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001-2011-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 001-2011-GORE-ICA

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ORDENANZA REGIONAL

  • NO0012011-GORE-ICA

Ica, 15 FEB, 2011

El Consejo Regional del Gobierno Regional de ica, en sesión ordinaria del cuatro de febrero del año dos mil. once, visto el Dictamen N° 001-2011- CPPAT/CRI de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre la Ordenanza Regional que autoriza el inicio de implementación del proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fiscal 2012;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° “de la Constitución. Política del Estado. concordante con él artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular,

' son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y - administrativa en los asuntos de su competencia; *

Que, de conformidad al artículo 20” de la Ley N° 27783, Ley:de Bases de la Descentralización, los. gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumento de administración y gestión, para cuyo efecto debe formularse y ejecutarse con arreglo a Ley, en concordancia con los Planes de Desarroilo Regional Concertado y sujetándose a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, de acuerdo a lo. previsto por el artículo 32° de la Ley N° 27867, la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto Participative Regional, en concordancia con las políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente;

Conforme a la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, sus modificatorias; mediante la Ley N° 29298 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 142-2009-EF, modificado mediante Decreto Supremo N° 131- 2010-EF, el proceso de presupuesto participativo es un mecanismo que fortalece las relaciones Estado — Sociedad, en las que se recogen las aspiraciones y necesidades de la Sociedad, se definen las prioridades sobre las acciones y proyectos a implementar, generando compromisos de los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos;

Que, por Resolución Directoral N° 025-2009-EF/76.01, se dispone la implementación progresiva de la Directiva N° 002-2009-EF/76. 01-Directiva General para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público Enfoque por Resultados, entre otros, dispone que a los Gobiernos Regionales le son aplicables las disposiciones contenidas en el Capitulo Ili "Presupuesto Multianual” de la mencionada Directiva;

Que, por Resolución Directoral N* 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo N* 001-2010-EF/76. “Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados”, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2009-EF, y su modificatoria, precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo, estableciendo los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos presupuestos participativos;

Que, en atención a las consideraéiones precedentes y el Dictamen N° 001-2011-CPPAT/CRI favorable emitido por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Consejo Regional en sesión ordinaria de la fecha, previa deliberación acordó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente, que permita iniciar el proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2012 y

reglamentar su desarrollo;

Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del cuatro de febrero del año dos mil once, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica y en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica;

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: : ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR EL INICIO E IMPLEMENTACIÓN del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados

para el año fiscal 2012, que conducirá el Gobierno Regional de Ica, en el ámbito del departamento de Ica.

ARTÍCULO SEGUNDO.- APRUÉBASE, el Reglamento y el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional del Departamento de Ica, basado en resultados para el Ejercicio Fiscal del Año 2012, que en anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que el Titular del Pliego del Gobierno Regional de Ica, conjuntamente con el Consejo de Coordinación Regional de Ica, se encarguen de la organización, articulación y desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo - Nivel Regional, contando con el apoyo y participación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y las Gerencias Sub Regionales del Gobierno Regional de Ica. Asimismo, de la conformación del Equipo Técnico que brindará el apoyo para la organización y ejecución de los diferentes fases del mencionado Proceso.

ARTÍCULO CUARTO.- El Gobierno Regional de Ica con la participación del Consejo de Coordinación Regional, convocará a la Sociedad Civil, organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones de desarrollo en el departamento de Ica, a la cooperación técnica y a las Autoridades elegidas democráticamente en Elecciones Públicas; a participar activamente en el mencionado proceso, con equidad de género y con carácter inclusivo, previa inscripción como Agentes Participantes, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes en la materia.

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER la implementación de la identificación y registro de Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, basado en resultados para el Año Fiscal 2012 — Nivel Regional, de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.

ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que las Gerencias Sub Regionales del Gobierno Regional de Ica, identifiquen e inscriban a los Agentes Participantes de su respectiva provincia, remitiendo la información a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para el Registro pertinente; asimismo, se encarguen de la organización de los actos preparatorios; así

AN como del desarrollo de los eventos programados y de realizar la articulación ylo interrelación con los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, para la ejecución oportuna del Proceso Participativo, en el ámbito geográfico de su jurisdicción.

ARTÍCULO SÉTIMO.- DISPONER que (as Unidades Formuladoras del Pliego del Gobierno Regional de Ica, elaboren los procedimientos, mecanismos o formas más adecuadas para la elaboración de los perfiles de proyectos de inversión pública de competencia del Gobierno Regional, resultantes del Proceso del Presupuesto Participativo, para el Año Fiscal 2012.

ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER que la Oficina del Órgano de Control Institucional (OC!) del Gobierno Regional de Ica y las Oficinas de Control Interno o la Oficina que haga sus veces en las Direcciones Regionales Sectoriales y en el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, realicen el Contro! Gubernamental respectivo y dispongan las acciones pertinentes en el marco de sus atribuciones; a fin de asegurar el cumplimiento del Acta de acuerdos y compromisos del Proceso para el Año Fiscal 2012.

ARTÍCULO NOVENO.- DISPONER que la Unidad de

Administración Documentaria del Gobierno Regional de Ica, se £ncargue-de-entregar-———--—.

copia fotostática de la presente Ordenanza, a las Instituciones Públicas, Órganos y Dependencias involucrados en el Proceso del Presupuesto Participativo del nivel regional, para su conocimiento y aplicación, según corresponda.

. ARTÍCULO DECIMO.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial “El Peruano” y, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, la publicación en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ica. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgación. ING. JUAN PEDRO ANDIA MORON CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica.

ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA a ARO CABANILLA!

. ALONSO PRESIDENTE REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096110-001-2011-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387134/or01.pdf