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553-GOB-REG-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza Regional N.° 553-GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

O<J((j)~JfJl:NZJl <J(CE(}IO:NJlL 1f' 553-(}o<B. <í(P,(}-Jfo/C.Jl/C1t Huancavelica, 10 de diciembre de 2025. POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha ciado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE HUANCAVELICA.

. :~- > · <: ~:-... ~·:···. -· ·>J.,,.-f? / -= = ·:._.: ~ \ \ \

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política,

económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo / Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equ ilibrado y adecuado al desarrollo de su vida ; Que, el literal "e" del artículo 53 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone promover la educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos los niveles; Que, el literal "g" del artículo 8 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que un principio educativo es la conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida; Que, el literal "h" del artículo 36 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, dispone desarrollar programas de educación ambiental como base y sustento para la adaptación e incorporación de materias y conceptos ambientales, en forma transversal, en los programas educativos de los diferentes niveles; Que, el artículo 127.1 de la Ley Nº 27867, Ley General del Ambiente, establece que la educación ambiental es un proceso educativo integral que se da en toda la vida del individuo, y que busca generar en éste los conocimientos, las actitudes, los valores y las prácticas necesarias para desarrollar sus actividades en forma ambientalmente adecuada, con miras a contribuir al desarrollo sostenible del país; asimismo, que, el numeral 2 del artículo

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

O(j_((J)P/NJINZJ1_ (J(P,(J I ONJIL JvV 553-(JO(J3. (J(q-¾1JC;4/C(J( Huancavelica, 10 de diciembre de 2025. 8 de la misma Ley, dispone que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y que deben guardar concordancias entre sí; Que, el numeral 8. 7 del artículo 8 de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que los gobiernos regionales y locales son responsables de promover la participación informada de la ciudadanía, "' ,, particularmente de las poblaciones en situación de vulnerabilidad, como mujeres ::<.:-·•,;;}• - y pueblos indígenas u originarios, en la gestión integral del cambio climático, ~ - -:-_;j) orientada a fortalecer la gobernanza climática y al desarrollo sostenible en armonía ~ con la naturaleza;

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Que, el artículo 7 de la Ley Nº 30884, Ley que Regula el Plástico de un solo Uso y los Recipientes o Envases Descartables, dispone que el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Educación, el Ministerio de la Producción y los gobiernos descentralizados, desarrollan acciones o actividades de educación, capacitación y sensibilización para, entre otras acciones, generar un alto grado de conciencia en los niños, adolescentes y ciudadanos en general sobre los efectos adversos que producen en el ambiente las bolsas y demás bienes de base polimérica, así como la necesidad de migrar hacia el uso de bienes no contaminantes y bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen contaminación por microplástico o sustancias peligrosas y que aseguren su valorización; Que, el artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, dispone que las políticas, planes, programas, proyectos y los sistemas de gestión y manejo de residuos sólidos en los tres niveles de gobierno, deben considerar prioritariamente el componente de educación y cultura ambiental de la población, el cual debe estar enfocado a preparar a las personas en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de residuos sólidos; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 017-2012·······.GRo¡Ñ·· ~ ED, que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental, dispone que el • c~~ÁSARANA Ministerio de Educación y el Ministerio del Ambiente, en el marco de sus funciones ::5-&i,cmi;\º'm:c,~ y competencias, implementarán de modo coordinado, multisectorial y descentralizado la Política Nacional de Educación Am biental, a través de sus órganos especializados, para lo cual desarrollarán las estrategias, planes, pro¡ramas y proyectos que sean necesarios, incluyendo la vigilancia y reporte de su cumplimiento a todo nivel; asimismo, que el numeral 4 de la Política Nacional de E:ducación Ambiental dispone que ella es de cumplimiento obligatorio para los procesos de educación, comunicación e interpretación de las entidades que tengan

