisando que las transferencias..se realizan .en el_marco -del..proceso. de transferencia”.
especifica prevista en el literal m) Artículo 51° de la Ley 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos .';.,
Regionales; mr
Que, mediante el artículo 1° de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modetnizacién de la Gestión del Estado, se declara al estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de la ciudadanía; :
Que, por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprobo la “Politica Nacional de Modernización de la Gestión Pública”, con el objetivo de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país”;
Que, la citada política Nacional de Modernización de la Gestión Pública propone que el estado siga un “Modelo de Gestión Pública Orientada a Resultados al Servicio del Ciudadano”,
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el cual implica desarrollar acciones que permitan ¡implementar la simplificación administrativa en todos los niveles de gobierno, eliminandozobstáculos o costos innecesarios para la sociedad que genera el inadecuado funcionamiento de la Administración Publica;
Que, mediante el artículo 53° del Decreto Supremo N° 054:2018-PCM, se aprobó los Lineamientos de Organización del Estado, que fue modificado por el Decreto Supremo N° 131- 2018-PCM, que señala: “El Manual de Operaciones - MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales, b) La estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados, cuando corresponda, c) La estructura orgánica al interior de los Órganos académicos, cuando corresponda”; asimismo, cabe precisar que desde el
del Manual de Operaciones — MOP;
Gobierno’Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional N° 013-2019-GORE-ICA, refiere que: “ El Programa Regional de Titulación de Tierras (PRETT) está constituido en el ámbito de competencia del Gobierno Regional de Ica y se encuentra adscrito a la Gerencia Genera Regional”, aunado a ello el artículo 149° del mismo cuerpo normativo indica que: “El PRETT se regula por su Manual de Operaciones y demás instrumentos de planeamiento y gestión, conforme a las normas sobre la materia”;
Que, en ese orden de ideas, con Memorando N° 322-2019-GORE.ICA-GRPPAT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, cumplió con remitir el Manual de Operaciones del Programa Regional de Titulación de Tierras del Gobierno Regional de Ica, para su respectiva aprobación mediante Decreto Regional, concediendo la \ opinión técnica favorable; consecuentemente a través del Informe Legal N° 263-2019-GOREICA/GRAJ de fecha 19 de diciembre de 2019, la Gerencia Regional de Asesoria Jurídica, concluye que el sustento del Manual de Operaciones del PRETT se encuadran a las normas sobre la materia, y a su vez recomienda, que sea aprobada por Decreto Regional previo acuerdo del Directorio de las Gerencias Regionales;
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala lo siguiente: “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés .ciudadano:-Los-Decretos--Regionales--son-aprobados-y-suscritos-por-la-Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales”; aunado a ello, el artículo 42° de la citada Ley, precisa que: “(...) los Decretos Regionales son publicados de acuerdo al reglamento que dicte el Gobierno Regional y se difunden en su portal electrónico”;
-aprobar-el-Manual.de Operaciones —-MOP,-del Programa Regional de Titulación de Tierras — PRETT, del Gobierno Regional de Ica, a fin de que el Gobernador Regional lo apruebe mediante Decreto Regional de conformidad con el artículo 40° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
artículo 53° al 55° del Decreto Supremo citado se regula el procedimiento de aprobación -
Que, en ese contexto, el artículo 146° del Reglamento de Organización y Funciones del:
Que, en sesión de los Gerentes Regionales de fecha 16 de enero del 2020, se acordó :
y
En consecuencia, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y de *
% » \ Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional N°
013-2019-GORE-ICA.
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AB REGIONG? conformidad con las. atribuciones conferidas en el artículo 28°, 37° y 40° de la Ley 27867, Ley So, do Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, en concordancia con el Reglamento de:
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SE DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Manual de Operaciones del Programa Regional
de Titulación de Tierras-PRETT del Gobierno Regional de Ica, en cumplimiento del Artículo 149°
del Reglamento de Organización y Funciones — ROF del Gobierno Regional de Ica, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional al Programa ~ Regional de Titulación de Tierras-PRETT del Gobierno Regional de Ica.
