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263-GR-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 263-GR-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA.

CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N 263-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 19 de Febrero de 2014.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA GERENCIA SUB REGIONAL DE HUAYTARA.

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa

Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública.

Que, el numeral 1.1 del Artículo 1 de la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, dentro del citado contexto normativo y estando a los Informes Técnicos emitidos por las áreas correspondientes, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática remite Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) de la Gerencia Sub Regional de Huaytara, previo trabajo coordinado y consensuado con diferentes sectores y niveles del Gobierno Regional;

Que, el Artículo 380 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 263-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 19 de Febrero de 2014.

modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto mayoritario de sus miembros;

ORDENA:

ARTICULO PRIMERO. APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora N° 007 - Gerencia Sub Regional de Huaytara, conforme al anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) de la Unidad Ejecutora N° 007 - Gerencia Sub Regional de Huaytara, conforme al anexo 2 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional

ARTICULO TERCERO.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los diecinueve días del mes de Febrero de 2014.

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA GERENCIA SUB REGIONAL HUAYTARA

OFICINA SUB REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

REGLAMENTO DE

OGANIZACION Y FUNCIONES

HUAYTARA - HUANCAVELICA FEBRERO - 2014

oc

] REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA GERENCIA

E SUBREGIONAL DE HUAYTARA _ INDICE = INTRODUECION 4 MÍ TITULO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES. 5 o Capitulo 1: Objetivo, Contenido, Alcances, Domicilio y Base Legal .... 5 Capítulo 11: Naturaleza, Finalidad, Jurisdicción, Funciones Generales y Base Legal 6 7 TITULO Il: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA .....2-.00-00+ " = Capítulo 1: Estructura Orgánica de la Gerencia Sub Regional de Huaytará. ... Ñ Mi TITULO Ill: DE LA FINALIDAD Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE LA = GERENCIA SUB REGIONAL DE HUAYTARA ... 7

  • Capitulo I: Órgano de Dirección..... 12

1.1. Gerencia Sub Regional... 12 ne Capitulo 11: Órgano de Control Institucional... 14 7 2.1. Oficina Sub Regional de Control Institucional... 14 ~ Capitulo lil: Órganos de Asesoramiento 18 ~ 3.1. Oficina Sub Regional Asesoría Juridica... 18 L 3.2. Oficina Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto 18 = Capitulo IV: Organos de Apoyo .. 20 y 4.1. Oficina Sub Regional de Administración. . 20 = 4.2. Oficina Sub Regional de Estudio de Preinversion ... 24 ae 4.3. Oficina Sub Regional de Supervisión y Liquidación... 25 y Capitulo V: Órganos de Linea..... 26 = 5.1. Unidad de Infraestructura... 26 ~ 5.2. Unidad de Servicios Múltiples. 28 y 5.3. Unidad de Comunidades Campesinas e Inclusión SOCIA. coccion 33 ~ 5.4. Unidad Operativa Agraria... yl 5.5. Unidad Operativa Salud... Capitulo VI: Órgano Desconcentrado......

6.1. Hospital de Huaytara comoccoccononcccnccnanoo 44

TITULO IV: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES.

Capítulo I: Disposiciones Complementarias.

Capitulo Il: Disposiciones Transitorias....

Capítulo Ill: Disposiciones Finales... ANEXOS:

ANEXO 1: Organigrama estructural de la Gerencia Sub Regional de Huaytará

ANEXO 2: Organigrama estructural del Hospital de Huaytará

INTRODUCCION

La actual gestión de la Gerencia Sub Regional de Huaytará, tomo la determinación de iniciar las acciones que permitan sentar las bases para el logro de un desarrollo institucional integral y sostenible, alineado a los objetivos y metas de los Planes de Desarrollo; con el objeto de revertir un status quo organizacional no compatible con la realidad de nuestra Sub Región.

De acuerdo con los resultados del diagnostico situacional, la Estructura organizacional de la Gerencia Sub Regional de Huaytará vigente a devenido en obsoleta ya que existe un crecimiento tanto de la población como de la demanda de servicios por parte de ésta, dicho Esquema Organizacional no se encuentra preparado para asumir las funciones y competencias con eficiencia y eficacia.

En este contexto la Gerencia Sub Regional de Huaytará ha formulado el presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF), teniendo en cuenta las normas legales vigentes, con el objetivo de establecer las bases organizacionales que permitan cumplir a cabalidad nuestras funciones bajo condiciones de eficiencia, transparencia y oportunidad.

