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001-2024-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 001-2024-GORE-ICA

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ORDENANZA REGIONAL

  • N° OUL -2024-GORE-ICA Ica, 19 ENE, 202%

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 19 de enero de 2024. VISTO el Dictamen N° 001-2024-GOREICA-CRI/CPPYAT sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025; y demás documentos del procedimiento.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales que emanan de la voluntad Popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 192 del mismo cuerpo normativo establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;

Que, conforme al artículo 5 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es misión de los gobiernos regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; el artículo 10* de la misma Ley Orgánica, señala en el literal h) del numeral 2, que son competencias compartidas del Gobierno Regional alentar la participación ciudadana y la concertación entre intereses públicos y privados en todos los niveles;

Que el artículo 32 de la citada Ley, señala sobre la gestión del Gobierno Regional, que los gobiernos regionales se rigen por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, en concordancia con las políticas nacionales y en cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria mediante la Ley N° 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF y, su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 131-2010-EF, el Proceso de Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil, para lo cual los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos;

Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N* 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y

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su modificatoria, establece en la Primera Disposición Final, que los gobiernos regionales y locales preparan y emiten disposiciones complementarias con el propósito de facilitar el Proceso de Presupuesto Participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de los ciudadanos;

Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 097-2009-EF y modificatoria, se precisan los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, en el marco del Proceso del Presupuesto Participativo. Los criterios para delimitar los proyectos de inversión pública, se establecen en concordancia con la normatividad vigente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

Que, por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, el cual establece los mecanismos y pautas necesarias para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados;

Que, la indicada Resolución Directoral establece en el numeral 1 del Capítulo Il que, es necesaria la aprobación de la Ordenanza para reglamentar el Proceso del Presupuesto Participativo para el próximo año fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del equipo técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes;

Que, artículo 106 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS-TUO Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el régimen de los órganos colegiados, los cuales, se sujetan a las disposiciones del presente apartado, el funcionamiento interno de los órganos colegiados, permanentes o temporales de las entidades, incluidos aquellos en los que participen representantes de organizaciones gremiales, sociales o económicas no estatales;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, contando con el Dictamen, la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

“ORDENANZA REGIONAL QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025”

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR las disposiciones generales que regulan el PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025, el mismo que como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional

ARTÍCULO SEGUNDO. APROBAR los Mecanismos de Identificación y Acreditación de los Agentes Participantes para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, para el Año Fiscal 2025, el mismo que como Anexo N° 02, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional

ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR la conformación del Equipo Técnico y sus responsabilidades durante el Proceso del Presupuesto Participativo

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Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, el mismo que como Anexo N* 03, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional

ARTÍCULO CUARTO.- APROBAR el Plan Anual - Cronograma para el Desarrollo de las Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, el mismo que como Anexo N° 04, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO QUINTO.- FACULTAR a la Gobernación Regional para aprobar las Disposiciones que se desarrollen de los procedimientos derivados de la presente Ordenanza Regional, incluyendo la modificación de los Anexos de la misma

ARTÍCULO SEXTO.- FACULTAR a la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que garantice la adecuada implementación de la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- DISPONER que en caso los funcionarios del Órgano Ejecutivo Regional, incumplan con la implementación y ejecución en los términos y plazos contemplados en la presente Ordenanza Regional, asumirán las responsabilidades funcionales que el caso amerite

ARTÍCULO OCTAVO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la región, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica y todas sus dependencias descentralizadas.

Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su promulgación.

En la ciudad de Ica, a los diecinueve dias del mes de enero del dos mil veinticuatro.

MAG. ÁNGEL MACAZANA ORDÓÑEZ

CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA AM POR TANTO MA

Regístrese, comuníquese y cúmplase

Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica alos 13 días del mes de enero del dos mil veinticuatro.

ABOG. JORGE CARLOS HURTADO HERRERA GOBERNADOR REGIONAL DE ICA

A IRGE CARL 4808, OpOBERNAD

Gobierno Regional Ica |*|

ANEXO N° 1

"DISPOSICIONES GENERALES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 - GOBIERNO REGIONAL DE ICA"

ARTÍCULO 1.- OBJETIVO

Las disposiciones generales tienen como objetivo regular el Proceso del Presupuesto Participativo Basado Resultados para el Año Fiscal 2025, conforme a lo establecido en la normatividad vigente en la materia.