ARTICULO TERCEROENCARGAR a la Subgerencia de Gestión Documentaria la publicación del Presenté Decreto iohal en el Diario Oficial "El Peruano” en el Portal de
- GOBIERNO REGIONAL DE ICA AV, CUTERVO N° 920 Iea- Ica
Gobierno Regional de Ica
"ACTA DE DIRECTORIO DE LA GOBERNACION REGIONAL, GERENCIA GENERAL. REGIONAL Y GERENTES REGIONALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA
fine En la ciudad de Ica, siendo las 15:00 horas del dia 16 de enero del 2020, se reunieron en el local
Nipstiucional del Gobierno Regional de Ica, sito en la Avenida Cutervo N° 920 - Ica, bajo |
Bresidencia del Gobernador Regional Ing. Javier Gallegos Barrientos, el Gerente General Regional, C.P.C. Carlos Guillermo Avalos Castillo y los Señores Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Ica:
a
- Econ. Nilton Edilberto Hernández Roque, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. « ‘Ing. Victor Pastor Arango Salcedo, Gerente Regional de Infraestructura. Blgo. Víctor Eduardo Injante Palomino, Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Econ. Oscar David Misaray Garcia, Gerente Regional de Desarrollo Social.
- Abog. Nélida Fabiola Garcia Mendoza, Gerente Regional de Desarrollo Económico. C.P.C. Carlos Hernández Hernández, Gerente Regional de Administración y Finanzas.
- Abog. Norka Monzón Cárdenas, Gerente Regional de Asesoría Jurídica.
- Ing. César Eduardo Guillen Vásquez, Gerente Regional de Seguridad, Defensa Nacional y de Gestión de Riesgos de Desastres.
Se levanta la presente sesión en mérito al artículo 40° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala lo siguiente: “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias
Regionales”.
continuación se pone a consideración del Directorio el contenido del informe N* 263-2019- ORE-ICA/GRAJ de fecha 19 de diciembre de 2019, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, a efecto de que sometan a debate el Manual de Operaciones del Programa Regional de Titulación de Tierras para que sea aprobado por Decreto Regional, teniendo los siguientes antecedentes:
- Que, con Informe N° 013-2019-GORE.ICA/PRETT, de fecha 18 de setiembre de 2019, el Programa Regional de Titulación de Tierras, realizó la modificación de la elaboración del Manual de Operaciones MOP, remitiendo a la Subgerencia de Modernización de la Gestión lo siguiente: 1) Dos juegos del MOP a folios(17) incluido la Estructura Orgánica y el Mapa de Procesos para su revisión y/o aprobación de corresponder; 2) Dos juegos del Proyecto del Decreto Regional; sumado a ello, con Informe N° 015-2019-GORE.ICA/PRETT de fecha 20 de setiembre de 2019, cumple con realizar la modificación de la Elaboración del Manual de Operaciones -MOP en cumplimiento al Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, que modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante Decreto Supremo N° 054-2018- PCM.
Mediante Nota N° 129-2019-GORE.ICA-GRPPAT/SMGE de fecha 24 de setiembre de 2019, el Subgerente de Modernización de la Gestión, hizo llegar a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, la opinión técnica favorable sobre el Manual de Operaciones — MOP del Programa Regional de Titulación de Tierras- PRETT; adjuntando el Informe N° 017-2019-GORE.ICASMGEMWCHE, de fecha 24 de setiembre de 2019, donde concluye que, la propuesta del Manual de Operaciones ~ MOP del Programa Regional de Titulación de Tierras -PRETT, se ajusta técnicamente a los dispositivos establecidos en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM.
Ú AR Es asi que, con Memorando N° 204-2019-GRAJ, de fecha 04 de octubre de 2019, la Gerencia ESSE de Asesoría Jurídica requirió a la Subgerencia de Modernización de la Gestión, subsanar las “observaciones, las mismas que fueron corregidas con Memorando N° 322-2019-GORE.ICARPPAT, de fecha 27 de noviembre de 2019, por la Gerencia Regional de Planeamiento resupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica.