Los cambios permanentes del entorno, exigen que sus organizaciones sean ágiles para responder y atender las demandas de la población, que, usualmente, exige resultados concretos de la actuación de la Administración Pública.

En tal sentido, nuestro diseño organizacional está orientado a la medición de los resultados, porque somos conscientes que lo que no se mide, no se puede controlar y lo que no se controla, no se puede efectuar la gerencia.

Igualmente, buscamos asegurar el desarrollo regional en base a planes y proyectos concertados, dirigidos a satisfacer las necesidades más urgentes y prioritarias de la población, para así contribuir a la generación de bienestar para todos.

Con este diseño organizacional pretendemos establecer una gestión al servicio del ciudadano, por encima de otras consideraciones. El esfuerzo permanente se debe concentrar en tener la mejor organización y los mejores recursos, que permitan prestar los mejores servicios y tener la máxima transparencia mediante el acceso sencillo a la información que cada uno requiera.

Oficina Subregional de Plancamiento y Presupuesto

REGLAMENTO DE ORGAN ACIÓN Y FUNCIONES DE LA ¿RENCIA SUB REGIONAL DE HUAYTARA

TITULO 1 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 1 OBJETIVO, CONTENIDO, ALCANCES, DOMICILIO Y BASE LEGAL

DEL OBJETIVO ARTICULO 1°.- El Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) tiene como objetivo establecer y desarrollar el marco normativo de gestión y administración institucional de la Gerencia Sub Regional de Huaytará. En adelante toda alusión al Reglamento debe entenderse que se refiera al Reglamento de

Organización y Funciones de la Gerencia Sub regional de Huaytará.

DEL CONTENIDO ARTÍCULO 2°. El Reglamento contiene la naturaleza, finalidad, objetivos, principios, competencias, funciones generales, estructura orgánica, organización funcional, atribuciones y funciones de sus órganos, así mismo el régimen económico, financiero y laboral, las relaciones de coordinación y las disposiciones complementarias, transitorias y finales.

DEL ALCANCE

ARTÍCULO 3°.- Las normas establecidas en el presente Reglamento son de obligatorio cumplimiento por todos los Órganos Estructurados de la Gerencia Sub Regional de Huaytará.

DEL DOMICILIO ARTÍCULO 4°. La Sede de la Gerencia Sub Regional de Huaytará se encuentra en la capital de la Provincia de Huaytará, cuyo domicilio legal está ubicado en el Jr.

Municipalidad S/N de la localidad de Huaytará, del departamento de Huancavelica.

CAPITULO II

NATURALEZA, FINALIDAD, JURISDICCIÓN, FUNCIONES GENERALES Y

BASE LEGAL

DE LA NATURALEZA JURIDICA ARTÍCULO 5'.- La Gerencia Sub Regional de Huaytará es una persona jurídica de derecho público, con autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, una unidad ejecutora del

Gobierno Regional de Huancavelica.

DE LA FINALIDAD ARTÍCULO 6°. La finalidad de la Gerencia Subregional de Huaytará es fomentar el desarrollo de la provincia de Huaytará de manera, integral y sostenible. Promoviendo la inversión pública y privada, la generación de empleo; asimismo garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de su población de acuerdo con los

planes y programas de desarrollo nacionales, regionales y locales.

DE LA DEPENDENCIA

ARTÍCULO 7°- La Gerencia Subregional de Huaytará, constituye el nivel

descentralizado u operativo del Gobierno Regional de Huancavelica, tiene un nivel de desconcentración administrativa que: a. Determina y recauda ingresos;

b. Contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación

aplicable; c. Registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; d. Informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas;

Recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o

£.. Se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda

JURISDICCIÓN ARTÍCULO 68*.- El presente documento de gestión tiene jurisdicción dentro de la

Provincia de Huaytará y los distritos que comprende

DE LAS FUNCIONES GENERALES ARTÍCULO 9”.- Son funciones Generales del Gobierno Regional de Huancavelica, conforme al Artículo 44? de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las

siguientes:

Función Normativa y Reguladora.- Elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia.

Función de Planeamiento.- Diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización y a la presente Ley.

Función Administrativa y Ejecutora.- Organizando, dirigiendo y ejecutando los recursos financieros, bienes, activos y capacidades humanas, necesarios para la gestión regional, con arreglo a los sistemas administrativos nacionales.

Función de Promoción de las Inversiones.- Incentivando y apoyando las actividades del

sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios para tal fin.