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

O(j((J)r:E:NJ!/.:NZJl 1{,CE (] I O:NJlL :JV'° 553-(}0{]3. <J(~(}-Jfo/CJ-1/C<J( Huancavelica, 10 de diciembre de 2025. su iimbito de acción en el territorio nacional y que, de la misma manera, el numeral 4.3 . 3 dispone incorporar la educación ambiental en las políticas, programas y proyectos de inversión y desarrollo del sector público; Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM, prevé como Objetivo Prioritario Nº 9 "Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía", disponiendo en su servicio OP9.S1 que el Ministerio del Ambiente deberá fortalecer las capacidades institucionales de los gobiernos subnacionales para la incorporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; Que, la Meta 29 de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2050, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 008-2024MINAM, establece que al 2030 los Programas de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de los gobiernos locales y regionales incorporan lineamientos, servicios, recursos educativos y comunicacionales orientados a mejorar el comportamiento de la ciudadanía en el uso y conservación de la diversidad biológica, con enfoque territorial e intercultural ;

v

Que, el artículo 70 del Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, dispone que los gobiernos regionales y locales, dentro del ámbito de sus competencias, y en coordinación con el Ministerio del Ambiente, formulan estrategias de comunicación y sensibilización vinculadas al cambio climático, con contenidos amigables y comprensibles, a través de sus instrumentos y programas de educación , cultura y ciudadanía ambiental vigente, articulada a la Política Nacional de Educación Ambiental; Que, el Gobierno Regional de Huancavelica requiere de un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, específico y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental, a través de la implementación de lineamientos y servicios que contribuyan directamente a los objetivos de desarrollo sostenible regional; Que, el Artículo 38° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional¡ y, con el voto unánime de sus miembros;

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

O(j_((J)P/NJI:NZJI (]((JIO:NJIL :N° 553-(JO<B. (J(CEq-Jf1/CJl/C<J{ Huancavelica, 10 de diciembre de 2025. ORDENA: ARTICULO PRIMERO. - APROBAR el Programa Regional de Educación, Cultura, y Ciudadanía Ambiental del Gobierno Regional de Huancavelica (Programa Regional EDUCCA Huancavelica) el mismo que, como ane:x:o, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia ;':-'General Regional de recursos naturales y gestión ambiental la aprobación, · ··:._-,\ _ mediante resolución y durante el primer trimestre de cada año, de los planes de , · '-(; ·\ :·· trabajo anuales como instrumento de pnonzac1on, contextualización y . . : :<();',' \ · formalización de atividades, tareas y proyects para efectos de la implementación <, :_. ,.,__~¿(:;/ ) del Programa Regional EDUCCA de Huancavehca. · -

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ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, coordinar la elaboración participativa de la propuesta de Plan de Trabajo Anual del Programa Regional ED UCCA, gestionar su aprobación a través de las instancias correspondientes y coordinar su implementación con el conjunto de unidades de organización del Gobierno Regional; generar o aplicar los mecanismos de coordinación, concertación y participación, así como las alianzas necesarias; implementar los mecanismos de seguimiento y evaluación, elaborar los reportes requeridos aplicando los canales, formatos e indicadores que establezca la autoridad ambiental nacional; presentar el reporte anual correspondiente a la Gerencia General Regional, a la Comisión Ambiental Regional y al Ministerio de Ambiente. ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR al conjunto de unidades de organización del Gobierno Regional de Huancavelica apoyar la implementación del Programa Regional EDUCCA de Huancavelica y, a la Gerencia Reg ional de Planeamiento y Presupuesto, programar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuesta!, los recursos necesarios para asegurar la implementación del plan de trabajo. ARTÍCULO QUINTO. - DISPONER la entrega de la presente ordenanza regional y el programa anexo, así como los planes de trabajo anw~les, al Ministerio del Ambiente para los fines de registro y seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible y la normativa internacional vigente, de las políticas y normativa ambiental nacional vigentes, de la evaluación del desempeño ambiental regional, así como su difusión vía las estadísticas y el informe nacional del estado del ambiente. ARTÍCULO SEXTO. - DERÓGUESE o déjese sin efecto legal toda disposición que se oponga a la presente ordenanza regional.

Comuníquese al señor Gobernador Huancavelica para su promulgación.

