Ordenanza N.° 333-GOB.REG-HVCA/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
¿BLICA Dey AS % E .
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 333-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 03 de Marzo de 2016.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE HUANCAVELICA 2016.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la
, SUS normas y idad, legalidad
Que, conforme al Artículo 13° del citado dispositivo, Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, Programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, asi como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC.
Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2014-IN, se aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en su Artículo 47° que, los órganos de ejecución de seguridad ciudadana en el ámbito regional y en el ámbito local, a que se refieren los incisos
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N? 333-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 03 de Marzo de 2016.
consideran los planes aprobados por los comités provinciales y distritales de su circunscripción territorial. Para la formulación de los planes provinciales se consideran los planes aprobados por los comités distritales de su circunscripción territorial. Formuladas las propuestas de planes de seguridad ciudadana, los órganos de ejecución los pondrán en conocimiento de sus correspondientes instancias de coordinación interinstitucional para su aprobación, buscando el consenso de sus miembros. Además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como políticas regionales, provinciales y distritales ciudadana en las regiones, provincias y distritos del país, los cuales están sujetos a evaluación anual.
2014-IN, establece que son funciones de la Secretaría Técnica del Comité
de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su ratificación mediante Ordenanza Regional.
Que, el Plan Regional de seguridad Ciudadana de Huancavelica 2016, obedece a la necesidad de contar con un instrumento de gestión interinstitucional Para reducir la violencia y la inseguridad desde una óptica integral, multisectorial, dentro del marco de las políticas del Consejo
estrategia de lucha contra la Inseguridad Ciudadana en Huancavelica, con la participación activa y coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad , Policía Nacional del Perú y otras instituciones Públicas y Privadas a través del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC).
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;
ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Huancavelica 2016, aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Huancavelica, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional como Anexo 1.
euch DEL a *
<<
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 333-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 03 de Marzo de 2016.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia General, a la Oficina Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil y demás unidades orgánicas del Gobierno Regional, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional,
ARTICULO TERCERO.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación.
En Huancavelica a los tres días del mes de marzo del dos mil dieciséis
DIÓGENES ANCCASI MARTÍNEZ Presidente del Consejo Regional
POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/798824-333-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/958986/928227_ORD-333-201620200706-22528-55epkq.pdf