ARTÍCULO 2.- ALCANCE

Las disposiciones generales son de alcance y aplicación obligatoria para los actores involucrados en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, que conduce el Gobierno Regional de Ica.

ARTÍCULO 3.- ASPECTOS GENERALES

El proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se define como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello, se promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación del presupuesto, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. En ningún caso, las directivas, lineamientos o instructivos pueden restringir la participación de la sociedad civil en la priorización y programación del gasto del presupuesto participativo; según lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 29298, Ley que modifica la Ley 28056; Ley Marco del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

ARTÍCULO 4.- BASE LEGAL

  • Constitución Política del Perú

  • Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias.

  • Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatoria.

  • Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatoria mediante la Ley N° 29298.

  • Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056, Ley marco del Presupuesto Participativo y modificatoria mediante D.S. N° 131-2010- ER.

  • Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010- EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados,

  • Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, respecto a la Cuarta, Sétima, Octava, Décima, Duodécima y Décimo Tercera Disposición Final y la Segunda, Tercera, Cuarta, Sexta, Sétima y Novena Disposición Transitoria de dicha Ley, las cuales mantienen su vigencia.

  • Decreto Legislativo N° 1440; Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

  • Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe) y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su modificatoria mediante el

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Decreto Legislativo N° 1432; y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificatoria mediante el Decreto Supremo N° 284-2018-EF. Decreto Supremo N° 242-2018-EF, Aprueban Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252.

Resolución Directoral N° 004-2019-EF/63.01, Aprueban instrumentos metodológicos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y dictan otras medidas y Anexos referidos a la Guía General de Identificación, Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión y Lineamientos para la identificación, registro de las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición

Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, Aprueba la Directiva N° 001-2019- EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Resolución Ejecutiva Regional N° 0418-2015-GORE.ICA-GR, que aprueba el “Documento Prospectivo Ica al 2030”;

Ordenanza Regional N° 007-2015-GORE-ICA, que aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Ica 2016-2021;

Ordenanza Regional N° 008-2023-GORE-ICA, que aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Ica Ampliado al 2027;

Resolución Ejecutiva Regional N° 164-2023-GORE-ICA/GR que aprueba el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de Ica 2018 - 2026 Ampliado del Gobierno Regional de Ica;

Resolución Ejecutiva Regional N° 040-2022-GORE-ICA/GR, de fecha 23 de Febrero de 2022, Aprueba el Programa Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Ica correspondiente al período 2023 - 2025 del Gobierno Regional de Ica;

Ordenanza Regional N° 0013-2019-GORE-ICA, de fecha 18 de setiembre de 2019, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica y el diseño de la nueva Estructura Orgánica.

ARTÍCULO 5.- ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025

Se considera como actores del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, a los siguientes ciudadanos:

Gobernador Regional.

Agentes Participantes.

Consejo de Coordinación Regional.

Consejo Regional

Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Equipo Técnico.

Comité de Vigilancia.

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ARTÍCULO 6.- ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025

6.1. GOBERNADOR REGIONAL

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6.1.1. Promover la organización de las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, haciéndolas de conocimiento público.

6.1.2 Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población, que pueden ser objeto de atención en el proceso.

6.1.3 Proponer la Cartera de Proyectos de Inversión, a ser sometida al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

6.1.4 Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento e implementación de los acuerdos adoptados en el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

6.1.5 Rendir cuentas a los Agentes Participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos el año anterior.

6.2. AGENTES PARTICIPANTES

6.2.1. Participar en la identificación de los problemas en el tema de inversiones, desde una perspectiva temática y territorial, así como también en la priorización de los proyectos de inversión del nivel de gobierno regional.

6.2.2 Otros que demande el proceso.

6.3. CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL

6.3.1. Participar y promover activamente el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

6.3.2. Responder a las convocatorias que realizan las autoridades regionales en el marco del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

6.3.3. Emitir Opinión Consultiva, concertando entre sí, sobre el Presupuesto Participativo Anual.

6.3.4. Apoyar al Comité de Vigilancia, en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo.

6.4. CONSEJO REGIONAL

6.4.1. Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

6.4.2. Velar por el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos por el Gobierno Regional de Ica.

6.5. GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ¡CONDICIONAMIENTO TERRITORIAL

  1. Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, a la Dirección General de Presupuesto Público y a la Subgerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ica. 6.5.2. Remitir el resultado de la priorización de inversiones del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, a los Órganos y

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Dependencias relacionadas con las Inversiones Públicas, a fin que realicen la debida implementación, según sus competencias.

