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51-2024-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo Regional N.° 51-2024/GOB.REG-HVCA/CR

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.. GOBIERNO REGIONAL DE Ht;ANCA VELICA

CONSEJO REGIONAL

Af/lERDO Dl fONJl/0 REfi/ONJl Nº051·2024•fiOB.REfiDl'tl/fR H tta11cm·elíca, 07 de mar::o de 2024.

VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 07 de marzo de 2024, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía politica, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Politica modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley N° 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el o AS; ló desarrollo social, político y económico en el ámbito regional.

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Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno egional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante Resolución de Contraloria Nº 266-2022-CG de fecha 03 de agosto de 2023, se aprobó la Directiva Nº 015-2022-CG/PREVI "Balance semestral de los Regidores Municipales y Concejos Regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización a cargo de los gobiernos municipales y concejos regionales". Que, mediante Directiva Nº 015-2022-CG/PREVI, regula la estructura, contenido, plazos, formalidades, responsabilidades y obligaciones, así como el proceso de presentación del Balance Semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización a cargo de los regidores municipales y concejeros regionales.

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Que, la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI, en su numeral 6.8) del artículo 6

e> A . R~ ~ disposiciones generales, indica sobre la participación del concejo municipal y consejo regional lo siguiente: "a)

v"' Designar mediante documento al Encargado del registro de la información del Balance Semestral, quien actúa

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en su representación, y proporcionar sus datos e información de contacto al Funcionario Responsable, b) Supervisar el adecuado cumplimiento de las obligaciones del Encargado del registro de información (...

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Que, asimismo, la presente directiva en su anexo I define que el "Encargado del registro de información es el funcionario o servidor público designado por el concejo municipal o concejo regional para consolidar y registrar la información de fiscalización de la entidad en el Balance Semestral. El secretario de una comisión que realiza funciones de fiscalización, que no tenga la calidad de consejero regional o regidor; puede ser designado como Encargado del registro de información".

GOBIERNO REGION AL DE.

HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

AfDERDO DE fONJE/0 REGIONM Nº 0516'2024·GOB.REG.Dl'fA/fR HUimcavelica, 07 de marzo de 2024. Que, el numeral 7.1.1. de la presente directiva sobre la designación del encargado del registro de información, indica ·corresponde al concejo municipal y consejo regional designar mediante documento formal, al encargado del registro de información, dentro de los primeros cinco (5} días hábiles del mes de enero de cada año, debiendo ser informado formalmente al Funcionario Responsable el mismo día de efectuarse dicha designación. El Encargado del registro de información es designado por un período anual, pudiendo ser designado en periodos anuales consecutivos. Que, no habiéndose designado al encargado del registro de información, dentro de los primeros cinco (5} días hábiles del mes de enero, corresponde efectuar la designación del mismo a partir de la fecha, el mismo que debe ser comunicado al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional;

ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DESIGNAR, al servidor civil, Sr. JORDAN CÁRDENAS ARANA - Secretario del Consejo Regional de Huancavelica, como encargado del registro de la información del Balance Semestral de los Consejeros Regionales de Huancavelica. ARTICULO SEGUNDO. - PRECISAR que el Encargado del registro de información es designado por el período de un año, y deberá registrar las actividades de fiscalización en el aplicativo informático de la Contraloría General de la República. ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, y demás áreas competentes, realizar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento del presente acuerdo. ARTÍCULO CUARTO.· COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes.

Regístrese, Publíquese y Cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481314-51-2024-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646586/6481314-acuerdo-de-consejo-regional.pdf