Ordenanza Regional N.° 001-2009-GORE-ICA
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Gobierno Regional Ica |:
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ORDENANZA REGIONAL «N° 0001 -2009-GORE-ICA
Ica, 1 3 ENE. 2009
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de diciembre del 2008;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el quinto párrafo del artículo 190° de la Constitución del Perú, el mismo que prescribe que en tanto dure el proceso de integración de los actuales departamentos dos o más gobiernos regionales podrán crear mecanismos de coordinación entre sí, los mismos que serán determinados por Ley; asimismo el artículo 91° de la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias señala que, a iniciativa de los gobiernos regionales pueden establecer de común acuerdo, las Juntas de Coordinación Interregional como espacios de coordinación de proyectos, planes y acciones conjuntas, procurando el afianzamiento de corredores económicos y ejes de integración y desarrollo, con la finalidad de consolidar futuros espacios macro regionales;
Que, el artículo 3° de la Ley No. 28274 Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, reglamentada por Decreto Supremo No. 063-2003-PCM, establece que las Juntas de Coordinación Interregional están integradas por dos o más gobiernos regionales, cuyo objetivo es la gestión estratégica de integración, para la conformación de regiones sostenidas, y para la materialización de acuerdos de articulación macro regional, mediante convenios de cooperación dirigidos a conducir los proyectos productivos de servicio y alcanzar integramente fines del desarrollo regional;
Que, de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo 4° de la Ley acotada, los gobiernos regionales que se comprometen por este acto a la conformación de estas Juntas de Coordinación Centro Sur del Perú, comunicarán a la Presidencia del Consejo de Ministros los Acuerdos de constituirse en una Junta, con el propósito de formalizar a través de una Resolución Presidencial, su reconocimiento y proceda a la incorporación en el Registro Nacional de Juntas de Coordinación Interregionales de acuerdo al Decreto Supremo No. 063-2004-PCM;
Que, de conformidad a lo indicado precedentemente se ha conformado la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur del Perú, que tendrá como objetivos, la integración regional de las áreas Geo-Económicos de los ámbitos departamentales de Junin, Ayacucho, Huancavelica, Ica, Pasco, Huanuco, Lima y Apurimac, para el mejoramiento cualitativo en materia de viabilidad, de energía, de comercio e integración, del medio ambiente y de construcción de capital humano y social necesario para su desarrollo, y la promoción para la implementación de las cadenas
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productivas en el desarrollo de las actividades económicas que generen las distintas potencialidades de cada ámbito territorial, tanto en los mercados nacionales como interregionales;
Que, la finalidad de la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur del Perú, es de materializar los acuerdos de articulación macro regionales, mediante la suscripción y ejecución de convenios de cooperación, dirigidos a conducir proyectos productivos de servicios, que permitan coordinar al espacio territorial integrado por los Departamentos de Junin, Ayacucho, Huancavelica, Ica, Pasco, Huanuco, Lima y Apurimac:
Que, la presente Junta, estará organizada de acuerdo a los artículos 5° y 6° de la Ley No. 28274 Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, a través de una Presidencia Colegiada y una Secretaria Técnica. La Junta, generará su Estatuto y normas para su adecuado funcionamiento, como ya se demuestra públicamente en Actas de Acuerdos y documentos del Consejo Regional Centro Sur - CENSUR;
Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional en la Sesión Ordinaria de fecha 15 de diciembre del año 2008, y de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y su modificatoria Ley N* 27902;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la incorporación del Gobierno Regional de Ica, en la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur — CENSUR.
ARTICULO SEGUNDO. AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional de Ica, a fin de que proceda a concretar lo dispuesto en el articulo primero de la presente Ordenanza..
ARTICULO TERCERO.- DIFUNDASE el trabajo de la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur del Perú, a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ica.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”.
POR TANTO:
Regístrese, Comuniquese y Cúmplase.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4096152-001-2009-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4387176/or001.pdf