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

OCJ(<JYE/N.Jl¾Z.Jl CJ(P,CJ1O¾.JlL W° 553-(}0(}3. <J{P,(]-JfVCfl/C<J( Huancavelica, 10 de diciembre de 2025. En Huancavelica a los diez días del mes de diciembre de 2025. JUAN JOSÉ ANYAIPOMA MALDONADO Presidente del Consejo Regional

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil veinticinco.

G091ERNO REGI O NAL t-lUA:\l,CAVE.L!CA .

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PROGRAMA REGIO Al GOBIERNO REGIONAL

HUANCAVELICA

EDUCCA

EDUCACIÓN. CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL

PROGRAMA REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA

V CIUDADANÍA AMBIENTAL DE HUANCAVELICA

Programa Regional EDUCCA Huancavelica Ordenanza Regional Nº 553-GOB.REG-HVCA/CR

GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN AMBIENTAL SUB GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL

PROGRAMA REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE HUANCAVELICA

l. NECESIDAD En el marco del cumplimiento del Objetivo Prioritario 9 establecido en la Política Nacional del

o Ambiente al 2030 y en el marco de los lineamientos de política establecidos en la Política

~ aciana! de Educación Ambiental el Gobierno Regional de Huancavelica, asume el compromiso

v :- de dar respuesta a los problemas socio-ambientales de la región, a través de la educación

ambiental formal y comunitaria. El Programa Regional de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental es el instrumento de planificación y gestión ambiental con el que los gobiernos regionales pueden contribuir a la mejora de los comportamientos ambientales de la población de sus ámbitos. En este sentido, el Programa Regional EDUCCA Huancavelica recoge las demandas de educación y ejercicio de ciudadanía ambiental de la población regional y asume un conjunto de lineamientos y servicios para satisfacer dichas demandas. Ha sido elaborado y validado a través de un proceso político, técnico y participativo en el que han intervenido diversas instituciones y actores públicos, privados y de sociedad civil del ámbito regional. El acceso a la información, la educación, la participación, entre otros, son derechos universales que contribuyen a la formación de una ciudadanía comprometida con el ambiente y encaminada al desarrollo sostenible. En ese sentido, el involucramiento preventivo e intercultural de la población, el sector privado y las instituciones públicas en el aprovechamiento de las oportunidades y la solución de los problemas ambientales asociados al dinamismo del mercado, las inversiones y el consumo, que conllevan una mayor presión sobre los recursos naturales y la calidad del ambiente, constituye uno de los princi pales retos de las políticas públicas. En este quehacer, aunque el Gobierno Regional de Huancavelica, desde su conformación y hasta la actualidad, ha implementado diversas acciones educativas, a la fecha no es posible medir la específica contribución de las acciones e inversiones educativas regionales a la mejora de los comportamientos ambientales de la población regional, como aporte al cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente al 2030 así como de otras políticas públicas vigentes. Entre otros factores ello puede atribuirse a la carencia de un instrumento temático que articule la acción educativa al conjunto de la gestión ambiental, social y económica, que integre todo el ámbito territorial del departamento, que opere con un enfoque de gobernanza descentralizada (en armonía -complementaria y diferenciada- con la labor que realizan las municipalidades), participativa (incentive el aporte de la sociedad civil) y concertadora (canalice el aporte del sector privado) y que aplique indicadores homologados a nivel nacional. Para ello, el gobierno regional, en cumplimiento de sus funciones y competencias, requieren fortalecer sus capacidades, articular acciones y orientar a la sociedad civil y el sector privado de sus ámbitos, en la elaboración e implementación concertada 1 del Programa Regiona l de

A través de los mecanismos de coordinación y concertación habilitados por el Sistema Nacional de Gestión Ambiental a nivel descentralizado como las comisiones ambientales regionales, los grupos técnicos regionales. entre otros.

Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental en coherencia con las orientaciones de las políticas nacionales vigentes sobre el tema •

La habilitación del Programa Regional EDUCCA permitirá fortalecer y articular territorialmente el trabajo de educación ambiental comunitaria que ya vienen realizando -como principal responsabilidad- los gobiernos locales ( 3 ), así como complementarlo y compatibilizarlo con la educación ambiental formal que también realizan -como-principal responsabilidad- los gobiernos regionales, de modo que el ejercicio de la ciudadanía ambiental y la formación educativa escolarizada se constituyan en vías sinérgicas del cambio cultural vinculadas al proyecto educativo regional como a la política nacional de educación ambiental. Para ello, el conjunto de actividades, sean de responsabilidad o servicio público, compromiso social o iniciativa privada, podrán ser canalizadas por el Programa Regional EDUCCA a través de Planes de Trabajo Anuales que sumen tanto la voluntad de acción concurrente, como los recursos y las capacidades disponibles realmente.

