Ordenanza Regional N.° 454-2021-GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 454-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 05 de febrero del 2021.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE "APRUEBA EL INICIO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL BASADO EN RESULTADOS 2022 - VIRTUAL Y CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO”
Que, articulo 2, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales refiere que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.
Que, conforme a la Ley N° 28056 — Ley Marco del Presupuesto Participativo, Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 142-2009-EF y demás normas conexas, define que el proceso de presupuesto participativo en un mecanismo que fortalece las relaciones Estado — Sociedad Civil, donde se recogen las aspiraciones y necesidades de la sociedad civil, se definen las prioridades sobre las acciones y proyectos a implementar, generando compromiso de los agentes participantes para la concesión del los objetivos estratégicos; en tal sentido se requiere a la aprobación del desarrollo del Presupuesto Participativo y de acuerdo a su reglamento vigente y con perspectiva a una programación multianual.
Que, mediante Ley N° 29298 se modifican los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, referidos a las instancias, alcances, fases y oficialización de compromisos del proceso de Presupuesto Participativo, precisando, además, que cada instancia del proceso de programación participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 097 -2009-EF; precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo, estableciendo los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución a
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Huancavelica, 05 de febrero del 2021.
ser considerandos por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos
Que, con Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.0, aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, cuyo artículo 6, Del Presupuesto Participativo, refiere que la información contenida en la Programación Multianual de Inversiones orienta la fase de concertación en el proceso del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Regionales, la programación multianual de inversiones tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias, ajustada a los objetivos y metas de desarrollo nacional, sectorial y/o territorial
En merito al Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Instructivo N° 001-2010-EF/76.01; es indispensable la conformación del equipo técnico para la formulación y conducción del Proceso del Presupuesto Participativo Regional.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 299-2015/GOB.REG.HVCA/CR, se aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Regional Basado
Que, con Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional debido al brote del Coronavirus (COVID 19) como pandemia, al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea, respecto a las actividades o eventos que impliquen la concentración de personas en espacios cerrados o abiertos que ofrezcan mayores riesgos para la transmisibilidad del COVID 19.
Que, el articulo 1, del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, declara Estado de Emergencia Nacional y dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote de la Covid 19.
Que, el numeral 17.1 del Decreto de Urgencia N° 026-2020, se aprueba medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación, y el impactc sanitario de la enfermedad causada por el virus de la Covid 19, faculta la aplicación del trabajo remoto a los empleadores de! sector público y privado; a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores para implementar el trabajo remoto, regulado en el presente Decreto de Urgencia, en el marco de la presente emergencia sanitaria.
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Huancavelica, 05 de febrero del 2021.
Que, de conformidad al Decreto de Supremo N° 031-2020-SA, se prorroga a partir del 7 de diciembre del 2020 por un plazo de noventa días (90) calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA y N° 027-2020-SA.
Que, asimismo en su artículo 2, del Decreto Supremo N° 008-2021-PCM, aprueba al departamento de Huancavelica en nivel de alerta extrema de emergencia sanitaria.
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; que por unanimidad de sus miembros;
ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER, el inicio del Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados para el Año Fiscal 2022 - Virtual, conforme a su reglamento y normatividad vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- CONFORMAR, el equipo Técnico del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados para el año Fiscal 2022 - Virtual, según detalle del Anexo 01, mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, la implementación del Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados bajo la modalidad virtual, según que corresponda sus fases, considerando el soporte de las Tecnologías de Información y Comunicación, y restricciones que establece el estado producto de la pandemia cumpliendo los protocolos sanitarios, fomentando la convocatoria y participación ciudadana
ARTÍCULO CUARTO.- DERÓGUESE O DÉJESE sin efecto legal, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente ordenanza regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. En Huancavelica a los cinco días del mes de febrero del dos mil veintiuno.
TEOBALDO QUISPE GUILLEN Presidente del Consejo Regional
POR TANTO:
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Huancavelica, 05 de febrero del 2021. Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los once días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.
GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946040-454-2021-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714432/7946040-acuerdo-de-consejo-regional-n-008-2025-gob-reg-hvca-cr-del-16-01-202.pdf