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350-GOB-REG-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 350-GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE BUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 350 -GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 05 de Setiembre de 2016.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 149-GOB.REG.HVCAICR.

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

Que, Articulo 53° literal a) y b) de la Ley NO 27867, establece como funciones específicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial en concordancia con los planes de los Gobierno Locales; e implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales;

Que, la Comisión Ambiental Regional (CAR) es una instancia de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargada de coordinar y concertar la política ambiental regional, promueve el dialogo y el acuerdo entre los sectores públicos y privados.

La Comisión Ambiental Regional (CAR) tiene como ámbito de acción a la región ambienta! definida en su norma de creación y fue creada con la finalidad de promover la descentralización de las capacidades de gestión ambiental a nivel regional y local, así como coordinar las acciones entre las instituciones locales y regionales y el Ministerio del Ambiente.

Que, el Gobierno Regional de Huancavelica tiene como Política Ambiental Regional “Promover el desarrollo sostenible con una gobernabilidad de la Región Huancavelica, incentivando la cultura ambiental a sus pobladores, incidiendo en el adecuado manejo y aprovechamiento de sus recursos naturales para una mejor calidad de vida de la población”.

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL NN 350 -GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 05 de Setiembre de 2016.

Que, el Artículo 61° de la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente, establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad de! medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del Gobierno Regional.

Que, mediante Ordenanza Regional N° 149- GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 03 de febrero de 2010, se aprueba la creación de la Comisión Ambiental (CAR) de la Región Huancavelica, como una instancia de gestión ambiental encargada de coordinar y concertar la política ambiental regional, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores público privado y sociedad civil, articulando sus políticas ambientales con el Ministerio del Ambiente.

Que, mediante Informe N° 24-2016- GOB.REG.HVCA/CR-CORNYGMA, DE FECHA 31 de agosto de 2016, la comision ordinaria de recursos naturales y gestión del medio ambiente del Consejo Regional de Huancavelica, solicita la modificación del Artículo Segundo de la aludida ordenanza regional incorporando un miembro a la Comisión Ambiental Regional y es la institución OEFA.

Que, la Comisión Ambiental Regional de Huancavelica surge como una instancia de concertación y coordinación de la Política Ambiental Regional, con carácter propositivo y consultivo. No sustituye ni duplica las competencias o responsabilidades de las instituciones y dependencias del Gobierno Regional, sino refuerza la institucionalidad y las capacidades existentes en la región. Es decir busca avanzar en el logro el desarrollo sostenible colaborando en la generación de una visión común compartida.

Que, el Artículo 380 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N? 350 -GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 05 de Setiembre de 2016.

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 149-GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 03 de febrero de 2010, quedando redactado con el siguiente texto sustitutorio:

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión Ambienta! Regional! (CAR) de la Región Huancavelica, estará constituido por los siguientes miembros:

  • Un representante del Gobierno Regional de Huancavelica, quien preside
  • Un representante de las Municipalidades Provinciales del departamento de Huancavelica Un representante de la Dirección Regional Producción Un representante de la Dirección Regional de Educación Un representante de la Dirección Regional de Salud Un representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y saneamiento. Un representante de la Dirección Regional de Energía y Minas Un representante de la Dirección Regional Agraria Un representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Un representante de la Dirección Regional de Trabajo Un representante de la Universidad Nacional de Huancavelica Un representante de la Universidades Alas Peruanas Un representante de la Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre Sierra Central ~ MINAG Un representante de la ONG CEPES Un representante de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú Un representante de las Empresas Mineras que operan en la Región Huancavelica
  • Un representante de la Federación de Comunidades Campesinas de Huancavelica Un representante de la Defensoría del Pueblo e Un representante de la Mesa de Concertación Para la Lucha Contra la Pobreza e Un representante de la Policía Nacional del Perú
  • Un representante de la Administración Local del Agua
  • Un representante de AGRORURAL
  • Un representante de SENASA
  • Un representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental —

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N°? 350 -GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 05 de Setiembre de 2016.

OEFA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Comuníquese la presente Ordenanza Regional a las instancias pertinentes.

Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. En Huancavelica a los cinco días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.

DIÓGENES ANCCASI MARTÍNEZ Presidente de! Consejo Regional!

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/798839-350-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/958999/2735948_ORD-350-201620200706-22528-ap6v04.pdf