  1. MARCO LEGAL •

Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.

Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático.

Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente y sus modificatorias.

Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral

de Residuos Sólidos. •

Decreto Supremo Nº 008-2024-MINAM que aprueba la Estrategia Nacional de

Diversidad Biológica al 2050. •

Decreto Supremo Nº 103-2023-PCM que aprueba la actualización del Plan Estratégico

de Desarrollo Nacional al 2050. •

Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM que aprueba la "Política Nacional del Ambiente

al 2030". •

Decreto Supremo N° 016-2021-MINAM que aprueba las "Disposiciones para la gestión de la ecoeficiencia en las entidades de la administración pública".

Decreto Supremo Nº 009-2019-MINAM que aprueba el "Régimen especial de Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)".

2 Política Nacional Ambiental

Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM, Política Nacional de Juventud Decreto Supremo Nº 0 13-201 9-MINED U, Políti ca Nacional de Educación Ambiental Decreto Supremo Nº 0 17-201 2-ED. Estrategia Nacional de Diversidad Biológica Decreto Supremo Nº 008-2024-MINAM, entre otras. 3 Desplegada en el marco de la Resolución Ministerial Nº 003-2023-MINAM se aprobó el ·'Instructivo para elaborar e

implementar el Programa Municipal de Educación. Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA}"".

Decreto Supremo Nº 006-2019-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables

Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754,

Ley Marco sobre Cambio Climático. •

Decreto Supremo Nº 013-2019-MINEDU que aprueba la Política Nacional de la

Juventud. •

Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Decreto Supremo Nº 017-2012-ED que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental.

Resolución Ministerial Nº 347-2023-MINAM que aprueba "Disponer que la campaña de educación e información ambiental denominada "Recicla Ya" constituye una acción prioritaria a nivel nacional del Sector Ambiental, orientada a fomentar en la ciudadanía la segregación de los residuos sólidos valoriza bles, articulando esfuerzos con los actores públicos, privados y sociedad civil".

Resolución Ministerial Nº 175-2023 MINAM que aprueba la Directiva 001-2023-M INAM "Directiva sobre acuerdo de producción limpia".

Resolución Ministerial Nº 064-2023-MINAM que aprueba "Disponer que las campañas de educación e información ambiental "Perú Limpio - Chuya Chuya Perú" y "Gran Cruzada Verde" constituyen acciones prioritarias a nivel nacional del Sector Ambiental, orientadas a fomentar y fortalecer las buenas prácticas ambienta les de la ciudadanía respecto de la conservación de los recursos naturales, el consumo responsable y el manejo adecuado de los residuos sólidos, en el marco del Objetivo Prioritario 9 de la Política Nacional del Ambiente al 2030.

Resolución Ministerial Nº 331-2022-MINAM que aprueba "Reconocer a la madre tierra como maestra en el fomento de la educación ambiental para la formación de valores, actitudes y empatía ambiental en favor de la vida y la naturaleza".

Resolución Ministerial Nº 122-2021-MINAM que aprueba el documento "Perú Limpio: Estrategia de educación y comunicación sobre consumo responsable, valorización y gestión integrada de los residuos sólidos".

Resolución Ministerial N" 070-2025-MINAM que aprueba la "Guía para implementación de acciones para el manejo adecuado de residuos sólidos en instituciones educativas de educación básica regular".

Resolución Ministerial Nº 058-2020-MINAM que aprueba los "Lineamientos para el desarrollo de acciones de comunicación, educación, capacitación y sensibilización sobre el consumo responsable y la producción sostenible de los bienes de plástico y la gestión integral de residuos".

Resolución Ministerial Nº 416-2014-MINAM que denomina el Premio Nacional Ambiental como Premio Nacional Ambiental "Antonio Brack Egg" .

