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340-GOB-REG-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 340-GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 340-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 26 de Mayo de 2016.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA PARTICIPACION DE HUANCAVELICA EN EL “PROYECTO ESPECIAL BIRREGIONAL ICA - HUANCAVELICA” (PEBIH).

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir ta gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, determina que “La misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región”. Este desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades.

Que, desde fines del año 1940 hasta finales del año 1950: se comienzan a ejecutar las primeras obras del proyecto, que son un conjunto de embalses y obras hidráulicas (Laguna de Orccococha, embalse Choclococha y canal de derivación Choclococha), que permiten derivar las aguas de la cabecera de cuenca del rio Pampas, que en forma natural vertía sus aguas al Atlántico, hacia el océano pacífico pasando por el valle de Ica.

Que, en el año de 1990: Se crea el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) (D.S. N° 021-90-MIPRES) como órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE con sede en la

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Huancavelica, 26 de Mayo de 2016.

ciudad de Ica, con Autonomía Técnica, Económica y Administrativa, con la función de normar, ejecutar y dirigir el proyecto especial.

Que, en el año de 2003, en el marco del proceso de descentralización el Gobierno Nacional transfiere al Gobierno Regional de Ica el Proyecto Especial Tambo - Ccaracocha (PETACC) y la titularidad del sistema hídrico (D.S. N° 021-2003-VIVIENDA), a pesar que la laguna y sus afluentes y la mayor parte de la infraestructura hidráulica se encuentran en la Región de Huancavelica, vulnerando la segunda disposición de la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783.

Que, a finales del año 2005, se da la buena pro a la empresa Lahmeyer Agua y Energía S.A. para la realización de los estudios de factibilidad del proyecto “Choclococha Desarrollado - Recrecimiento de la Presa Choclococha y Canal Colector Ingahuasi” (R.G. N° 074- 2005-GORE-ICAPETACC/GG). Como corresponde para el caso de estudios de este tipo, el PETACC pide y obtiene del Gobierno Central (INRENA-Intendencia de Recursos Hídricos) la reserva por dos años de las aguas procedentes de la subcuenca Ingahuasi en un volumen anual de 52 MMC en julio de 2006 (D.S. N 039-2006- AG).

Que, el Gobierno Regional de Huancavelica cursa varias cartas al Consejo de Ministros y a la Presidencia de la República pidiendo la suspensión de las labores del proyecto del Canal Colector Ingahuasi. Ninguna de estas peticiones fue respondida y aceptada.

Que, en el mes de Noviembre del año 2006, mediante la R.M N° 396-2006-PCM, se constituye una comisión encargada de formular y proponer un Plan Maestro para el manejo integral de la cuenca del río Ica. La Comisión estaba compuesta por un representante de la Intendencia Nacional de Recursos Hídricos, un representante de la ATDR de Ica, dos representantes por cada Gobierno Regional, un representante del PETACC, un representante de las Comunidades Campesinas de Huancavelica y un representante de la Mesa de Gestión del Agua de Huancavelica.

Que en el mes de Octubre del año 2007, se realiza la demanda de los pobladores de la comunidad campesina de Ccarhuancho contra el PETACC y el Gobierno Central, la misma que es tramitada ante el Tribunal Latinoamericano del Agua (TLA), la misma que declara válida la Vulneración del derecho humano al agua de la Comunidad Indígena de Ccarhuancho por la Construcción del Canal Colector Ingahuasi del Proyecto Choclococha, Huancavelica - Perú”, por el cual dictamina la siguiente sentencia:

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Huancavelica, 26 de Mayo de 2016.

a. Responsabilizar al PETACC por la destrucción del sistema hídrico natural y de un ecosistema fundamental para la subsistencia de las comunidades.

b. Censurar a las autoridades gubernamentales del Perú, Ica y del PETACC por la falta de compromiso en el cumplimiento de sus obligaciones nacionales e internacionales y por sus acciones y omisiones en perjuicio de la vida, la salud y la naturaleza.

Que, en el mes de Abril del año 2014, en una sesión descentralizada del Consejo de Ministros en Palpa (Ica), el Presidente de la República y el Ministro de Agricultura y Riego anuncian una inversión de S/. 650 millones por parte del Gobierno para 'traer agua para Ica’. El Ministro aclara que entre las obras se encuentran la represa Tambo y el Canal Colector de Ingahuasi.

