Decreto Regional N.° 001-2015-GORE-ICA/PR
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Gobierno Regional Ica
DECRETO REGIONALNS 0001 -2015-core-ca/PR
ca, 17 FEB. 2015
Visto, el Informe N2 006-2015-SGD! y el Memorando N? 129-2015-GORE-ICA-GRPPAT, mediante el cual se sustenta la necesidad de simplificar procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos —TUPA- del Gobierno Regional de Ica, en el marco del proceso de modernización de la gestión pública; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Regional N° 0013-2014-GORE-ICA de fecha 19 de diciembre 2% de 2013 se aprobó el TUPA del Gobierno Regional de Ica;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 1912 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a su vez, el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, “Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.”;
Que, conforme a lo establecido en el inciso f) del artículo 9° de la mencionada Ley N° 27867, los gobiernos regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional;
Que, la misma ley orgánica precisa en su artículo 362 que las normas y disposiciones de os gobiernos regionales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y Fimplificación administrativa;
Que, la Ley N2 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 12 declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de la ciudadanía; .
Que, según el numeral 36.3 del artículo 36° de la Ley N2 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente;
Que, en ese orden de ideas, con el objetivo de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país, se aprobó la “Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública” mediante el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM;
Que, la citada Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, propone que el Estado siga un “Modelo de Gestión Pública Orientada a Resultados en Servicio del Ciudadano”, el cual implica desarrollar acciones que permitan implementar la simplificación administrativa en todos los niveles de gobierno, eliminando obstáculos o costos innecesarios para la sociedad que genera el inadecuado funcionamiento de la Administración Pública;
Que, con la finalidad de implementar la Política de Modernización en cuestión, mediante la Resolución Ministerial N° 125-2013-PCM, se aprobó el “Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013-2016”, el cual tiene como uno de sus objetivos específicos la implementación de la gestión por procesos y promoción de la simplificación administrativa en todas las entidades públicas a fin de generar resultados positivos en la. mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y empresas; ' 1
Que, en función a dicho marco de acción, el Gobierno Regional de Ica está llevando a cabo un proceso progresivo de optimización de su estructura, organización y procesos, ejecutando diversas actividades que le permitan modernizarse, buscando desarrollar “intervenciones que incrementen el valor público para los ciudadanos y ciudadanas de la
Que, la Subgerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha identificado 13 procedimientos administrativos contenidos en el TUPA del Gobierno Regional de Ica que carecen de sustento legal o cuya naturaleza no corresponde a un procedimiento administrativo, considerando las disposiciones establecidas en la Ley N2 27444, los cuales resultan procedentes eliminar del
TUPA . wma En consecuencia, con la visación de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; y estando
a lo acordado por el Directorio de Gerencias Regionales del Gobierno Regional de Ica, y a lo establecido en el artículo 282 y 402 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
SE DECRETA:
Artículo 12.- Eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos —TUPA del Gobierno Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional N2 0013-2013-GORE-ICA, los 13 procedimientos que a continuación se indican:
N° PROCEDIMIENTO DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOS 1 RECURSO DE RECONSIDERACIÓN 2 RECURSO DE APELACION 3 QUEJA ADMINISTRATIVA 4 RECURSO DE APELACION PARA PROCESOS DE SELECCIÓN MENORES A 600 UIT 7 ACEPTACION DE _DONACION
CESION EN USO COMPRA VENTA DIRECTA
10 PETICION ADMINISTRATIVA
15 INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL: A) DE DETALLE
16 RENOVACION DE CERTIFICADO DE INSPECCION TECNICA EN DEFENSA CIVIL (ITSDC)
17 INSPECCIONES. TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL: — B) MULTIDISCIPLINARIA
18 RENOVACION DE CERTIFICADO DE INSPECCION TECNICA EN DEFENSA CIVIL (ITSDC) MULTIDISCIPLINARIA
19 INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAT “N DEFENSA CIVIL: C) PREVIAS A EVENTO Y/O ESPECTACULOS PUBLICOS CON !” AFLUENCIA MENOR O IGUAL A TRES MIL
(3000) PERSONAS. SIN OBSERVACIC*
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE. ERNO REGIONAL
Artículo 22.- Disponer el retiro de los procedimientos administrativos señalados en el artículo precedente del Sistema de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, de las entanillas de Trámite de todos los órganos, unidades orgánicas, órganos desconcentrados y
Artículo 3*.- Encargar a la Oficina Regional de Administración la publicación del Presente Decreto Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el Portal Institucional (www.regionica.gob.pe).
GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Ee ADMINISTRACION Ne DOCUMENTARIA 4 Ica, 17 de Febrero 2015|
Oficio N° 0197-2015-GORE ICA/UAD Sefior SUB.GERENCIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
Para su conocimiento y fines consiguientes, remito a Ud. Copia del original de la DECRETO REGIONAL
N* 0001-2015 de fecha 17-02-2015
La presente copia constituye la transcripción oficial de dicha Resolución
Atentamente
¿RNO REGIONAL DE ICA idad de Administración Docu
| NA. URIBE LOPEZ Jefe (e)
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4292720-001-2015-gore-ica-pr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4654871/dr_001.pdf