Resolución Ministerial Nº 218-2014-MINAM que crea el Premio Nacional Ambiental.

Ordenanza Regional Nº 014-GOB.REG-HVCA/CR

Aprueba la Política Ambiental Regional, un Plan de Acción y la Agenda Ambiental del Gobierno Regional de Huancavelica. En esta política se considera la educación ambiental como parte esencial para la protección y valoración del patrimonio natural. •

Ordenanza Regional Nº 149-GOB.REG-HVCA/CR

Crea la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Huancavelica. Esa CAR puede ser clave para impulsar programas regionales de educación ambiental, dado su rol en gestión participativa y coordinación institucional. •

Ordenanza Regional Nº 548-GOB.REG-HVCA/CR

Aprobó la adecuación de la CAR Huancavelica para alinearla con el reglamento nacional más reciente de gestión ambiental. Esto fortalece la institucionalidad ambiental regional y potencialmente sus acciones educativas. •

Plan de Acción de Diversidad Biológica

La ordenanza aprobada en 2016 establece una Estrategia y Plan de Acción Regional de Diversidad Biológica de Huancavelica, que incluye educación ambiental y participación ciudadana para la conservación. •

Programas Municipales con componente ambiental

Por ejemplo, la Municipalidad Provincial de Huancavelica tiene un "Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental" (EDUCCA). También hay programas similares en otras municipalidades distritales de Huancavelica que refuerzan la educación ambiental local.

  1. DIAGNÓSTICO SITUACIONAL

La Política Nacional del Ambiente al 2030, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 023-2021MINAM, señala como el principal problema público la disminución de los bienes y servicios que proveen los ecosistemas que afectan el desarrollo de las personas y la sostenibilidad ambiental, condición que tiene como efecto principal la "reducción del bienestar de la población". Entre otras, las causas de este problema están en los comportamientos no sostenibles de la ciudadanía (reflejados en inadecuados hábitos de producción, de consumo y de vida cotidiana familiar, laboral), su limitado nexo e integración con la educación ambiental formal y también la insuficiente participación de la población en materia ambiental. En el departamento de Huancavelica se ha identificado la concurrencia de diversos problemas ambientales tales como la disminución o afectación de los bienes y servicios que proveen los ecosistemas propios del departamento, la sobre utilización de recursos naturales disponibles y la pérdida de diversidad biológica, la contaminación del agua, aire y suelo, la emisión de gases de efecto invernadero que contribuyen al calentamiento terrestre y ocasiona el cambio climático, mayor incidencia de enfermedades, conflictividad socio ambiental, alteración de los ecosistemas, entre otros. La región cuenta con diversos instrumentos de gestión que permiten orientar sus acciones ambientales y climáticas. La Matriz de Prioridades Ambientales y

Climática Regional identifica los principales problemas ambientales del territorio y propone

objetivos estratégicos, metas e indicadores hacia el 2030 y 2050. Esta matriz se articula con la Política Ambiental y Climática Regional, que establece lineamientos para la conservación de los

recursos nat urales, la reducción de vulnerabilidades frente al cambio climático y el fortalecimiento de la gobernanza ambiental mediante mecanismos como el Consejo Regional de Cambio Climático. Asimismo, el Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) incorpora un eje estratégico • ambiental que integra estas prioridades, estableciendo metas relacionadas con la gestión del agua, la conservación de la biodiversidad, la disminución de emisiones y la adaptación climática. Documentos complementarios como la Estrategia Regional de Cambio Climático y las ordenanzas regionales recientes refuerzan este marco, promoviendo acciones de adaptación, mitigación y gestión del riesgo a largo plazo. Estos instrumentos permiten orientar proyectos, inversiones y decisiones de política pública con enfoque sostenible y territorial. Para estos problemas, entre otras causas estructurales, se identifica la persistencia de comportamientos, prácticas, desempeños ambientales no sostenibles en la población, a consecuencia de una insuficiente información, conocimiento, valoración y cultura ambiental en las personas; hábitos de producción, consumo y vida cotidiana sin conciencia y responsabilidad ambiental; insuficiente institucionalidad de la educación ambiental comunitaria aplicable desde los gobiernos locales y el sector privado; insuficiente implementación del enfoque ambiental en la educación formal básica y superior.

