Ordenanza Regional N.° 457-2021-GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N? 457-GOB.REG-HVCA/CR.
Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
POR CUANTO EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 110 Y 112 DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIDAD EJECUTORA N° 001 - SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA.
Que el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobierno Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene atribuciones de norma, la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobierno Regionales.
Que, la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8* precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia.
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimiento, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano.
Que, el artículo 2”, 5° y 8° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; teniendo por misión organizar y conducir ta gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; asimismo, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; respectivamente.
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Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
Que, por su parte el articulo 38° de la precitada Ley, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.
Que, el literal b) del numeral 45.3 del artículo 45° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, decreto que aprueba los lineamientos de organización del Estado, modificado mediante Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, establece que los Gobiernos Regionales y Organismos públicos regionales, aprueban su ROF integramente mediante Ordenanza Regional, en concordancia con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, cuyo objeto es priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignada por el ordenamiento jurídico aplicable a cada caso.
Que, de conformidad al numeral 46.1 artículo 46° del Decreto supremo N° 054-2018-PCM, se requiere aprobación O modificación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: i) Por modificación de la estructura orgánica. Este supuesto se da por el incremento del número de unidades de organización por el nivel organizacional o niveles organizacionales, ii) Por modificación parcial. Este supuesto se da por la reasignación O modificación de funciones entre unidades de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional, iii) Por creación o fusión de una entidad con personería jurídica.
Que, mediante Convenio de Delegación de Competencias en Materia Ambiental de fecha 24 de febrero de 2021, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones delegó al Gobierno Regional de Huancavelica, las siguientes competencias: i) En materia de certificación ambiental de proyectos del Sector Transportes que se enmarquen en la Categoría | — Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que cuenten con clasificación anticipada, las cuales se encuentran detalladas en el Anexo | del presente Convenio, que se desarrollen dentro de ta jurisdicción territorial del Gobierno Regional de Huancavelica y sean de titularidad de entidades y/o administrados de ámbitos regionales o local. Dichas competencias incluyen las modificaciones, informes técnicos sustentatorios, actualizaciones u otros instrumentos complementarios aprobados por el Sector, que cuenten con marco normativo expreso y que se deriven de los instrumentos de gestión ambiental aprobados por EL DELEGATARIO; y, ii) Emitir el acto administrativo, mediante el cual se comunica al Titular del Proyecto de Inversión la conformidad o no conformidad a la Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA) de los proyectos de inversión de transportes de alcance territorial del Gobierno Regional de Huancavelica, que no se encuentren comprendidos dentro de los alcances del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, conforme a las disposiciones normativas vigentes.
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Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
Que, en el Informe Técnico N° 031-2021/GOB.REG-HVCA/GRPPYATSGDlyTl-mov del area de racionalización de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la información se menciona: “El Reglamento de Organización y Funciones — ROF del Gobierno Regional de Huancavelica, ha sido aprobada mediante la Ordenanza Regional N° 421/GOB.REG-HVCA/CR de fecha 16 de mayo del 2019, considerando las funciones generales y específicas, de las diferentes unidades estructuradas integrantes del Gobierno Regional de Huancavelica” ...) en ese sentido, en marco del cumplimiento del Convenio de Delegación de Competencias en Materia Ambiental, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de Huancavelica, es pertinente incluir las funciones en el Reglamento de Organización y Funciones — ROF del Gobierno
Regional de Huancavelica.
Que, mediante OPINION LEGAL 028-2021-GOB.REG.HVCA/ORAJ-jccb de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, el cual « .concluye que, conforme a lo /*f señalado en el Informe Técnico N° 031-2021/GOB.REG-HVCA/GRPPyAT-SGDWTI-
“mov, es viable legalmente la inclusión de funciones de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental en el Reglamento de Organización y Funciones — ROF del Gobierno Regional de Huancavelica a fin de incluir las funciones delegadas mediante Convenio de Delegación de Competencias en Materia Ambiental a través de la modificación de los artículos 110 y 112 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Huancavelica, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 421/GOB.REG-HVCA/CR”.
Que, el proyecto de modificación de los artículos 110 y 112 del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Huancavelica, se sustenta en el Convenio de Delegación de Competencias en Materia Ambiental suscrita entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de Huancavelica, bajo los alcances de la Ley de Bases de la Descentralización, así como el Marco de la Modernización del Estado, con la finalidad de contar una organización moderna y flexible que repercuta en una atención O satisfacción de los ciudadanos.
