Ordenanza Regional N.° 453-2021-GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
“CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N? 453-GOB. REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 22 de Enero del 2021.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado Ja Ordenanza Regional siguiente:
APROBAR LA MODIFICACION DE LA CONFORMACION DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DE LA REGIÓN HUÁNCAVELICA.
VISTO:
En Sesión del Consejo Regional Huancavelica, realizado el día veinte dos de enero del dos mil veintiuno, el Oficio N° 121-2020/G0B.REG.HVCA/CR-H/TYQG DE FECHA 21 de diciembre del 2020 mediante el cual remite el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la modificación de la conformación de la Comisión Técnica Regional de
|| Zonificación Ecológica y Económica de la Región de Huancavelica y; -
CONSIDERANDO:
Que; el numeral 22) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene el derecho fundamental de gozar de un ambiente Pequilibrado y adecuado a su desarrollo de vida; que, asimismo, en. el articulo 67°
determina que el Estado promueve el uso sostenible de sus recursos naturales;
Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones, asimismo el artículo 1920 establece los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y
planes nacionales y locales de desarrollo;
Que, el artículo 6° de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, establece como uno de los objetivos de la descentralización, a nivel ambiental
el ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la
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CONSEJO REGIONAL
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sostenibilidad del desarrollo y asimismo la gestión sostenible de los recursos
naturales y mejoramiento de la calidad ambiental;
Que, el artículo 13° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867, establece que el Consejo Regional es el organo normativo Y “fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en
la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas.
Que, el numeral 11) del artículo 80 establece de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 como principio rector de las políticas y la gestión regional que ‘las políticas regionales deben guardar concordancia con las políticas
_hacionales de Estado;
Que, conforme al literal a) del artículo 530 de la Ley Orgánica de 4%, Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tienen como función formular, 7 aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en
materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de
Que, el artículo 1° del Reglamento de la Zonificación Ecológica y Económica, aprobado por Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, establece que la Zonificación Ecológica y Económica - ZEE, es un proceso dinámico y flexible para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio “determinado, basado en la evaluación de: sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un
territorio y de sus recursos naturales;
Que, el artículo 160 del mencionado Reglamento, establece que cada’ proceso de Zonificación Ecológica y Económica - ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica y en el artículo 170 del
mismo dispositivo legal se establecen sus funciones;
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Que, mediante Resolución Ministerial NO 135-2013-MINAM, se aprobó la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, norma que identifica y conceptualiza los instrumentos técnicos del Ordenamiento Territorial: La Zonificación Ecológica y Económica - ZEE, los Estudios Especializados — EE y el Diagnóstico Integrado del
, Territorio - DIT;
Que, mediante la Resolución Ministerial NO 056-2015-MINAM, se aprueba el documento denominado “Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de la Zonificación Ecológica y Económica en el ámbito regional y local”, norma que hace precisiones sobre lo establecido en el Reglamento de ZEE acerca de la constitución y conformación de las Comisiones
aivén] +! Técnicas y permite su articulación con las normas de carácter nacional;
Que, el artículo 30 de la Resolución Ministerial NO 056-2015-MINAM mencionada en el considerado anterior precisa que los gobiernos regionales y locales deben adecuarse a las disposiciones establecidas dicha Resolución Ministerial en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente
de su fecha de publicación, realizada el 21. de marzo del 2015;
Que, el artículo 380 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias:de su competencia; así como el literal a) del artículo 15° de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y
funciones del Gobierno Regional;
De la misma forma se considera la opinión técnica viable N9106- 2020/GOB.REG.HVCA/ORAJ-mjmv; y el Informe NO 438- 2020/GOB.REG.HVCA/GRRNyGA-SGRNyAP; sobre proyecto de la ordenanza regional
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para la actualización del comité técnico regional de Zonificación Ecológica y
Económica (ZEE) de la Región Huancavelica
Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 150 y 38° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de Huancavelica, con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación de la conformación de la COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DE LA REGIÓN HUÁNCAVELICA, cuyo objetivo es propiciar la coordinación y acompañamiento en la elaboración, aprobación y ejecución
de este instrumento técnico para el Ordenamiento Territorial, conforme a lo dispuesto
Se. ú
; A en el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM y la Resolución Ministerial NO 056-2015- 43, MINAM.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la Comisión Técnica de la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) de la Región Huancavelica,
3 integrada por:
OBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA . erencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del medio Ambiente.
Sub Gerencia de Recursos Naturales y Áreas Protegidas. B. MUNICIPALIDADES PROVINCIALES
Municipalidad Provincial de Huancavelica.
unicipalidad Provincial de Acobamba
unicipalidad Provincial de Angaraes
unicipalidad Provincial de Castrovirreyna
Municipalidad Provincial de Churcampa :
Municipalidad Provincial de Huaytara
i Municipalidad Provincial de Tayacaja
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CONSEJO REGIONAL
C.
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REPRESENTANTE DE UNA INSTITUCIÓN CIENTÍFICA DEL ÁREA DE
" TRABAJO
H.
l.
Instituto Nacional de Estadística e Informática
REPRESENTANTE DE UNIVERSIDADES DEL ÁREA DE TRABAJO Universidad Nacional de Huancavelica .
REPRESENTANTE DE LOS SECTORES Y NIVELES DE GOBIERNO Dirección Regional de Energía y Minas .
Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Dirección Regional Agraria
Dirección Regional de Producción
Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
REPRESENTANTE DESCONCENTRADA
Dirección Desconcentrada de Cultura Huancavelica
REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE PUEBLOS INDÍGENAS : Comunidades Campesinas, federación de Comunidades Campesinas REPRESENTANTES DE LA EMPRESA PRIVADA World Visión - Huancavelica
REPRESENTANTES DE LOS ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES ONG “Programa Regional Centro DESCO”
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR que las funciones el Comisión
Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica de la Región Huancavelica,
son lás siguientes:
a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la
Zonificación Ecológica. y Económica - ZEE a nivel regional y local; así como los
aspectos relacionados a la macro zonificación nacional; y
b) Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana Y procesos de
difusión y capacitación.
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CONSEJ o REGIONAL
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ARTÍCULO CUARTO.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a
la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huancavelica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales.
ARTÍCULO SEXTO.- La presente Ordenanza Regional, entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Huancavelica para su
.promulgación.
En Huancavelica, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil veintiuno.
TEOBALDO QUISPE GUILLEN Presidente del Consejo Regional
POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno: Regional de Huancavelica, a los veintiocho días del
mes de enero del año dos mil veintiuno.
NO REGIONAL GOBER RICA
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