Que, los días 16 y 17 del mes de Enero del año 2015, las comunidades campesinas de la zona de transvase y el Gobierno Regional de Huancavelica piden formalmente la intervención de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad (ONDS, PCM) en el conflicto. “FORO REGIONAL DEL AGUA” en la que el Presidente Regional de Ica anuncia la necesidad de un instrumento como el canon hídrico a favor de Huancavelica.

Que, el día 09 del mes de Febrero del año 2015, el Gobernador del Gobierno Regional de Huancavelica, solicita la suspensión del proceso de Licitación de proyectos, como el de la Presa Tambo y Canal Colector de Ingahuasi, que involucra el trasvase de aguas de las cabeceras de cuenca Ubicados en el territorio de Huancavelica a Ica y reitera la solicitud de intermediación de la Oficina Nacional de Dialogo y Sostenibilidad de la PCM para que medie en la resolución del conflicto.

Que, el día 27 del mes de Febrero del año2015, la Presidencia del Consejo de Ministros convoca a los Gobernadores Regionales y Equipos Técnicos del Gobierno Regional de Huancavelica e Ica a una Mesa de Dialogo y se forma LA MESA DE DIALOGO BIRREGIONAL PARA EL DESARROLLO DE HUANCAVELICA e ICA.

Que, con fecha del 17 del mes de Agosto de año 2015, se forma la Mesa de Diálogo Birregiona! para el Desarrollo de Huancavelica e Ica, en la que se llega a los siguientes acuerdos:

a. Constituir la Mesa de Diálogo Birregional para el Desarrollo de Huancavelica e Ica, con incidencia en la Gestión del Agua.

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ORDENANZA REGIONAL N° 340-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 26 de Mayo de 2016.

b. Se aprobó el Reglamento de la Mesa de Diálogo Birregiona! para el Desarrollo de Huancavelica e Ica.

c. Se establece 04 Agendas por parte de Ica y 09 Agendas por parte de Huancavelica, siendo responsabilidad de la Mesa de Diálogo Birregional, desarrollar y aprobar de manera consensuada.

Que, el día 22 del mes de Octubre del año 2015, se realiza la II Reunión de Trabajo de la Mesa de Diálogo Birregional para el Desarrollo de Huancavelica e Ica, en la localidad de Huaytará. En ella se llegaron al siguiente acuerdo: Conformar una Comisión Especial con miembros de la Mesa de Diálogo Birregional, para desarrollar propuestas sobre:

a. Tratamiento Especial Zona de Trasvase. b. Derecho de Uso de Agua y, c. Tratamiento del PETACC.

Que, el día 30 del mes de Noviembre del año 2015, se realizó la Reunión de Trabajo de la Comisión Especial de la Mesa de Diálogo Birregional, en la que se discutió las propuestas de ambas regiones, en la que no hubo consenso, por lo que queda como acuerdo de que las Comisiones Especiales de Huancavelica e Ica, harán una nueva exposición de los trabajos realizados, ante el pleno de la Mesa de Diálogo Birregional, sobre las tres propuestas.

Que, el día 01 del mes de Diciembre del año

2015, se realizó la 111 Reunión de Trabajo de la Mesa de Diálogo Birregional de

Desarrollo de Huancavelica e Ica, realizado en la ciudad de ICA, en la que se

llegaron a los siguientes acuerdos:

a. Se aprueba el Tratamiento Especial de la Zona de Trasvase de Alto Pampas como Comité Especial Eco sistémico Birregional de Choclococha - Alto Pampas.

b. Constituir una Comisión Técnica encargada de diseñar la estructura orgánica del Comité Especial Eco sistémico Birregional de Chociococha.

C. Ratificar la responsabilidad de la Comisión Especial de la Mesa de Diálogo Birregional para entregar una propuesta consensuada sobre el PETACC, en la siguiente Reunión de Trabajo.