Función de Supervisión, Evaluación y Control.- Fiscalizando la gestión administrativa

regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales y la calidad de los servicios,

fomentando la participación de la sociedad civil..

DE LAS COMPETENCIAS

ARTÍCULO 10°.- Las competencias de la Gerencia Sub Regional de Huaytará son: a.- COMPETENCIAS CONSTITUCIONALES:

  • Conducir su organización interna y su presupuesto.

  • Participar en la formulación y aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil.

  • Administrar sus bienes y sus rentas.

  • Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad.

  • Promover el desarrollo socioeconómico Sub Regional y ejecutar los planes y programas correspondientes.

  • — Dictar normas inherentes la gestión Sub Regional.

  • Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto Sub Regional y Regional.

  • Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.

  • Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley.

b.- COMPETENCIAS EXCLUSIVAS:

Planificar el desarrollo integral de la provincia de Huaytará y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes.

Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito Sub Regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos. Diseñar y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores económicos y de ciudades intermedias.

Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios.

Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria y otros sectores productivos de acuerdo sus potencialidades. Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en los ejes de desarrollo. Concretar acuerdos con otras provincias para el fomento del desarrollo económico, social y ambiental.

Organizar y aprobar los expedientes técnicos sobre acciones de demarcación territorial en su jurisdicción, conforme a la ley de la materia.

Promover la modernización de la pequeña y moderna empresa Sub Regional, articuladas con las tareas de educación, empleo y a la actualización de la innovación tecnológica.

Dictar las normas sobre asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes.

Otras que se señale por ley expresa.

c.- COMPETENCIAS COMPARTIDAS:

Gestión de los servicios de salud.

Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel correspondiente agricultura, comercio, turismo, transportes, comunicaciones, etc.

Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad

ambiental.

Preservación y administración de las reservas y áreas protegidas regionales.

Difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones culturales de la Sub Región. Competitividad regional y la promoción del empleo productivo en todos los

niveles.

Otras que se le asigne conforme a ley.

DE LAS BASE LEGAL

ARTÍCULO 11°.- Las funciones de la Gerencia Sub Regional de Huaytará, se sustentan

en las siguientes normas:

Constitución Política del Perú. Ley N° 27658. Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y ampliatorias, las Leyes Nros. 27902, 28013, 28161, 28926, 28961 y 28968.. La Ley N° 29035, que faculta a los Gobiernos Regionales y Locales, llevar a cabo el proceso de restructuración, previo acuerdo de su respectivo órgano normativo y fiscalizador. Faculta el desarrollo de acciones de modernización de la Gestión Pública, orientada a incrementar su nivel de eficiencia, mejorar la atención a la ciudadanía y la optimización del uso de los Recursos Públicos. Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, Que regula los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública. Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley N° 29693 Ley General del sistema Nacional de Tesorería Decreto Legislativo 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico”. Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento R. D. N° 002-2007-EF/77.15 que aprueba Directiva 001-2007-EF/77.15. Resolución de Contraloría General N° 459-2008-CG — Reglamento de los Órganos de Control Institucional - y sus modificatorias R.C. N° 099-2010-CG, R.C. N°220- 2011-CG. Ley N° 28273; Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y

Locales. Resolución Ministerial N° 566-2005/MINSA; Aprueba Lineamientos para la

adecuación de la organización de las Direcciones Regionales de Salud en el marco

del proceso de Descentralización. Resolución Ministerial N 603-2006/MINSA; Aprueba la directiva N° 007-

MINSA/OGPP-V02 “Directiva para la formulación de Documentos Técnicos

Normativos de Gestión Institucional”.

TITULO U DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPITULO 1 ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA GERENCIA SUB REGIONAL DE HUAYTARA ARTÍCULO 12°.- Estructura Orgánica La estructura orgánica de la Gerencia Sub Regional de Huaytará, unidad ejecutora del

Gobierno Regional de Huancavelica, es la siguiente:

  1. ÓRGANO DE DIRECCIÓN 01.1. Gerencia Sub Regional
  2. ORGANO DE CONTROL 03.1. Oficina Sub Regional de Control institucional
  3. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 04.1. Oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica 04.2. Oficina Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto
  4. ÓRGANOS DE APOYO 05.1. Oficina Sub Regional de Administración 05.2. Oficina Sub Regional de Estudios de Pre inversión 05.3. Oficina Sub Regional de Supervisión y Liquidación
  5. ÓRGANOS DE LÍNEA 06.1. Unidad de Infraestructura 06.2. Unidad de Servicios Múltiples 06.3. Unidad de Comunidades Campesinas e Inclusión Social 06.4. Unidad Operativa Agraria 06.5. Unidad Operativa Salud
  6. ÓRGANO DESCONDENTRADO 06.1. Hospital de Huaytará.