6.5.3. Mantener actualizado el Aplicativo Interactivo en las diversas fases del proceso, a través de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico.

6.6. EQUIPO TÉCNICO

6.6.1. Brindar la asistencia técnica necesaria para el desarrollo de los talleres de trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

6.6.2. Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos de inversión pública.

6.6.3. Preparar y presentar la Lista Priorizada de Proyectos de Inversión, que se aprobaron como producto de la evaluación técnica y financiera.

6.7. COMITÉ DE VIGILANCIA

6.7.1. Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o entidad privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional. No intervienen los representantes del Sector Público.

6.7.2 Vigilar el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

6.7.3. Informar al Consejo Regional, Consejo de Coordinación Regional y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos suscritos.

Los actores del presupuesto participativo, mencionados en los numerales del 6.1 al 6.7 del presente Anexo, suscribirán el Acta y demás documentos que garanticen la formalidad del proceso.

ARTÍCULO 7.- FASE DE PREPARACIÓN Esta Fase, comprende las siguientes acciones:

7.1. COMUNICACIÓN El Gobierno Regional de Ica comunicará a la población, a través de las instancias correspondientes y diversos medios de publicación, sobre el inicio del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, mediante la publicación de notas de prensa en el portal web institucional y la colocación de afiches, entre otros,

7.2. SENSIBILIZACIÓN El Gobierno Regional de Ica promoverá la participación informada y responsable de la sociedad civil organizada y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen.

7.3, CONVOCATORIA El Gobierno Regional de Ica, mediante la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional, convocará a la población

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24 Gobierno Regional Ica |*|

7.4.

7.5.

organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, haciendo uso de los medios de comunicación adecuados para el ámbito de su jurisdicción, a fin de garantizar el correcto otorgamiento de información a los agentes participantes.

IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES La identificación y Acreditación de los Agentes Participantes se realizará conforme a lo establecido en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la Ordenanza Regional.

CAPACITACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES

El Taller de Capacitación del Gobierno Regional de Ica, tiene como objetivo que los agentes participantes cuenten con la mayor información posible en el marco del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultado para el Año Fiscal 2025. Se realiza considerando el Plan Anual - Cronograma del proceso del Presupuesto Participativo.

Las capacitaciones serán en las siguientes materias: i) Presupuesto Participativo y vigilancia de los acuerdos; ii) Gestión y políticas públicas; iii) Planeamiento y desarrollo regional y local; iv) Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe).

ARTÍCULO 8.- FASE DE CONCERTACIÓN

En esta Fase, se reúne el Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 y la Sociedad Civil Organizada, para desarrollar un trabajo concertado para la identificación y priorización de proyectos de inversión pública que favorezcan a la población del Departamento de Ica, conforme a lo siguiente:

8.1 DESARROLLO DEL TALLER DE TRABAJO

Luego de finalizada la capacitación, los Agentes Participantes realizan la identificación y priorización de las inversiones públicas de la Programación Multianual de Inversión Pública del Gobierno Regional de Ica, en la fecha programada en el Plan Anual - Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo.

8.2 CRITERIOS Y MONTOS PARA DELIMITAR PROYECTOS DE IMPACTO

REGIONAL

Los criterios para delimitar los Proyectos de Inversión Pública se establecen en concordancia con la normatividad vigente del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en lo que sea aplicable, y del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

En los aspectos que corresponda, se tendrá en cuenta el Decreto Supremo N° 097- 2009-EF, y su modificatoria mediante el D.S. N° 132-2010-EF, que estipula los criterios para delimitar los Proyectos de inversión Pública, de la siguiente manera:

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  • Alcance, referido al nivel de extensión geográfica que cubre el proyecto, debe ser pluriprovincial, debiendo beneficiar a un mínimo de tres (03) distritos que se encuentren ubicados en dos (02) provincias, como mínimo.

  • Cobertura, respecto al impacto que de manera directa o indirecta debe tener el proyecto en la población objetivo, que no debe ser menor al 5% del total de la población del departamento.