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificatorias, entre las cuales se encuentra la de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional; el presente proyecto de Ordenanza Regional fue dado cuenta al Consejo Regional en la sesión ordinaria del día viernes veintiún de mayo, debatido y deliberado, aprobándose con el voto UNÁNIME de sus miembros;
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Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la modificación de los artículos 110 y 112 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora N°
, 001 — Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, aprobados con
Ordenanza Regional N° 421/GOB.REG-HVCA/CR, en los siguientes términos:
TEXTO ANTERIOR:
“ARTÍCULO 110.-Las Funciones de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental son las siguientes:
Promover, formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con el Plan de Desarrollo Estratégico del Gobierno Regional y de las normativas regionales y nacionales pertinentes.
Dirigir y supervisar las funciones de sus órganos de línea bajo su competencia.
Proponer y determinar la organización de la Gerencia.
Aprobar, dirigir, evaluar y controlar los planes de gestión de la Gerencia.
Representar al Gobierno Regional ante la Comisión Regional Ambiental (CRA-Huancavelica).
Supervisar dentro del marco de las Estrategias Nacionales la aplicación de las estrategias regionales de la diversidad biológica y cambio climático.
Promover la formulación de planes y programas para la venta de servicios ambientales y de Áreas Protegidas.
Supervisar la implementación de la Política, el Plan, Agenda Ambiental, el Sistema Regional de Gestión Ambiental y la Estrategia de Gestión Ambiental Regional, las Estrategias regionales de Biodiversidad, Cambio Climático, Áreas Protegidas y Desarrollo Forestal Sostenible.
Vigilar el cumplimiento de la normativa ambiental.
Supervisar la ejecución de fos proyectos de inversión de la Gerencia.
Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) y el cumplimiento de los Estudios Ambientales (DIA, ElAs y ElAd) de la Región Huancavelica, implementando las acciones correctivas e imponiendo las sanciones correspondientes.
Otorgar la certificación ambiental de los proyectos sujetos en el SEIA, en el marco de la Transferencia de Funciones al Gobierno Regional.
Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos, estudios ambientales y sobre el uso racional de los recursos naturales de la Región Huancavelica.
Administrar, en coordinación con los gobiernos locales, las reservas y áreas naturales protegidas regionales que están comprendidas integramente dentro de la jurisdicción, así como los territorios insulares, conforme a ley.
Promover la formulación y desarrollo de proyectos ambientales, de protección, conservación, manejo y uso sostenible de los recursos naturales (agua, suelo, flora y fauna silvestre) de cobertura regional.
Proponer la suscripción de proyectos, convenios, contratos y acuerdos de cooperación institucional con entidades públicas y/o privadas y de cooperación técnica sobre asuntos relacionados a la Gestión Ambiental Regional en el ámbito de su competencia.
Expedir Resoluciones Gerenciales.
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Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
- Coordinar con el Ministerio del Ambiente, los gobiernos locales provinciales, distritales y
comunidades campesinas del ámbito de la cuenca del rio Mantaro, en el sector correspondiente al departamento de Huancavelica, a fin de implementar las acciones derivadas de la aplicación de la Ley N° 28982 y su modificatoria Ley N° 28608 que declara en emergencia ambiental la cuenca del rio Mantaro.
Elaborar informes semestrales a la Presidencia del Gobierno Regional de Huancavelica, de las acciones realizadas en el marco de los instrumentos de gestión y planes de acción de corto, mediano y largo plazo, para la descontaminación de la cuenca del rio Mantaro, a fin remitir el informe pertinente al Congreso de la República.
Representar ante el Grupo Estratégico Mantaro y Pampas para la descontaminación de la cuenca del rio Mantaro y Pampas.
Conformar el grupo técnico para elaborar los instrumentos de planificación, a corto, mediano y largo plazo para la descontaminación del rio Mantaro y rio Pampas en el departamento de Huancavelica, en coordinación con el Ministerio del Ambiente.
Aprobar y ejecutar los proyectos de inversión en materia de gestión ambiental y recursos naturales de acuerdo a la Programación Multianual de Inversiones (PMI.
Ejecutar las acciones orientadas a implementar el funcionamiento del Sistema de Control interno, en el ámbito de su competencia.
