Ordenanza N.° 293-GR-HVCA/CR
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AICA vey pe te,
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 293-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 27 de Febrero de 2015.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO, HUANCAVELICA AL 2021.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.
Que, de conformidad a lo prescrito por el Artículo 192° de la Constitución Política del Perú “Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividad y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”, Inciso 2) Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil.
Que, el numeral 17.1) del Artículo 7° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, se establece que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública;
Que, el literal b) del numeral 1) del Artículo 10% de la ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la competencia exclusiva del Gobierno Regional formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de la región; .
Que, la ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establecen que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamente los asuntos materias de competencia del Gobierno Regional; y Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N? 293-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 27 de Febrero de 2015.
Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional;
Que, la Ley N° 28522 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, en su Artículo 10), Inciso 3) refiere como función asesorar a la entidades del Estado y los gobierno locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos de desarrollo nacional previstos en el PEDN;
Que, habiéndose emitido la Directiva N° 001-2014- CEPLAN, con fecha 04 de abril del año 2014 - Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico, con la que todas tas instituciones del sector público deben formular sus planes estratégicos con los nuevos lineamientos, que incluyen dentro de sus principales cambios el uso de la prospectiva;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 242-GOB. REG-HVCA/CR de fecha 08 de noviembre del 2013, dispone aprobar la actualización del “Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado y Participativo de Huancavelica 2004-2015”;
Que, mediante Oficio N° 082-2014-CEPLAN/DNCP de fecha 31 de diciembre del 2014, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, emite .conformidad al Plan de Desarrollo Regional Concertado Huancavelica al 2021, por cumplir satisfactoriamente con la estructura y los contenidos establecidos en la Directiva N* 001-2014-CEPLAN;
Que, mediante Acta de Validación del Plan de Desarrollo Regional Concertado Huancavelica al 2021, por el Comité Ejecutivo Regional de fecha 16 de febrero del 2015, los miembros del Comité Técnico Regional vatidan el Plan de Desarrollo Regional Concertado Huancavelica al 2021, por tanto se prosiga con las acciones finales para su aprobación oficial;
Que, el Plan de Desarrollo Concertado, representa la propuesta acordada por los actores claves de la región, para orientar el proceso de desarrollo de dicho ámbito territorial. Por tanto, es un acuerdo y compromiso político - social que establece las orientaciones y prioridades estratégicas de desarrollo de la región;
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 293-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 27 de Febrero de 2015.
Que, el Artículo 38° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;
ORDENA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Plan de Desarrollo Regional Concertado Huancavelica al 2021, elaborado por el Gobierno Regional de Huancavelica, como instrumento técnico para orientar el proceso de desarrollo en el ámbito regional, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la difusión y distribución del “Plan de Desarrollo Regional Concertado Huancavelica al 2021”, a los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, Instituciones Públicas y Privadas y a las Organizaciones de la Sociedad Civil, para su implementación de manera concertada, en concordancia con los objetivos estratégicos establecidos, a fin de garantizar el desarrollo integral y sostenible.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la implementación de la Fase Institucional, en marco de la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico — Directiva N° 001-2014-CEPLAN.
ARTICULO CUARTO.- COMUNÍQUESE la presente Ordenanza Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para su cumplimiento conforme dispone los artículos anteriores de la presente Ordenanza Regional.
En Huancavelica a los veintisiete días del mes de Febrero del dos mil quince.
ALBERTO DÁVILA PERALTA Consejero Delegado
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N? 293-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 27 de Febrero de 2015.
POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los dieciséis días del mes de Marzo del año Dos Mil Quince.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/759949-293-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/917572/698352_or-293-1520200702-26857-z3adkk.pdf