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298-2023-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo Regional N.° 298-2023/GOB.REG-HVCA/CR

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COBI ERNO REGION AL íl) E Hl!A NCAVELICA

CONSEJ O REGiONAL

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ll' 2!!J)Bp2(//)2Jp@f/P!ll!ilfolll!Jlf/J/IR l-Jum1cm·e!ica, 14 diciembre dr.: 2023. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 14 de diciembre de 2023, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Articulo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 º dela Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Articules 188º y 192º de la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, ~ Capitulo IV _?el Titulo IV, sobre Dece~!ralización,. ~stablecen q~~ el objetivo fundamental de la

descentralIzacIon como forma de orgarnzacIon democratlca y de polit1ca permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más Importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar !a Participación Ciudadana. Que, el Consejero por la provincia de Huancavelíca, senor José Torres Huamani, solicita al pleno del Consejo Regional la aprobación de la conformación de una comisión especial encargada de la elaboración del proyecto de creación del Fondo Social del Agua de la cuenca del rlo Mantaro, como un nuevo instrumento de lucha contra la pobreza, concebido como una forma de intervención más rápida, eficiente y flexible para canalizar subsidios directos y transferir recursos y servicios a favor de la población de la zona de influencia. Que, el artículo 21 e , capitulo IV del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 303-GOB.REG.HVCA/CR De los Consejeros Regionales, establece, "la función del consejero, consejera regional, comprende los trabajos en las sesiones del pleno del Consejo Regional, de las comisiones permanentes, investigadoras o especiales, la atención a los ciudadanos, las organizaciones sociales y otros trabajos de carácter regional que sea de su obligación personal". Que, el Articulo 89e del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 303-GOB.REG.HVCA/CR, establece que: "Se conformaran comisiones especiales para asuntos especificas que no correspondan a ninguna de las comisiones ordinarias o que por

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su importancia o gravedad se hicieran necesarios. El Acuerdo de Consejo Regional determinará con precisión el encargo, la conformación y el plazo de vigencia de la comisión. Que, el Apartado a) del Articulo 15º de la ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que son atribuciones del consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos de su competencia y funciones del Gobierno Regional; RE

Que, conforme dispone el Articulo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de . Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos ;internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales: el Consejo Regional; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - APROBAR la conformación de la Comisión Especial del Consejo Regional de Huancavelica, encargada de efectuar la evaluación, el estudio y análisis respecto a la creación del Fondo Social del Agua de la Cuenca del rio Mantaro, la misma que estará integrada de la siguiente manera: ►

► .►

José Torres Huamani Héctor Bar! Mamani Coila Paul Laurente Enriquez

Presidente

ARTÍCULO SEGUNDO. · OTORGAR un plazo de 30 dias calendario para que la Comisión Especial a que se refiere el artículo precedente pueda presentar su informe y/o dictamen correspondiente. ARTÍCULO TERCERO. - COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes.

Regístrese, Publíquese y Cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480215-298-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645150/6480215-acuerdo-de-consejo-regional.pdf