  • Para el criterio del Monto de Inversión, referido a la estimación del costo total del proyecto, se realizará sin contravenir las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Es necesario priorizar los proyectos de inversión pública que cuenten con estudios de preinversión y/o inversión elaboradas o en elaboración, proyectos de inversión viables, proyectos de inversión con expediente técnico, proyectos de inversión pública a nivel de idea, debidamente registrados en el Banco de Inversiones.

ARTÍCULO 9.- EVALUACIÓN TÉCNICA DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN A CARGO DEL EQUIPO TÉCNICO

El Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se reúne y realiza la evaluación técnica de los proyectos de inversión identificados en el Taller de Trabajo y definen la prioridad, producto de la aplicación de criterios del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, lineamientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; y teniendo en cuenta el análisis de disponibilidad presupuestal.

ARTÍCULO 10.- PRESENTACIÓN DEL RESULTADO DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN Y FORMULACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS

La Presentación del Resultado de la Evaluación Técnica de los Proyectos de Inversión y la Formulación de los Acuerdos y Compromisos, cuenta con la participación de los Actores del Presupuesto Participativo. Luego de lo cual, en señal de conformidad, se procede a formular el Acta de Acuerdos y Compromisos y realizar el respectivo registro y firma de los Agentes Participantes.

ARTÍCULO 11.- PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025

La información referente al proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, se encontrará actualizada en el Portal Web del Gobierno Regional de Ica y en el Aplicativo para el Seguimiento al Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado del Portal Web del Ministerio de Economía y Finanzas.

ARTÍCULO 12.- COMITÉ DE VIGILANCIA El rol del Comité de Vigilancia, se circunscribe a lo establecido en el Numeral 6.7 del presente reglamento y las normas vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO 13.- ELECCIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

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13.1.

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La relación de candidatos deberá estar conformado con al menos el 30% de sus integrantes del sexo femenino, respetando la cuota de género en el proceso.

La elección de los miembros del Comité de Vigilancia se realiza mediante un proceso de elección a mano alzada por los Agentes Participantes debidamente acreditados, luego de concluir la presentación de los Resultados del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia, son:

a. Ser agente participante debidamente inscrito.

b. Radicar en la jurisdicción del Departamento de Ica, donde se desarrolla el proceso. c. No haber sido condenado por delitos o faltas.

d. No laborar en el Sector Público por alguna modalidad de trabajo.

Se presentarán los candidatos y se les asignará un número, para facilitar que los agentes participantes debidamente acreditados emitan su voto. Aquel que obtenga la mayoría de votos será ganador(a) y por lo tanto, miembro del Comité de Vigilancia.

En el caso de verificarse un empate entre candidatos, se procederá a realizar una segunda vuelta, entre aquellos que hayan tenido la votación más alta. En caso de persistir el empate, el ganador se definirá a través del lanzamiento de una moneda.

Luego de la elección de todos los miembros del Comité de Vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, formulará y gestionará el proyecto de Resolución Ejecutiva Regional que apruebe la conformación del Comité de Vigilancia.

El Comité de Vigilancia, conformado democráticamente, será reconocido formalmente por el Consejo Regional, en concordancia con el numeral 1 del Capítulo III del Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, aprobado mediante Resolución Directoral N° 007- 2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados

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ANEXO N° 2

"IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 GOBIERNO REGIONAL DE ICA”

ARTÍCULO 1.- DEFINICIÓN

Los agentes participantes son aquellos ciudadanos, debidamente inscritos y capacitados, que participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de proyectos de inversión pública durante las fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

Para tal fin, las organizaciones de la sociedad civil e instituciones podrán acreditar un (01) miembro que los represente, conforme a lo establecido en los artículos 3” y 4° del presente anexo,

La representatividad y participación de los agentes participantes tiene vigencia hasta la culminación del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, con excepción de los integrantes del Comité de Vigilancia.

ARTÍCULO 2.- CONVOCATORIA

El Gobierno Regional de Ica, en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional, en el marco de sus competencias, convoca a las organizaciones de la Sociedad Civil e Instituciones Públicas y Privadas, a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025. Ello se realizará conforme a lo dispuesto en el Inciso 7.3 del Artículo 7° del Anexo N* 1 de la Ordenanza Regional y dentro de los plazos establecidos en el Anexo N° 4 de la Ordenanza Regional.