TITULO MI DE LA FINALIDAD Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE LA GERENCIA SUB REGIONAL DE HUAYTARA

CAPITULO I ORGANO DE DIRECCIÓN

DE LA GERENCIA SUB REGIONAL

ARTÍCULO 13°.- La Gerencia Sub Regional de Huaytará es una dependencia administrativa del Gobierno Regional de Huancavelica a nivel provincial, tienen la responsabilidad de ejecutar, coordinar, difundir, promocionar, supervisar, apoyar y asesorar las actividades relacionadas con los servicios básicos, tales como educación, salud, agricultura, energía, turismo y otros servicios inherentes a la gestión del Estado.

La Gerencia Sub Regional está diseñada para proporcionar una administración técnica operativa multisectorial, con capacidad de iniciativa, proyección, formulación y programación presupuestal, ejecución y supervisión de obras destinadas a cubrir las

demandas de la provincia, con miras hacia su desarrollo socioeconómico.

ARTÍCULO 14°.- La Gerencia Sub Regional de Huaytará, tiene las siguientes funciones Generales:

  1. Función de Planeamiento

  2. Función Administrativa y ejecutora

  3. Función de la Promoción de la Inversión

Función de Supervisión, Evaluación y Control

ARTICULO 15°.- La Gerencia Sub Regional de Huaytará tiene las siguientes funciones específicas:

  1. Coordinar, supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de los programas y proyectos asignados a la Gerencia Sub Regional, velando por el adecuado y oportuno cumplimiento de objetivos y metas previstas en los planes y programas del Gobierno Regional

  2. Supervisar y evaluar la ejecución y calidad de los servicios públicos y

administrativos que brinda el Gobierno Regional en su jurisdicción respectiva.

  1. Ejecutar y supervisar la aplicación de las Normas Técnicas y Administrativas, emitidas por los organismos de nivel nacional y regional.
  2. Participar, en lo que corresponda a la Gerencia Sub Regional, en formular y sustentar las propuestas de los anteproyectos siguientes: a. Plan de Desarrollo Regional Concertado b. Plan Anual y Presupuesto Participativo Anual c. Plan Estratégico Institucional d. Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales. e. Programa de Competitividad Regional f. Programa de Desarrollo Institucional Reglamento de Organizaciones y funciones

h. Texto Único de Procedimientos Administrativos

Cuadro para Asignación de Personal. 5. Emitir Resolución Sub Regional, en el marco de su competencia 6. Conformar la comisión permanente que estará a cargo de los procesos

administrativos disciplinarios que se instauren en el ámbito de su jurisdicción.

ll

Supervisar el cumplimiento de las publicaciones sobre transparencia pública,

estadísticas regionales y otras establecidas por ley, en el portal electrónico del

Gobierno Regional.

  1. Administrar los bienes y las rentas del Gobierno Regional, dentro de su jurisdicción.

  2. Ejecutar, supervisar y evaluar la gestión financiera de la unidad ejecutora.

  3. Cautelar, en lo que corresponde a la Gerencia Sub Regional, que se formulen, en

los plazos previstos, los documentos de gestión, técnico normativo así como la

información presupuestaria, financiera, informe y memoria anual, para ser presentados ante las instancias correspondientes,

IL. Asegurar, en lo que corresponde a la Gerencia Sub Regional el cumplimiento de convenios celebrados por el Gobierno Regional con. instituciones académicas, universidades y centros de investigación públicos y privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica e investigación.

  1. Cautelar la aplicación de las normas legales en el gasto institucional conjuntamente con la respectiva Oficina de Apoyo Administrativo.

  2. Participar en el proceso de evaluación de los diversos planes y programas de los

órganos estructurados de la Gerencia Sub Regional.

  1. Designar representantes del Gobierno Regional, dentro de su jurisdicción, que fueran necesarios ante cualquier comisión, congreso u otros similares.

  2. Gestionar la formulación y aprobación de los estudios de pre inversión.

  3. Evaluar y supervisar los actos administrativos de sus órganos dependientes.

  4. Las demás que sean asignadas por el Gerente General Regional

CAPITULO II ORGANO DE CONTROL

DE LA OFICINA SUB REGIONAL DE CONTROL INSTITUCIONAL

ARTICULO 16°.- La Oficina Sub Regional de Control Institucional constituye la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 7° y 8° de la Ley, con la finalidad de promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de labores de control.

