Ordenanza Regional N.° 002-2011-GORE-ICA
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| Gobierno Regional Ica ORDENANZA REGIONAL GORE -1CA
Ea one 0002 -2011-GORE-ICA
ca, 23 MAR. 2011
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión ordinaria del día catorce de diciembre del año dos mil diez;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa; asi mismo en el inciso 5) del artículo 192° de la acotada norma constitucional, corresponde a los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socio económico regional, así como formular, aprobar y ejecutar los planes y programas correspondientes;
Que, conforme al inciso i) del artículo 48° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regional, el Gobierno Regional está facultado en materia educación, efectuar entre otros, las funciones siguientes: dirigir y ejecutar en el ámbito regional la política nacional de promoción del empleo, capacitación y formación profesional, promoviendo la normalización y certificación de competencias laborales;
Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N* 021-2006-ED, establece que los Gobiernos Regionales son responsables del diseño de las políticas regionales en materia de formación profesional, en concordancia con la política nacional sobre dicha materia. La implementación de los lineamientos de política de la formación profesional estará a cargo de los gobiernos regionales con participación de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, de Educación y la sociedad civil;
Que, así mismo conforme al artículo 61* del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica, corresponde a la Gerencia de Desarrollo Social, ejercer las funciones regionales en los sectores de Educación, Salud, Trabajo y Promoción Social y Saneamiento;
Que, en cumplimiento del Marco Normativo indicado precedentemente, mediante Resolución Ejecutiva Regional N* 0735-2007-GORE ICA/PR, se conforma el Comité Técnico encargado del proceso de implementación de los Lineamientos Nacionales de Política de Formación Profesional, formuló los Lineamientos Regional de Política de Formación Profesional de manera concertada y participativa, buscando generar acuerdos y propuestas consensuadas con el objetivo de elevar la calidad de la formación profesional y los niveles de educación laboral, con el cual se pretende contribuir a la mejora de la competitividad regional y nacional, la que a su vez refleje en una mejora en el nivel de vida de la Población Económica Activa de la Región. Propuesta que fue deriva a la Presidencia Regional con Oficio N° 965-2010- GORE-ICA/GDS, la que a su vez, mediante Oficio N° 1029-2010-GORE ICA/PR,
fue tramitada ante el Pleno del Consejo Regional, y en atención a las consideraciones precedentes, las deliberaciones realizadas por los señores Consejeros Regionales durante la sesión nada: conforme así se desprende del Acta de sesión de la fecha, el Consejo Regional acordó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente;
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del catorce de diciembre del año dos mil diez, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modificatorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Regional de Formación Profesional, documento en el cual se precisa los lineamientos regionales de formación profesional en concordancia con la política nacional, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional de Ica en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social de ica, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- ORDENAR a quien corresponda la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Diario de Mayor Circulación de la Región Ica.
POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dado en la Sede del Gobiernó Regional de Ica.
ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096111-002-2011-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387133/or02.pdf