Acuerdo Regional N.° 314-2024/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONA L DE
HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 314·2024·fiOII.RlfiHY{A/{R litw11cave/;ca, 20 de diciembre de 2024. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 20 de diciembre de 2024, con el voto unánime de sus integrantes;
CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Articulo 191° de la Constitución Política ~~º ~G'.1, modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre ~ 6 ~-i: Descentralización, concordante con el Articulo 31 ° de la Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización g,-f -r1 ····¡¡ ~ con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
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Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante Oficio Nº 534-2024-MDPA, de fecha 14 de noviembre de 2024, el Alcalde de la municipalidad distrital de Pazos, solicita al pleno del Consejo Regional se declare de necesidad púbica e interés regional la ejecución y construcción del cerco perimétrico del Instituto Superior Tecnológico Público de Pazos, del distrito de Pazos, provincia de Tayacaja y departamento de Huancavelica.
Que, conforme dispone el literal d) del Artículo 9º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias de los gobiernos regionales d) Promover y ejecutar
ºQJ·······I..· ~ de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de
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versión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.
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Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de
gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos
internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno
Regionales el Consejo Regional de Huancavelica;
GOBIERNO REG IONAL DE
HUANCA. VELICA
CONSEJO REGIONAL
AtUERDO DE {ONSE/0 REGIONAL
Nº 314-2024-fiOB.RlfiHt'fJl/fR
H11a11cave!ica, 20 de diciembre de 2024.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional, la
ejecución y construcción del cerco perimétrico del Instituto Superior Tecnológico Público de Pazos, del distrito
de Pazos, provincia de Tayacaja y departamento de Huancavelica.
ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional
Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481046-314-2024-gob-reg-hvca-cr
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646297/6481046-acuerdo-de-consejo-regional.pdf