Ordenanza N.° 324-GOB.REG-HVCA/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
E SECRETA!
AL DEL CONSEJO REGIONAL DA FE:
ha sión tomada
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL ORDENANZA RE N°” 324-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 21 de Enero de 2016.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 301- GOB.REG.HVCA/CR.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.
Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerios de Salud es el ente rector del Sector Salud. que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema de Salud, con la.finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud y del desarrollo de un entrono saludable, con pleno resto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 301- GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 21 de mayo de 2015, se aprueba priorizar la promoción de la actividad física para la salud y el transporte no motorizado, como estrategia para protección del ambiente, generación de alternativa de transporte sostenible y fortalecer la salud de los ciudadanos en la Región Huancavelica, en cuyo artículo tercero se encarga a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática responsable para elaborar diagnóstico de la actividad física y transporte no motorizado en la región, coordinando los indicadores a considerarse con la Dirección Regional de Salud -Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud e involucrando para la obtención de información a las Gerencias Sub Regionales.
Que, estando al punto anterior la Sub Gerencia De Desarrollo Institucional e Informática señala que lo considerado en el Artículo tercero de la Ordenanza Regional N° 301-GOB.REG.HVCA/CR, no es función de
3A DE po E
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL : ORDENANZA REGIONAL N° 324-GOB.REG-HVCA/CR.
Huancavelica, 21 de Enero de 2016.
dicha oficina, amparándose en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Manual de Organización y Funciones MOF.
Que, mediante Oficio No 01-2016- GOB.REG.HVCA/CR-CODS, de fecha 11 de enero de 2016, la presidenta de la comisión ordinaria de desarrollo social remite el informe N° 01, sobre modificación de la ordenanza regional N° 301-GOB.REG.HVCA/CR, para su debate y aprobación correspondiente modificando el Artículo Tercero de la aludida ordenanza regional.
Que, el Artículo 380 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto mayoritario de sus miembros;
ORDENA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del Artículo Tercero de la Ordenanza Regional N° 301-GOB.REG.HVCA, de fecha 21 de mayo de 2015, con el siguiente texto sustitutorio:
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social, como responsable para elaborar el diagnóstico de la actividad física y transporte no motorizado en la región, coordinando los indicadores a considerarse con la Dirección Regional de Salud - Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud e involucrando para la obtención de información a las Gerencias Sub Regionales.
ARTICULO SEGUNDO.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica a los veintiún dias del mes de enero del dos mil dieciséis
DIÓGENES ANCCASI MARTÍNEZ Presidente del Consejo Regional
etch DEL oe e
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL 2x0 ORDENANZA REGIONAL : N° 324-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 21 de Enero de 2016.
POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintinueve dias del mes de enero del año dos mil dieciséis.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/798815-324-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/958977/1759954_ORD-324-201620200706-22528-f1fbyy.pdf