Otras funciones que le sean asignadas, por la Gerencia General Regional.
- “ARTÍCULO 112.- Las funciones de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, considerando Cf las funciones transferidas por el Gobierno Central en materia ambiental y Ordenamiento Territorial y en concordancia con la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Artículo 53°, y ademas normas ambientales vigentes son las siguientes:
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales.
Implementar el sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional - CAR - Huancavelica.
Promover fa educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles.
Controlar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre todo el control integrado de la contaminación ambiental (Calidad de agua aire y suelo), en su respectiva jurisdicción.
Imponer sanciones ante la infracción de normas ambientales regionales.
Proponer la formulación de proyectos para la conservación del medio ambiente.
Formular, evaluar y actualizar la agenda regional ambiental para Su aprobación por el Consejo Regional.
Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales.
Formular directivas, mejoras metodológicas Y procedimientos de trabajo necesario para su adecuado funcionamiento.
Elaborar instrumentos administrativos para la aplicación de sanciones ante la infracción de normas ambientales de la región.
Establecer la vigilancia de los riesgos ambientales identificados y evaluarlos.
Seguimiento, supervisión y evaluación del cumplimiento de la Agenda Ambiental Regional y el Plan de Acción Ambiental Regional.
Revisión y opinión de los estudios de impacto ambiental y proyectos presentados ante el Gobierno Regional de Huancavelica.
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Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
Establecer € implementar mecanismos adecuados para la gestión de conflictos socio ambientales, promoviendo el diálogo y la concertación.
Conducir el proceso de certificación ambiental de proyectos públicos y privados teniendo en cuenta las normas ambientales vigentes.
Supervisión, evaluación y seguimiento de los estudios de impacto ambiental (SEIA) de los proyectos, planes y programas de inversión pública y privada.
Fiscalizar el cumplimiento de normas de Gestión Ambiental, en el Marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA.
Promover la inclusión social en la Gestión Ambiental.
Fomentar la responsabilidad socio ambiental y la eco eficiencia.
Implementar el Sistema de Información Ambiental Regional.
Dar Seguimiento del cumplimiento de la Agenda Ambiental Nacional y del Plan de Acción Ambiental PLANAA y reporte al MINAM
Ejecutar las Políticas Públicas y diseñar, monitorear, evaluar y rediseñar las estrategias regionales de cambio climático.
Ejecutar el monitoreo, supervisión y fiscalización ambiental de los diferentes sectores que fueron transferidos al Gobierno Regional de Huancavelica en materia ambiental.
Evaluar los instrumentos de Gestión Ambiental para emitir el Informe Técnico y Proyectar el Acto Resolutivo para el otorgamiento de la Certificación Ambiental de Categoría ! - declaración de Impacto Ambiental (DIA) y Ficha Técnica Ambiental (FTA) de los proyectos de Inversión Pública o Privada en el Marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y de las competencias delegadas.
Supervisar el cumplimiento de las certificaciones ambientales otorgadas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.
Formular, evaluar y ejecutar los Proyectos de Inversión de acuerdo al ciclo de inversiones en el marco del Sistema Nacional y Programación Multianual y Gestión de las Inversiones, comprendidas en materia ambiental.
Evaluar y aprobar los Proyectos e Instrumentos de Gestión Ambiental de proyectos de inversión de infraestructura de residuos sólidos, y los instrumentos complementarios del SEIA para proyectos de inversión de recuperación O reconversión de áreas degradadas de gestión municipal, que prestan servicios a dos o más provincias de la región.
Diseñar y Ejecutar los programas, proyectos, convenios, contratos, actividades y estudios relacionados a la gestión ambiental regional.
Ejecutar las acciones orientadas a implementar el funcionamiento del Sistema de Control interno, en el ámbito de su competencia.
Otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.”
TEXTO MODIFICADO:
ARTÍCULO 110.- Las Funciones de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental son las siguientes:
Promover, formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con el Plan de Desarrollo Estratégico del Gobierno Regional y de las normativas regionales y nacionales pertinentes.
Dirigir y supervisar las funciones de sus órganos de línea bajo su competencia.
Proponer y determinar la organización de la Gerencia.
Aprobar, dirigir, evaluar y controlar los planes de gestión de la Gerencia.