ARTÍCULO 3.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

3.1 Las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones que deseen inscribir a un (01) representante, deben presentar la siguiente documentación y/o información, dentro de los plazos establecidos en el Anexo N°4 de la Ordenanza Regional:

a) Solicitud de inscripción del representante de la organización de la sociedad civil o entidad, en el Formato N° 1.

b) Formato N° 2 - Identificación y registro de los Agentes del Proceso Participativo, que debe consignar los siguientes datos:

Nombres y apellidos del representante de la organización de la sociedad civil o entidad, número de DNI, teléfono, correo electrónico, dirección, fecha de nacimiento, sexo, nivel de instrucción; así como el número de veces que ha participado en el Presupuesto Participativo.

Asimismo, el Nombre de la organización de la sociedad civil o entidad, la dirección legal y teléfono; y el Nombre del representante legal de la organización de la Sociedad Civil o Entidad Privada o Institución Pública, el número de asociados de la organización; y la fecha y número de inscripción en la Oficina de Registros Públicos

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y/o del Libro de Constitución de la organización de la sociedad civil o entidad privada (estos últimos datos no corresponden ser otorgados por las Instituciones Públicas)

c) Copia fotostática simple del Acta de Asamblea, en donde consta la designación del Representante de la Organización Civil o Entidad Privada. Para el caso de las Instituciones Públicas se requiere sólo del Oficio o documento del Titular de la Institución.

d) Fotocopia simple del documento de identidad del representante designado por la organización de la Sociedad Civil, Entidad Privada o Institución Pública.

ARTÍCULO 4.- RECEPCIÓN DE SOLICITUDES

4.1 El correcto desarrollo del procedimiento de recepción de solicitudes y verificación de los requisitos es responsabilidad de las Sedes Regionales y de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico, para lo cual deben designar al colaborador responsable de la recepción de las solicitudes y su verificación.

4.2 Para los casos de las provincias de Chincha, Pisco, Palpa y Nasca, la recepción de las solicitudes se realizará en las Sedes Regionales según corresponda. Para el caso de la provincia de Ica, la documentación deberá ser presentada en la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica, donde se revisará para verificar el cumplimiento de los requisitos. El Agente Participante, para efecto que conste la presentación de la documentación, preverá una copia de la misma.

4.3 El responsable de la verificación, entregará la copia de la documentación revisada al representante de la organización de la sociedad civil o institución, en la que constará su firma, lugar y fecha de recepción.

4.4 En el caso que los datos proporcionados por el Agente Participante presenten observaciones o falte completar información, tiene como plazo dos (02) días hábiles para atender a las observaciones.

4.5 Las Sedes Regionales deberán derivar los documentos recepcionados, verificados y sin observaciones, a la Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica.

ARTÍCULO 5.- INSCRIPCIÓN

La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a

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RET LON través de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico, dirigirá el proceso de inscripción y NN 'Hacreditación de los agentes participantes.

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cern 5-1 La Subgerencia de Planeamiento Estratégico, recibirá las solicitudes de inscripción LOSA derivadas por los responsables de las Sedes Regionales del Gobierno Regional de Ica e, incorporará las solicitudes recepcionadas en dicha Subgerencia, a fin que el responsable designado por dicha instancia, verifique a detalle, la consistencia de la

información y proceda a la elaboración de la lista final de los agentes participantes.

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5.2 La documentación presentada por los Agentes Participantes, formará parte del acervo documentario, relacionado al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

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FORMATO N° 1

SOLICITUD DE INSCRIPCION DE AGENTES PARTICIPANTES EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL ANO FISCAL 2025 GOBIERNO REGIONAL DE ICA

SENOR

ABOG. JORGE CARLOS HURTADO HERRERA

Gobernador Regional de Ica

Av. Cutervo N° 920 — Ica

Atención: Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Asunto: Solicitud de Inscripción al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025,

Referencia: Ordenanza Regional N° -2023-GORE-ICA

Presente.-

Yo,. N’..

..w identificado con DN.

... Con domicilio legal en . e

con correo electrónico cra de la Provincia

...., departamento de Ica; representante legal de la organización civil denominada ......, Me presento ante usted y expongo que:

Tengo conocimiento que, el Gobierno Regional de Ica, ha dado inicio al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, en el marco de la Ley N° 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo" y su modificatoria mediante Ley N° 29298, D.S. N° 142-2009-EF que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo y su modificatoria mediante Decreto Supremo N° 131-2010-EF; y la normatividad vigente del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, con el objetivo de priorizar proyectos de inversión de impacto regional. Por tal motivo, le solicito la inscripción de mi Representada(o).