El OCI será conducido por el funcionario que haya sido designado o reconocido como Jefe de OCI por la Contraloría General, con quien mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa conforme a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley. En tal sentido, el Jefe del OCI tiene la obligación de dar cuenta a la Contraloría General del ejercicio de sus funciones.

Para fines exclusivos de un desempeño independiente del control gubernamental, el OCI se ubica en el mayor nivel jerárquico de la estructura de la entidad.

Sin perjuicio del cumplimiento de su obligación funcional con la Contraloría General, el Jefe del OCI informa directamente al Titular de la entidad sobre los requerimientos y

resultados de las labores de control inherentes a su ámbito de competencia.

ARTÍCULO 17°.- La Oficina Sub Regional de Control Institucional de la Gerencia Sub

Regional de Huaytará, tiene las siguientes funciones:

a) Coordinar en lo que corresponde con los OCI de las entidades y órganos desconcentrados comprendidos en la región, para efectos de formular el Plan Anual de Control, cumplir con las disposiciones del Sistema Nacional de Atención de

Denuncias, uniformizar criterios para la ejecución de las labores de control, entre

b)

h)

k)

otros, con la finalidad de contribuir a un desarrollo óptimo y uniforme del control gubernamental.

Integrar y consolidar la información referida al funcionamiento, desempeño, limitaciones u otros, de los OCI de las entidades comprendidas en la región, cuando la Contraloría General lo disponga.

Informar a la Contraloría General sobre cualquier aspecto relacionado con los OCI de las entidades comprendidas en la Gerencia Sub Regional, que pueda afectar su funcionamiento, así como los referentes al desempeño funcional de los Jefes de OCI, a fin de ser evaluado por la Contraloría General.

Emitir el Informe Anual al Consejo Regional, conforme a las disposiciones emitidas por la Contraloría General.

Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control a que se refiere el artículo 7° de la Ley, así como el control externo a que se refiere el artículo 8° de la Ley, por encargo de la Contraloría General.

Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloría General.

Ejecutar las labores de control a los actos y operaciones de la entidad que disponga la Contraloría General. Cuando estas labores de control sean requeridas por el Titular de la entidad y tengan el carácter de no programadas, su ejecución se efectuará de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloría General.

Ejercer el control preventivo en la entidad dentro del marco de lo establecido en las disposiciones emitidas por la Contraloría General, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior. Remitir los Informes resultantes de sus labores de control tanto a la Contraloría General como al Titular de la entidad y del sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.

Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que se adopten las medidas correctivas pertinentes.

Orientar, recibir, derivar y/o atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios públicos y ciudadanía en general, sobre actos y operaciones de la entidad,

otorgándole el trámite que corresponda a su mérito, de conformidad con las

disposiciones del Sistema Nacional de Atención de Denuncias y las que establezca la Contraloría General sobre la materia.

  1. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.

m) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente la entidad como resultado de las labores de control, comprobando y calificando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones de la materia.

n) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las labores de control en el ámbito de la entidad. Asimismo, el Jefe del OCI y el personal de dicho Órgano colaborarán, por disposición de la Contraloría General, en otras labores de control, por razones operativas o de especialidad.

  1. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta.

p) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobación correspondiente.

q) Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría General.

r) Cautelar que la publicidad de los Informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia.

  1. Cautelar que cualquier modificación del Cuadro para Asignación de Personal, así como de la parte correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones, relativos al OCI se realice de conformidad con las disposiciones de la materia.

t) Promover la capacitación permanente del personal que conforma el OCI, incluida la Jefatura, a través de la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General o de cualquier otra Institución universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en temas vinculados con el control gubernamental, la Administración Pública y aquellas materias afines a la gestión de las organizaciones.

u) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría General durante

diez (10) años los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y

tividad funcional de los OCI, luego de los cuales

los documentos relativos a la quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público. El Jefe del OCI

adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental.

y) Cautelar que el personal del OCI dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia.

w) Mantener en reserva la información clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades.

x) Otras que establezca la Contraloría General.