  1. OBJETIVOS

General

Mejorar el comportamiento ambiental de los pobladores del departamento de Huancavelica. Específicos

Incrementar la aplicación del enfoque ambiental en la educación formal básica y superior de la región.

Incrementar la aplicación de programas de educación, cultura y ciudadanía ambiental de los gobiernos locales.

Incrementar los comportamientos ambientales sostenibles y la participación de la población en la gestión ambiental regional.

Incrementar el conocimiento y la cultura ambiental de la población.

S. LINEAMIENTOS V SERVICIOS

OBJETIVO ESPECÍFICOS

LINEAMIENTOS

SERVICIOS REGIONALES

OEl. Incrementar

Asegurar la implementación del

l. Fortalecer capacidades de directivos, docentes y líderes

la aplicación del

enfoque ambiental en

estudiantiles sobre temas y proyectos educativos

enfoque ambiental instituciones educativas.

ambientales integrales.

en la educación formal básica y

  1. Producir recursos educativos contextualizados pa ra

superior de la

estudiantes de la región.

región. 3. Sistematizar y publicar la experiencia regional sobre educación ambiental escolar.

Fortalecer la i nstitucionalidad de

  1. Apoyar a gobiernos locales en la aprobación,

la aplicación de

la educación ambiental

implementación y reporte de los Programas M unicipales

programas de

comunitaria en gobiernos locales. EDUCCA.

OE2. Incrementar

educación, cultura y ciudadanía

  1. Impulsar encuentros de gestores ambientales locales

ambiental de los

para intercambiar experiencias, sistematizar y dif undir

gobiernos locales.

resultados en educación ambiental comunitaria . 6. Articular un programa regional de liderazgo y voluntariado ambiental (jóvenes y otros segmentos de población). 7. Promover enfoques, prácticas, estándares ambientales

OE3. Incrementar

Promover estándares de

los

desempeño ambienta l

sostenibles entre productores de la región (p.e. buenas

comportamientos

sostenibles en productores y el

prácticas agrícolas, ecoturismo, de economía circular, etc.).

ambientales

sector público. 8. Promover la ecoeficiencia y el cumplimiento de

sostenibles y la

estándares ambientales destacados en entidades y

participación de la

Promover la participación

población en la

ciudadana para prevenir o reduci r gestores del sector público regional.

gestión ambiental

el daño ambiental sobre

regional.

ecosistemas o para restaurar o

  1. Articular campañas regionales pro comportamientos

compensar los impactos.

ambientales sostenibles en la ciudadanía.

OE4. Incrementar

Investigar o generar

el conocimiento, la conocimiento sobre los

  1. Promover la generación de conocimiento ambiental pertinente a la región con el aporte de universidades,

valoración v la

comportamientos ambientales de colegios profesionales, organizaciones no

cultura ambiental

la ciudadanía y su impacto en el

de la ciudadanía

ambiente.

gubernamentales y poseedores de saberes ancestrales. 11. Producir o adaptar recursos informativos orientadores

Informar y sensibilizar a la

hacia el cambio de comportamiento y la vida sostenible,

ciudadanía de la región, sobre los aprovechando los saberes ancestrales y contextualizando a impactos positivos y negativos de nivel regional el conocimiento generado o disponible a los comportamientos

nivel global.

ambient ales priorizados.

  1. Identificar y difundir las prácticas ambientales destacadas de la región a través del premio naci onal ambiental o un premio regional ambienta l.

  2. POBLACIÓN

La población objetivo y sus diferentes segmentos están identificados en razón de los servicios focalizados que asume la gestión ambiental regional a través del Programa Regional EDUCCA. Así, se pueden mencionarse:

SERVICIOS

POBLACIÓN OBJETIVO

1, 2, 3

Comunidad educativa: estudiantes niños y ado lescentes de la educación

básica y sus familias; directores, docentes y personal de apoyo de las instituciones educativas públicas y privadas; directivos, especialistas y servidores de las Unidades de Gestión Educativa y de la Dirección Regional de Educación.