Stando a lo señalado precedentemente, se puso a consideración de los asistentes los
=” documentos antes mencionados, quienes luego de deliberar sobre el asunto, acuerdan aprobar el Manual de Operaciones -MOP del Programa Regional de Titulación de Tierras — PRETT, del Gobierno Regional de Ica.
ese sentido, de conformidad con el articulo 146° del Reglamento de Organización y Funciones Gobierno Regional de Ica, señala que: “ El Programa Regional de Titulación de Tierras ETT) está constituido en el ámbito de competencia del Gobierno Regional de Ica y se uentra adscrito a la Gerencia Genera Regional”, aunado a ello el artículo 149° del mismo erpo normativo refiere que: “El PRETT se regula por su Manual de Operaciones y demás instrumentos de planeamiento y gestión, conforme a las normas sobre la materia”. Asimismo el artículo 1° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo se aprueba los ineamientos de Organización del Estado, el mismo que fue modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, Decreto Supremo que modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; en mérito a dicha normativa, el artículo 17° señala que: “17,1 Un programa es una forma de organización sin personería . jurídica que adopta una entidad para resolver un problema, una situación crítica o implementar una política específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que ertenece. No tiene personería jurídica pero puede contar con identidad organizacional ara el cumplimiento de las funciones que determíne su norma de creación y para la ejecución de sus procesos conforme se establezca en su Manual de Operaciones. 17.2. Cuenta con ámbito de competencia para adoptar decisiones técnicas vinculadas al seguimiento y evaluación, mejora de procesos, emisión de normas técnicas, entre otras de similar naturaleza. 17.3 Sólo por excepción, cuando se prevé que la misión es de tipo permanente o que la intervención a desarrollar para dar solución al problema o situación spatslonars crítica es de largo plazo, la creación de un programa conlleva a la formación de un órgano RS o unidad orgánica en una entidad. Asimismo, excepcionalmente su creación implica la Y breación de una categoría presupuestal, 17.4 Cuentan con una estructura funcional que se egesarrolla en un Manual de Operaciones y se representa mediante un organigrama”. yi Que de lo referido y después de haber tomado conocimiento del Proyecto del Decreto Regional que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Regional de Titulación de Tierras -PRETT del Gobierno Regional de Ica, se advierte que la documentación cuenta con los antecedentes, el Informe Técnico N° 017, 21 y 22-2019-GORE.ICA-SMGE/WWCHE expedido por la Subgerencia de Modernización de la Gestión, con el aval de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, informe que justifica la estructura y mecanismos de control del MOP del PRETT, de conformidad con el numeral 55.1. del artículo 55° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM. Sumado a ello a través del Informe Legal N° 263-2019-GORE-ICA/GRAJ de fecha 19 de diciembre de 2019, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, concluye que el sustento del Manual de Operaciones del PRETT se encuadra a las normas sobre la materia.
Es así que, el Proyecto del Decreto Regional que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Regional de Titulación de Tierras -PRETT del Gobierno Regional de Ica, respeta los procedimientos del Lineamiento de Organización del Estado aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, la Ley N° 27867, Ley rgánica de los Gobiernos Regionales y modificatorias, y el Reglamento de Organización y ¿Aynciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional N° 013-2019-GORE-
A; que establece los requisitos que obligatoriamente debe contener para la aprobación del MOP n Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus
elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP; y que sea aprobado por Decreto Regional Suscrito por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ica, previo acuerdo del Directorio
de las Gerencias Regionales).
CEC: Carlos Guillegá6 Avalos Castillo oo Gereñte Gepgral Regional
Econ. Nilton Edilberto Herhandez Roque Ing. Victor Pastor Arangg/ Salcedo Gerente Regional da Planeamiento, Gerente Regional de Infraestructura Presupuesto y Acondictonamiénto Territorial | ——
Econ. Oscar David Misaray Garcia Gerente Regional We Desarrollo Social
sok? <>, pb Abog. Nélida Fabiole García Mendoza =P.C_caflos Hernáhdez Hernández Gerente Regional de Desarrollo Económico Gerente Regional de Administración y
Finanzas
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Ing. César Eduardo Guillen Vásquez Gerente Regional de ‘Seguridad, Defensa Nacional y de Gestión de Riesgos de Desastres
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