Adicionalmente al cumplimiento de las funciones asignadas, el Órgano de Control

Institucional, ejercerá las atribuciones que le confiere el Artículo 15° de la ley N° 27785:

ARTÍCULO 18*.- La Oficina Sub Regional de Control Institucional de la Gerencia Sub

Regional de Huaytará, en Conformidad al Art. 23 del reglamento de los Órganos de

Control Institucional, se abstendrá de realizar o intervenir en funciones y actividades

inherentes al ámbito de competencia y responsabilidad de la administración y gestión de la

Entidad. En concordancia con ello, y sin que esta enumeración tenga carácter limitativo,

se encuentran impedidos de:

a) Realizar labores de control que tengan como objetivo verificar denuncias, quejas, reclamos u otros aspectos referidos a la relación laboral de los funcionarios y servidores de la Entidad.

b) Sustituir a los servidores y funcionarios de la Entidad en el cumplimiento de sus funciones.

€) Visar, refrendar o emitir documentos como requisito para aprobación de actos u operaciones propios de la administración, con excepción de los actos propios del Órgano de Control.

d) Efectuar toma de inventario y registro de operaciones, y participar en las acciones seguridad o protección de bienes, propias de la labor de la administración.

e) Participar como miembro de los Comités Especiales de Contrataciones y

Adquisiciones, de acuerdo a las disposiciones vigentes.

f) Otros que sean determinados por la normativa respectiva.

CAPITULO IL ORGANOS DE ASESORAMIENTO

DE LA OFICINA SUB REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA

ARTÍCULO —19%.- La oficina Sub Regional de Asesoría Jurídica, es el órgano de asesoramiento encargado de proporcionar asesoría jurídica a la Alta dirección así como a los demás órganos de la Gerencia Sub Regional

ARTÍCULO 20°.- Son funciones de la Oficina Sub Regional de Asesoría Juridica, las siguientes:

a) Coordinar, informar, opinar, y absolver consultas sobre los aspectos jurídicos administrativos no contenciosos y proyectos que formulen las diferentes dependencias de la Gerencia Sub Regional.

b) Opinar y asesorar sobre la aplicación de las normas legales emanadas del Gobierno Nacional con implicancias en los Gobiernos Regionales.

e) Compilar, clasificar, procesar, sistematizar y difundir a nivel de las diversas dependencias de la Gerencia Sub Regional, la legislación de carácter nacional y regional relacionada con los Gobiernos Regionales.

d) Supervisar la formulación de resoluciones, contratos, convenios y demás documentos que la Gerencia Sub Regional debe celebrar con terceros y opinar cuando estos hayan

sido formulados por otras dependencias del Gobierno Regional o los interesados.

e) Orientar y coordinar con las unidades orgánicas de la Gerencia Sub Regional, la debida aplicación de la normatividad legal, en asuntos de su competencia.

f) Revisar los documentos de gestión institucional y los técnicos normativos, a fin de que los mismos se encuentren acorde con la normatividad legal que rige para los efectos.

g) Coordinar acciones de carácter legal con la Procuraduría Publica Regional en los procesos iniciados en pro o en contra del gobierno Regional.

h) Otras funciones que le sean asignadas por el Gerente Sub Regional.

DE LA OFICINA SUB REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

ARTÍCULO 21”.- La Oficina Sub Regional de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoría encargado de diseñar, proponer, ejecutar y evaluar, con eficacia y transparencia, la política económica y financiera de la Gerencia Sub Regional; asimismo

programar, organizar y aplicar el uso racional de las tecnologías de información y

procesamientos de programas estadístico, asi como la de racionalización.

ARTÍCULO 22°.- Son funciones específicas de la Oficina Sub Regional de Planeamiento

y Presupuesto:

  1. Planificar, dirigir, coordinar y ejecutar programas de los sistemas de Programación y Presupuesto.

  2. Formular el Presupuesto de la Gerencia Sub Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

  3. Ejecutar la gestión presupuestaria a nivel de la Sub Región.

  4. Dirigir, coordinar y aprobar planes y programas para su aplicación en el ámbito Sub Regional.

  5. Controlar y evaluar el desarrollo de programas y actividades de los sistemas que

conduce.

=

Proponer para su aprobación, la formulación de políticas orientadas al desarrollo Sub

Regional.

  1. Aprobar las políticas y procedimientos técnicos de los sistemas que conduce

  2. Opinar técnicamente, sobre convenios y contratos de obras y proyectos.

  3. Participar en reuniones de sesión de Gerentes Regionales y Gerentes sub Regionales del Gobierno Regional a las que sean convocados

  4. Asesorar a la alta dirección en asuntos de su competencia.

  5. Proponer la modificación o actualización de las funciones establecidas para el área a su cargo, en los documentos de gestión respectiva

  6. Definir las facultades y atribuciones del personal a su cargo designados a los responsables de cada área.

  7. Supervisar el desempeño del personal a su cargo y efectúa su evaluación periódicamente, promoviendo la armonía y el ambiente de trabajo en equipo.