Del mismo modo, manifiesto que tengo conocimiento de que todo lo presentado a su Despacho tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que mi Representada(o) es responsable de la información consignada en los documentos adjuntos a la presente y se somete al proceso de fiscalización posterior que lleve a cabo la Institución,

Con tal finalidad, adjunto el Formato conteniendo los datos básicos de la Organización que represento y copia fotostática simple del Acta de Asamblea, en donde consta la designación del Representante.

Por lo expuesto a usted, señor Gobernador Regional, le pido acceder a mi petición. narcisos 00:2024

Firma del Presidente o Jefe de la Organización! Entidad

NOTA: LA INSTITUCIÓN PUBLICA REEMPLAZA EL ACTA DE REUNIÓN POR EL OFICIO DESIGNANDO AL REPRESENTANTE. EL FORMATO PARA EL REGISTRO E IDENTIFICACION DEL AGENTE PARTICIPANTE DEBE SER LLENADO POR LA PERSONA DESIGNADA PARA REPRESENTAR A LA ENTIDAD U ORGANIZACIÓN EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO -- NIVEL REGIONAL. LOS DATOS PROPORCIONADOS TIENEN CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA Y SERÁN INGRESADOS AL PORTAL. INFORMÁTICO (INTERNET) DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.

Gobierno Regional Ica |%*

FORMATO N° 2: IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LOS AGENTES PARTICIPANTES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 - GOBIERNO REGIONAL DE ICA

DATOS SOLICITADOS. PARALLEÑADO DE DATOS HOE NOMBRES Y APELLIDOS NUMERO DE DNI NÚMERO DE TELÉFONO ‘CORREO ELECTRÓNICO. DIRECCION

FECHA DE NACIMIENTO SEXO: M.......F INSTRUCCIÓN EDUCATIVA (Marcar con X)

Primaria completa.....Primaria Incompleta... Secundaria completa... Secundaria incompleta Técnica...... Superior... , Bachiller... Titulado...., Licenciado......Magister....Doctor. PROFESIÓN (Indicar) Número de veces que ha paicipado enel rosipuesto Paricipaino, organizado po el Goblemo Regional de Ica: (marque con x) Ninguna vez (ou) Y.

REPRESENTANTE

Yy3 (ous ea 5 do 6 do 7

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN O.

ENTIDAD DIRECCION DE LA ORGANIZACIÓN OENTIDAD SEDE DE LA ORGANIZACIÓN O ENTIDAD. PROVINCIA... DISTRITO... TELÉFONO DE LA ORGANIZACIÓN OENTIDAD Asociación (Gremio Empresarial)... Asociación de Discapacitados... Asociación Labora... Asociación Civil... Cámara de Comerclo..... Colegio Profesional .....; Compañía de Bomberos. Técnica Internacional... Consultor Externo..... Empresa... Establecimiento de Salud. Federación Gobiemo Local... Goblemo Regional... Institución Educativa... Ho ORGANZACION Iglesia “o Riego......Mesa Regional de Concertación Lucha Contra la Pobreza (MCPLCP) 8, Niños y Adolescentes... Organización No Gubernamental

, Organización de Jóvenes... Policia Nacional del Peri... .» Otra Organización Social representativa

(ONG)... Organización de Mujeres. ny Sindicato... Universidad.

NUMERO DE ASOCIADOS DE LA ORGANIZACION

FECHA Y NUMERO DE INSCRIPCION EN LA OFICINA DE REGISTROS PUBLICOS Y/O DEL LIBRO DE CONSTITUCION LEGALIZADO | NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ORGANIZACIÓN O ENTIDAD.

CARGO DEL REPRESENTANTE EN LA ORGANIZACIÓN O ENTIDAD

FIRMA DEL REPRESENTANTE QUE PARTICIPARÁ EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

POR EL GOBIERNO REGIONAL DE ICA: Se deja constancia que la documentación, cumple con los requisitos establecidos en la Ordenanza Regional, Reglamento y Anexos del Proceso del Presupuesto Paricipatvo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

Lugar y Fecha: a on 8, de 2024

Fla del Representante

Gobierno Regional Ica \2"|

ANEXO N? 3

CONFORMACION DEL EQUIPO TÉCNICO Y RESPONSABILIDADES EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 GOBIERNO REGIONAL DE ICA

ARTÍCULO 1.- CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO

El Equipo Técnico del Gobierno Regional de Ica, para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, estará conformado por:

  • Gerente General Regional del Gobierno Regional de Ica, quien actuará como Coordinador General del Equipo Técnico.

  • Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien actuará como Coordinador Adjunto del Equipo Técnico.

  • Subgerente de Planeamiento Estratégico, quien actuará como Coordinador Adjunto del Equipo Técnico y, sus representantes de dicha Instancia, quienes actuarán como miembros del Equipo Técnico.

  • Unrepresentante de la Subgerencia de Presupuesto, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Unrepresentante de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Un representante de la Subgerencia de Estudios y Proyectos, quien actuará como miembro del Equipo Técnico

  • Unrepresentante de la Subgerencia de Obras, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Un representante de la Oficina de Coordinación Regional, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Un representante de la Gerencia Regional de Infraestructura, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Unrepresentante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien actuará como

miembro del Equipo Técnico.

Un representante de la Gerencia Regional de Seguridad, Defensa Nacional y Gestión

del Riesgo de Desastres.

Un representante del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC), quien actuará

como miembro del Equipo Técnico.

Un representante de la Sede Regional de Chincha, quien actuará como miembro del

Equipo Técnico.

  • Un representante de la Sede Regional de Pisco, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

  • Un representante de la Sede Regional de Palpa, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

Gobierno Regional Ica *"|

Un representante de la Sede Regional de Nasca, quien actuará como miembro del Equipo Técnico.

La Subgerencia de Planeamiento Estratégico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, podrá incorporar a los titulares de los órganos, unidades orgánicas, órganos desconcentrados, órganos descentralizados, programas regionales, proyectos especiales, organismos públicos y otras instancias, en calidad de invitados, según lo considere el Coordinador General del Equipo Técnico, con el fin de brindar información relevante para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025.

ARTÍCULO 2.- RESPONSABILIDADES DEL EQUIPO TÉCNICO

Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo.

Realizar la presentación del diagnóstico del ámbito territorial a los agentes, con la finalidad que dicha información sea utilizada en la identificación y priorización de resultados de los talleres.

Analizar la cartera de proyectos de inversión, verificar si cuentan con la viabilidad correspondiente en el marco de Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Garantizar que se cuente con la información consolidada de la cartera de proyectos de inversión, a ser presentada a los agentes participantes.

Presentar y consolidar las propuestas de inversión de los agentes participantes obtenidas en el taller de trabajo respectivo, para la posterior evaluación.

Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos de inversión pública Preparar y presentar la lista de proyectos de inversión que aprobaron la evaluación técnica y financiera.

Elaborar el Acta de Acuerdos y Compromisos.

Apoyar y realizar las acciones necesarias para el correcto desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025, en todas sus fases.

ve Gobierno Regional Ica

ANEXO N° 4

"PLAN ANUAL - CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 - GOBIERNO REGIONAL DE ICA"

AE ACCIÓN

FECHA

Sensibilización, Comunicación, Difusión y Convocatoria del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025

Desde la aprobación de la Ordenanza Regional hasta el 26 de Enero de 2024

Inscripción de los Agentes Participantes Vía mesa de partes del Gobierno Regional de Ica y en las sedes de cada provincia

Desde la aprobación de la Ordenanza Regional hasta el 26 de Enero de 2024

Rendición de Cuentas (virtual) 09.00 am Capacitación a los Agentes Participantes (virtual), a las 5 provincias 10:00 am

29 de Enero de 2024

Entrega de Propuestas de Ideas de Inversiones

Del 30 al 02 febrero

  • Elección del Comité de Vigilancia - Formalización de Acuerdos y

Compromisos a las 9:30 am

de 2024 An TA se Del 05 al 08 de Evaluación Técnica de las Propuestas de Ideas de Inversión Febrero de 2024 Priorización de las nuevas Ideas de Inversión y aprobación de la continuidad de ejecución de las inversiones públicas para el periodo 2025 | 12 de Febrero de


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/5081827-001-2024-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5723355/5081827-or-001-2024-gore-ica.pdf