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Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
Representar al Gobierno Regional ante la Comisión Regional Ambiental (CRA-Huancavelica). Supervisar dentro del marco de las Estrategias Nacionales la aplicación de las estrategias regionales de la diversidad biológica y cambio climático.
Promover la formulación de planes y programas para la venta de servicios ambientales y de Áreas Protegidas.
Supervisar la implementación de la Política, el Plan, Agenda Ambiental, el Sistema Regional de Gestión Ambiental y la Estrategia de Gestión Ambiental Regional, las Estrategias regionales de Biodiversidad, Cambio Climático, Áreas Protegidas y Desarrollo Forestal Sostenible.
Vigilar el cumplimiento de la normativa ambiental.
Supervisar la ejecución de los proyectos de inversión de la Gerencia.
Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) y el cumplimiento de los Estudios Ambientales (DIA, ElAs y ElAd) de la Región Huancavelica, implementando las acciones correctivas e imponiendo las sanciones correspondientes.
Otorgar la certificación ambiental de los proyectos sujetos en el SEIA, en el marco de la Transferencia de Funciones al Gobierno Regional.
Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos, estudios ambientales y sobre el uso racional de los recursos naturales de la Región Huancavelica. Administrar, en coordinación con los gobiernos locales, las reservas y áreas naturales protegidas regionales que están comprendidas integramente dentro de la jurisdicción, así como los territorios insulares, conforme a ley.
Promover la formulación y desarrollo de proyectos ambientales, de protección, conservación, manejo y uso sostenible de los recursos naturales (agua, suelo, flora y fauna silvestre) de cobertura regional.
Proponer la suscripción de proyectos, convenios, contratos y acuerdos de cooperación institucional con entidades públicas y/o privadas y de cooperación técnica sobre asuntos relacionados a la Gestión Ambiental Regional en el ámbito de su competencia.
Expedir Resoluciones Gerenciales.
Coordinar con el Ministerio del Ambiente, los gobiernos locales provinciales, distritales y comunidades campesinas del ámbito de la cuenca del rio Mantaro, en el sector correspondiente al departamento de Huancavelica, a fin de implementar las acciones derivadas de la aplicación de la Ley N° 28982 y su modificatoria Ley N° 28608 que declara en emergencia ambiental la cuenca del rio Mantaro.
Elaborar informes semestrales a la Presidencia del Gobierno Regional de Huancavelica, de las acciones realizadas en el marco de los instrumentos de gestión y planes de acción de corto, mediano y largo plazo, para la descontaminación de la cuenca del rio Mantaro, a fin remitir el informe pertinente al Congreso de la República.
Representar ante el Grupo Estratégico Mantaro y Pampas para la descontaminación de la cuenca del rio Mantaro y Pampas.
Conformar el grupo técnico para elaborar los instrumentos de planificación, a corto, mediano y largo plazo para la descontaminación del rio Mantaro y rio Pampas en el departamento de Huancavelica, en coordinación con el Ministerio del Ambiente.
Aprobar y ejecutar los proyectos de inversión en materia de gestión ambiental y recursos naturales de acuerdo a la Programación Multianual de Inversiones (PMI).
Ejecutar las acciones orientadas a implementar el funcionamiento del Sistema de Control Interno, en el ámbito de su competencia.
Emitir el acto administrativo mediante el cual se otorga y comunica al titular ta conformidad o no conformidad de la Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA) de los proyectos del sector
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transportes que, en el marco del Proceso de Descentralización, se encuentren dentro del ámbito de la competencia del Gobierno Regional de Huancavelica. Otras funciones que le sean asignadas, por la Gerencia General Regional.
ARTÍCULO 112.- Las funciones de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, considerando
las funciones transferidas por el Gobierno Central en materia ambiental y Ordenamiento Territorial y en concordancia con la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Artículo 53°, y además normas ambientales vigentes son las siguientes:
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales.
Implementar el sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional - CAR - Huancavelica.
Promover la educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles.
Controlar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre todo el control integrado de la contaminación ambiental (Calidad de agua aire y suelo), en su respectiva jurisdicción.
Imponer sanciones ante la infracción de normas ambientales regionales.
Proponer la formulación de proyectos para la conservación del medio ambiente.
Formular, evaluar y actualizar la agenda regional ambiental para su aprobación por el Consejo Regional.
Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales.
Formular directivas, mejoras metodológicas y procedimientos de trabajo necesario para su adecuado funcionamiento.
