Ordenanza Regional N.° 001-2012-GORE-ICA
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ORDENANZA REGIONAL 1 0001 -2012-GORE-ICA
Ica, 27 ENE. 2012
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del veinticuatro de enero del año dos mil doce, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias; visto el Oficio N° 063-2012- GORE-ICA/PR que contiene el Oficio N° 029-2012-GORE-ICA/GGR, ambos de fecha 24 de enero del 2012 y el Oficio N° 8030-2011-GORE.ICA-DIRESADG/OEPE, con fecha de recepción de fecha 09 de enero de 2012, mediante el cual la Dirección Regional de Salud de Ica remite los Proyectos de modificación del Reglamento de Organización y Funciones -— ROF, y el Cuadro de Asignación de Personal - CAP, del Hospital Regional de Ica perteneciente a la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de ica;
CONSIDERANDO:
Que, según los artículos 191% y 192% de la Constitución Política del Estado y su modificatoria, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes locales de desarrollo, por tanto competentes para dictar normas inherentes a la gestión regional y ejercer las atribuciones a su función conforme a ley;
Que, las competencias constitucionales establecidas en el artículo 9” inciso a); y el artículo 10° inciso c), así como las funciones contenidas en los literales a), b), k), f), y !) del artículo 49° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que le corresponde al Gobierño Regional en materia de salud formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; así como coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional; organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los gobiernos locales; organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los gobiernos locales; promover y preservar la salud ambiental de la región; y planificar, financiar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito regional;
Que, conforme a los artículos 11° y 13% concordante con el artículo 38° de la Ley N° 27867, el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, tiene entre sus atribuciones emitir Ordenanzas Regionales, regulando asuntos de carácter general, la organización
y la administración del Gobierno Regional y reglamentar asuntos en materias de su competencia;
Que, como consecuencia ‘dél Terremoto del 15 de Agosto del año 2007 ocurrido en la Región Ica, el Hospital Regional de Ica, con 47 años de vida institucional; sufrió daños considerables en su infraestructura, teniendo en cuenta el crecimiento socioeconómico de la provincia de Ica, se proyectó construir una nueva infraestructura redimensionada de un nivel Il para un nivel 11l-1, incluyendo la implementación y creación de nuevos servicios asistenciales, así como nuevo equipamiento conllevando la necesidad de contar también con nuevos recursos humanos para la operatividad y funcionamiento del mismo, que debe reflejarse en los instrumentos administrativos de gestión institucional;
Que, frente a ésta situación mediante Resolución Ministerial N° 796-2010/MINSA, el Ministerio de Salud resuelve conformar un Grupo de Trabajo Multidisciplinario, presidida por la Dirección General de Salud de las Personas, con el objeto de brindar asistencia técnica, para la adecuación y formulación de los documentos de gestión del Hospital Regional de Ica para un nivel (Ill-1), además de otros de la Región ica;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N* 0060- 2005-GORE.ICA/PR, del 28 de Enero del 2005, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones — ROF, del Hospital Regional de Ica, y mediante Ordenanza Regional N° 0008-2011-GORE-ICA, del 29 de abril del 2011, se aprobó la modificación del Cuadro de Asignación para Personal (CAP) del Hospital Regional de Ica;
Que, el artículo 34° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM y el artículo 15” del Decreto Supremo N* 043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del ROF y del CAP, respectivamente, por parte de las entidades de la Administración Pública, precisan que estos documentos de gestión se aprueban mediante Ordenanza Regional; el D.S. N° 043-2006-PCM, en su artículo 3° señala como finalidad el de generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura Orgánica de la entidad y definición de sus funciones y la de los órganos que la integran, acorde con los diseños y estructura de la administración pública que establece la Ley N° 27658 “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones — ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades: y el Cuadro de Asignación de Personal — CAP, es el documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica prevista en su ROF;
CA DE a L. g e
| Gobierno Regional Ica}
Que, mediante Oficio N° 044-2012-GRPPAT, la Gerencia - Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica, hace suyo los informes presentados por la Sub Gerencia de Desarrollo Sistémico y la Sub Gerencia de Presupuesto, emitiendo Opinión favorable para la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional de Ica;
Que, la Oficina Regional de Asesoría Juridica, mediante Informe Legal N° 034-2012-ORAJ de fecha 19 de Enero del 2012, ha considerando que la evaluación técnica del proyecto del Reglamento de Organización y Funciones, y el Cuadro de Asignación de Personal, han sido evaluados en su contenido y criterios por el área técnicamente competente (Sub Gerencia de Desarrollo Sistémico) y dado en conformidad por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en el marco del D.S. N° 043-2004-PCM y D.S. N° 043-2006-PCM, y que dicha opinión técnica debe ser tomada en cuenta para la aprobación por el Consejo Regional, tal como lo señala el artículo 15° de los referidos lineamientos;
Que, la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones — ROF y Cuadro de Asignación de Personal — CAP, cuenta con opinión favorable de las unidades orgánicas competentes del Gobierno Regional de Ica, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, y estando a lo dispuesto en el inciso b) artículo 33° y artículo 34° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, sobre aprobación del ROF, y el artículo 1°, 3° y 5” del Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP por parte de las Entidades de la Administración Pública, que incluye a los Gobiernos Regionales;
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del veinticuatro de Enero del dos mil doce, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y el Reglamento Intemo del Consejo Regional de Ica y sus modificatorias, con la dispensa y aprobación del Acta de la fecha el Consejo Regional;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la. modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Hospital Regional de Ica, el cual consta de Cuatro Títulos (04), Cinco (05) Capitulos, ochenta y tres (83) Artículos, Dos (02) disposiciones complementarias y Dos (02) Disposiciones Transitorias y Finales; documento anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la modificación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional! de Ica, que consta de 1164 (Mil Ciento Sesenta y Cuatro) Cargos Clasificados, que a la fecha tiene 535 (Quinientos Treinta y Cinco) Ocupados, y 629 (Seiscientos
Veintinueve) Previstos; documento anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- Disposición derogatoria y modificatoria: Queda derogada la Resolución Ejecutiva Regional N° 0060-2005- GORE-ICA y modificada la Ordenanza Regional N* 008-2011-GORE-ICA, en lo que respecta al Hospital Regional de Ica, y toda normatividad que contravenga la presente Norma Regional.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Gerencia de Desarrollo Social; la Dirección Regional de Salud de Ica y la Dirección Ejecutiva del Hospital Regional de Ica, para que cumplan la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente i) Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electronico de la Institucién, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales.
Comuniquese al Sefior Presidente del Gobierno Regional de Ica, para su promulgación.
SR. JOSE MARIA ECHAIZ CLAROS CONSEJERO DELEGADO GOBIERNO REGIONAL DE ICA CONSEJO REGIONAL DE ICA CONSEJ y
a) JOSÉ Mi HAIZ CLÁROS POR TANTO: CONSEJERO DELEGADO
Mando se registre, publique y cumpla.
ABOG. ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA
GOBIERNO REGIONAL DE ICA
UNIDAD DE ADMINISTRACION DOCUMENTARIA
Ica, 27 de Enero del 2012
Of. Circular N’ 0129-2012-GORE-ICA-UAD
Señor SECRETARIA GENERAL
Para su conocimiento y fines consiguientes, remito a Ud. copia del original de la ORDENANZA REGIONAL N° 0001-2012 de Fecha 27-01-2012
La presente copia constituye la transcripción oficial de dicha Resolución
Atentamente
GOBIERNO REGIONAL DE ICA Unidad de Administració 4
“JUAN A. URIBE LOPEZ lefa (er
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