4, S

Gobiernos locales: autoridades, directivos y seNidores de las municipalidades provinciales y distritales. Gestores locales del sector público que cumplen funciones en materia de educación, gestión ambiental y de promoción de la ecoeficiencia.

Jóvenes: ciudadanos entre 18 y 29 años que pueden aportar como promotores ambientales juveniles en sus centros de estudio o en organismo públicos. Ciudadanos de otros segmentos de población que deseen aportar formalmente a la gestión ambiental en calidad de voluntarios.

7, 8, 11

Gestores económicos: titulares, directivos, profesionales, técnicos y trabajadores de actividades de producción y servicios de los diferentes sectores que operan en el territorio del departamento. Sector público: autoridades, directivos y servidores de las entidades de gobierno y del sector público en general que operan en el territorio del departamento. Gestores regionales del sector público que cumplen funciones en materia de educación, gestión ambiental y de promoción de la ecoeficiencia.

9, 11

Ciudadanía en general que, a través de sus patrones de consumo de productos primarios o industriales, ancestrales o asimilados, sus hábitos de vida cotidiana, inciden en la calidad ambiental y la vitalidad de los ecosistemas y servicios ecosistémicos. Incluye pueblos originarios, comunidades campesinas, productores, pescadores, extractores forestales, artesanos, entre otras comunidades de vida.

Generadores de conocimiento: directivos, docentes y estudiantes de universidades regionales o con sede en la región; directivos y profesionales de colegios profesionales; directivos y profesionales y promotores de organizaciones no gubernamentales o de cooperación internacional con capacidad de indagar, investigar, operar con información o debatir sobre conocimientos pertinentes respecto al ambiente y sus aspectos e impactos socio ambientales.

Divulgadores de conocimiento: comunicadores, didactas, artistas, intelectuales con capacidad de adaptar de modo creativo ideas, información, tecnología y recursos para contextualizarlos a la cultura regional a efecto de su aprovechamiento en perspectiva del cambio hacia la sostenibilidad .

Ciudadanos ambientales: personas u organizaciones del sector privado o público que han desarrollado o aplican prácticas ambientales de modo destacado y generando evidencia de la factibilidad del cambio hacia sociedades y modos de vida sostenibles.

  1. UNIDAD A CARGO

La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Huancavelica, es la encargada de cumplir con las siguientes funciones: a) coordinar la elaboración participativa de la propuesta de plan de trabajo anual; b) gestionar su aprobación a través de las instancias correspondientes; c) coordinar la implementación del plan de trabajo anual con el conjunto de unidades de organización del Gobierno Regional; d} generar los mecanismos de seguimiento y evaluación; e) generar o aplicar los mecanismos de coordinación, concertación y participación, así como las alianzas necesarias; f) elaborar los reportes requeridos aplicando los canales, formatos e indicadores que establezca la autoridad ambiental nacional.

S.

FINANCIAMIENTO

Para la implementación del Programa Regional EDUCCA, a través del Plan de Trabajo Anual, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, programará anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, los recursos necesarios para asegurar las actividades y metas establecidas en el plan de trabajo. Para la implementación del Plan de Trabajo Anual se contará con los recursos ordinarios asignados a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y de otros asignados expresamente por la Gerencia General Regional, a través de asignaciones presupuestales que no resultan en productos, programas presupuestales 036 y 000, FONCOMUN, proyectos de inversión o de cooperación, recursos directamente recaudados, los cuales estarán alineados al Plan Operativo Institucional; asimismo. Complementariamente, se podrá incorporar financiamiento no regional correspondiente a los aportes de las instituciones u organizaciones comprometidas con la implementación de las actividades del Plan de Trabajo Anual del Programa Regional EDUCCA.

REPORTE

Cada año, en el mes de enero, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental presentará al Ministerio del Ambiente un reporte reseñando lo actuado y logrado -en el año anterior- con la implementación del plan de trabajo anual, aplicando los canales, formatos e indicadores que establezca la autoridad ambiental nacional.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946133-553-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714531/7946133-acuerdo-de-consejo-regional-n-106-2025-gob-reg-hvca-cr-del-05-06-202.pdf