  8. Elaborar y ejecutar el plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo, contingencias de soporte, copias de respaldo de datos y el de contingencias de comunicaciones de la Gerencia Sub regional.

  9. Proponer y ejecutar las actividades de instalación, mantenimiento, soporte y optimización del software libre y licenciado, así como el hardware asignados a los usuarios de la red informática de la Gerencia Sub regional.

16, Elaborar informes de las actividades de soporte y mantenimiento de software y

hardware.

  1. Ejecutar actividades referidas al control y monitoreo de las redes de comunicación,

  2. Ejecutar actividades de instalación, configuración, administración y supervisión de los servidores de la red de la Gerencia Sub regional.

  3. Analizar, proponer, desarrollar e implementar los requerimientos de sistematización.

  4. Diseñar, desarrollar y actualizar el modelo de datos lógicos y físicos del Gobierno Regional.

  5. Realizar el mantenimiento y documentos de aplicación de software que sean desarrolladas en la Gerencia Sub regional.

  6. Administrar y optimizar los manejadores de bases de datos de los ambientes de desarrollo y producción.

  7. Capacitar al personal usuario en la utilización de los nuevos sistemas desarrollados el Gobierno Regional.

  8. Actualizar la Directiva para la producción, organización y publicación de la información estadística de las diversas unidades orgánicas de la Gerencia Sub regional.

  9. Centralizar, procesar y publicar las estadísticas mensuales regionales.

  10. Otros que le asigne la Gerencia sub Regional.

ARTÍCULO 23°.- La Oficina Subregional de Planeamiento y Presupuesto para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes unidades orgánicas:

Y Área de Presupuesto

Y Área de Planeamiento y Racionalización

Y Área de Estadística e Informática

CAPITULO IV ORGANOS DE APOYO

DE LA OFICINA SUB REGIONAL DE ADMINISTRACION ARTÍCULO 24°.- La Oficina Sub Regional de Administración es el órgano responsable de ejecutar y evaluar las actividades necesarias para asegurar la unidad, racionalidad y eficiencia de los sistemas administrativos a nivel de la Gerencia Sub

Regional, conforme a las disposiciones legales que correspondan.

ARTÍCULO 25°.- Las funciones de la Oficina Sub Regional de Administración son

las siguientes:

: logística,

  1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las funciones d contabilidad, tesorería, patrimonio y personal, en el ámbito de su competencia, dentro del marco de la legislación, normas y procedimientos aplicables a dichos sistemas.

  2. Gestionar los recursos financieros ante la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para cumplir con la programación del gasto de la unidad ejecutora.

  3. Efectuar la ejecución y evaluación del presupuesto asignado a la unidad ejecutora correspondiente a la Gerencia Sub Regional.

  4. Proponer mejoras metodologías y procedimentales para las áreas funcionales que están bajo su responsabilidad.

  5. Optimizar la ejecución de los procesos administrativos incorporando sistemas de información para su ejecución.

  6. Asegurar la presentación oportuna de la información sobre los sistemas y las áreas funcionales que dirige, con la sustentación técnica respectiva, en los plazos establecidos por norma nacional o regional, o cuando sea requerida.

  7. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Anual de la Gerencia Sub Regional.

  8. Expedir Resoluciones diversas de carácter administrativo dentro del ámbito de su competencia.

  9. Formular y proponer el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.

  10. Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo, concurrente y posterior, de las acciones que realizan las unidades orgánicas bajo el ámbito de su competencia.

  11. Celebrar actos y contractos dentro de las condiciones, montos y plazos que establece el marco legal vigente, en sus condiciones, montos y plazos que establece el marco legal vigente, en su condición de responsable de la unidad ejecutora presupuestal “Sede Sub Regional”.

  12. Dirigir y supervisar las operaciones de la fase de compromiso, devengado, girado y pagado de las diversas obligaciones.

  13. Abrir y controlar el manejo de las cuestas bancarias de la Gerencia Sub Regional y efectuar las conciliaciones de las cuentas y sub cuentas según fuentes de financiamiento en coordinación con la Oficina de Economía de la Sede Central.