Que, el día 18 del mes de Enero del año 2016, se realizó la Reunión de Trabajo de la Comisión Especial de la Mesa de Diálogo Birregional en la ciudad de Lima, con la Facilitación de la ONDS - PCM, participación de Funcionarios de la ANA, MINAM, MINAGRI y AGRORURAL, en la que se arribó a los siguientes acuerdos:

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Huancavelica, 26 de Mayo de 2016.

a. Convertir o transformar el Proyecto Especial Tambo - Ccaracocha (PETACC), en un Proyecto Nacional Birregional, adscrito al MINAGRI, con carácter de Pliego Presupuestal, cuya denominación final será: PROYECTO ESPECIAL BIRREGIONAL ICA ~ HUANCAVELICA (PEBIH).

b. Mientras dure el proceso de constitución y formalización del PROYECTO ESPECIAL BIRREGIONAL ICA -— HUANCAVELICA (PEBIH), el Proyecto Especial Tambo - Caracocha (PETACC), seguirá cumpliendo con normalidad sus competencias y funciones como operador del Sistema de Trasvase de Choclococha.

Que, mediante Ordenanza Regional N° 330- GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 18 de febrero de 2016, se aprueba la participación de Huancavelica en el "PROYECTO NACIONAL BIRREGIONAL DE GESTION DE CUENCAS HIDROGRÁFICAS COMPARTIDAS DE ICA Y HUANCAVELICA” (PNB.GESCHI), constituyéndose como la instancia de gestión de las Cuencas Hidrográficas Compartidas entre Ica y Huancavelica, en absoluta igualdad de condiciones entre ambas regiones, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores público privado y sociedad civil tanto de Ica como de Huancavelica, articulando sus políticas públicas con el Ministerio de Agricultura y Riego y el Ministerio del Ambiente;

Que, el Artículo 389 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;

ORDENA:

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la participación de Huancavelica en el “PROYECTO ESPECIAL BIRREGIONAL ICA - HUANCAVELICA” (PEBIH), constituyéndose como la instancia de gestión de desarrollo de las Cuencas Hidrográficas compartidas entre Ica y Huancavelica, en absoluta igualdad de condiciones entre ambas regiones, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores público privado y sociedad civil tanto de Ica como de Huancavelica, articulando sus políticas públicas con el Ministerio de Agricultura y Riego y el Ministerio del Ambiente; cuyo Consejo Directivo, por parte de Huancavelica, estará integrado por los siguientes miembros:

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N? 340-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 26 de Mayo de 2016.

REGION DE HUANCAVELICA:

Gobierno Regional de Huancavelica (02)

Gobierno Local Provincial de Castrovirreyna (01)

Gobierno Local Provincial de Huaytará. (01)

Gobiernos Locales Distritales de Castrovirreyna (01)

Gobiernos Locales Distritales de Huaytará (01)

Comunidades Campesinas e Indigenas del ámbito de Trasvase de

Chociococha (02)

  1. Comunidades Campesinas Cabeceras de Cuencas San Juan, Pisco y Grande (02)

  2. Junta Usuarios de las zonas alta y media de las cuencas. (02)

Garantía de cumplimiento de las políticas del Estado.

Para garantizar el nivel técnico y el cumplimiento de las políticas del Estado, se deberá promover la participación directa de las siguientes Instituciones Públicas, la que debe ser considerado y formalizado la participación de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), Ministerio del Ambiente (MINAM) y el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI).

ARTÍCULO SEGUNDO.- ELABORAR Y APROBAR las funciones del “PROYECTO ESPECIAL BIRREGIONAL ICA - HUANCAVELICA” (PEBIH), de manera consensuada en la Mesa de Diálogo Birregional para el Desarrollo de Huancavelica e Ica.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que las Instituciones integrantes del Consejo Directivo del “PROYECTO ESPECIAL BIRREGIONAL ICA - HUANCAVELICA” (PEBIH), deberán designar a un representante titular y un alterno, en el caso de que no sean Autoridades Elegidas, mediante comunicación escrita, la misma que deberá ser suscrito por el directivo del más alto nivel de la entidad.

ARTÍCULO CUARTO.- DÉJENSE sin efecto legal la Ordenanza Regional N° 330-GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 18 de febrero de 2016 y demás normas regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación.

En Huancavelica a los veintiséis días del mes de_mayo del mil dieciséis


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