Elaborar instrumentos administrativos para la aplicación de sanciones ante la infracción de normas ambientales de la región.
Establecer la vigilancia de los riesgos ambientales identificados y evaluarlos.
Seguimiento, supervisión y evaluación del cumplimiento de la Agenda Ambiental Regional y el Plan de Acción Ambiental Regional
Revisión y opinión de los estudios de impacto ambiental y proyectos presentados ante el Gobierno Regional de Huancavelica.
Establecer e implementar mecanismos adecuados para la gestión de conflictos socio ambientales, promoviendo el diálogo y la concertación.
Conducir el proceso de certificación ambiental de proyectos públicos y privados teniendo en cuenta las normas ambientales vigentes.
Supervisión, evaluación y seguimiento de los estudios de impacto ambiental (SEIA) de los proyectos, planes y programas de inversión pública y privada.
Fiscalizar el cumplimiento de normas de Gestión Ambiental, en el Marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA.
Promover la inclusión social en la Gestión Ambiental.
Fomentar la responsabilidad socio ambiental y la eco eficiencia.
Implementar el Sistema de Información Ambiental Regional.
Dar Seguimiento del cumplimiento de la Agenda Ambiental Nacional y del Plan de Acción Ambiental PLANAA y reporte al MINAM
Ejecutar las Políticas Publicas y diseñar, monitorear, evaluar y rediseñar las estrategias regionales de cambio climático.
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Ejecutar el monitoreo, supervisión y fiscalización ambiental de los diferentes sectores que fueron transferidos al Gobierno Regional de Huancavelica en materia ambiental.
Evaluar los instrumentos de Gestión Ambiental para emitir el Informe Técnico y Proyectar el Acto Resolutivo para el otorgamiento de la Certificación Ambiental de Categoría | - declaración de Impacto Ambiental (DIA) y Ficha Técnica Ambiental (FTA) de los proyectos de Inversión Pública o Privada en el Marco del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental (SEIA) y de las competencias delegadas.
Supervisar el cumplimiento de las certificaciones ambientales otorgadas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.
Formular, evaluar y ejecutar los Proyectos de Inversión de acuerdo al ciclo de inversiones en el marco del Sistema Nacional y Programación Multianual y Gestión de las Inversiones, comprendidas en materia ambiental.
Evaluar y aprobar los Proyectos e Instrumentos de Gestión Ambiental de proyectos de inversión de infraestructura de residuos sólidos, y los instrumentos complementarios del SEIA para proyectos de inversión de recuperación o reconversión de áreas degradadas de gestión municipal, que prestan servicios a dos o más provincias de la región.
Diseñar y Ejecutar los programas, proyectos, convenios, contratos, actividades y estudios relacionados a la gestión ambiental regional.
Ejecutar las acciones orientadas a implementar el funcionamiento del Sistema de Control interno, en el ámbito de su competencia.
Evaluar y proponer la conformidad o no conformidad de la Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA) de los proyectos del sector transporte que, en el marco del Proceso de la Descentralización, se encuentren dentro del ámbito de la competencia del Gobierno Regional Huancavelica.
Otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Encargar al Ejecutivo del Gobierno Regional
$ de Huancavelica aprobar las normas reglamentarias y funcionales complementarias, dando cuenta del mismo al Consejo Regional en su oportunidad.
ARTÍCULO TERCERO. - Encargar a la Gerencia General Regional del
Gobierno Regional de Huancavelica realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial “El Peruano”, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huancavelica.
ARTÍCULO CUARTO. - Una vez publicada la presente Ordenanza
Regional en el diario oficial El Peruano; notifíquese a los Órganos de Línea, Unidades Orgánicas y Gerencias Sub Regionales del Gobierno Regional de Huancavelica, adjuntando la publicación.
Comuníquese al señor Gobernado Regional para su promulgación
En Huancavelica a los veintiún días del mes de mayo del dos mil veintiuno.
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Huancavelica, 21 de mayo del 2021.
TEOBALDO QUISPE GUILLEN Presidente del Consejo Regional
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica a los veintiún dias del mes de mayo del dos mil veintiuno.
GOBIERNO REGIONAL HW ANCAVELICA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946044-457-2021-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714438/7946044-acuerdo-de-consejo-regional-n-019-2025-gob-reg-hvca-cr-del-27-01-202.pdf