14, Supervisar y controlar el manejo de los recursos y las rendiciones de cuentas de las

transferencias efectuadas por la Gerencia Sub Regional a las Municipalidades.

  1. Recaudar fondos y custodiar los valores asignados, así como llevar a cabo el pago de obligaciones y ejecutar la conciliación del movimiento de fondos de la Gerencia Sub Regional.

  2. Efectuar la cobranza de las obligaciones a favor de la Gerencia Sub Regional, conforme a la normativa vigente.

  3. Supervisar y cautelar el uso adecuado del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF).

  4. Producir la información contable, presupuestal y financiera de la Gerencia Sub Regional, para su consolidación a nivel pliego Gobierno Regional Huancavelica y presentarla a las instancias que correspondan.

  5. Participar en los arqueos de caja dispuestos por la Gerencia Sub Regional.

  6. Proponer las promociones y ascensos que correspondan de acuerdo a la legislación laboral vigente.

  7. Supervisar el cumplimento de los deberes y derechos del personal a nivel institucional.

  8. Organizar y mantener actualizado el Escalafón de Personal, en versión fisica y magnética.

  9. Propiciar las comunicaciones efectivas en el personal para crear y mantener un clima laboral adecuado.

  10. Solicitar declaraciones juradas de bienes y rentas de los funcionarios y personal administrativo y realizar su respectiva publicación.

  11. Elaboración de planillas de remuneraciones, PDT, AFP y CTS del personal (activo y pensionistas)

  12. Llevar el record y legajo de todo el personal.

  13. Efectuar los procesos de reclutamiento, selección e ingreso del personal a la Gerencia Sub Regional.

  14. Dirigir, organizar y controlar las actividades de control interno.

  15. Administrar los recursos administrativos, materiales y financieros asignados a la Gerencia Sub regional.

  16. Supervisar y evaluar el cumplimiento de las normas y procedimientos técnicos de

los sistemas de Tesorería, Contabilidad, Economía y Finanzas, Logística y Personal.

  1. Dirigir y ejecutar la formulación y ejecución del presupuesto de funcionamiento de

la Gerencia Sub Regional.

  1. Integrar comisiones de procesos de selección.

  2. Integrar comisiones multisectoriales, para formular la política de desarrollo de la administración.

  3. Asesorar a la Gerencia Sub Regional en asuntos de administración general.

  4. Proponer la modificación y actualización de los documentos de gestión organizacional tales como el cuadro de asignación para Personal (CAP), el Cuadro Nominativo de Personal (CNP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP).

  5. Proponer la modificación y actualización de las funciones establecidas para las áreas a su cargo, en el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) y Manual de Organizaciones y Funciones (MOF).

  6. Definir las facultades y atribuciones del personal a su cargo.

  7. Supervisar el desempeño del personal a su cargo y efectúa su evaluación periódicamente y promoviendo la armonía y el ambiente de trabajo en equipo.

  8. Lograr el abastecimiento de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras en la calidad, cantidad, y oportunidad requerida, por los órganos de la Gerencia Sub Regional.

  9. Velar por el estricto cumplimiento de los contratos de adquisición de bienes, prestaciones de servicio y ejecución de obras.

  10. Programar y ejecutar el mantenimiento preventivo de la infraestructura, mobiliario, equipo y vehículos menores de la Gerencia Sub Regional.

  11. Realizar las acciones necesarias para contar con los Programas de Seguro de bienes Patrimoniales y del personal que corresponda de acuerdo a su responsabilidad funcional.

  12. Planificar los procesos de selección en las adquisiciones de la Gerencia Sub Regional en el marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

  13. Formular y mantener actualizada una lista de precios de los bienes y servicios que usualmente adquiere la Gerencia Sub Regional.

  14. Mantener la disponibilidad y calidad de los bienes necesarios para el apoyo logístico al control e intervención sanitaria de epidemias, emergencias y desastres.

  15. Organizar la provisión de recursos para establecer y mantener los servicios sociales, de situación de desastre y emergencia.

  16. Planificar, organizar, ejecutar, evaluar y controlar las actividades para la adecuada

operatividad del parque automotor y maquinaria de la Gerencia Sub Regional.

  1. Realizar inventarios periódicos de los activos fisicos, bienes muebles, inmuebles y equipos de producción de la Gerencia Sub Regional.

  2. Las demás que le asigne el Gerente Sub Regional.

ARTÍCULO 26°.- La Oficina Sub Regional de Administración, para el cumplimiento de sus funciones, tiene la estructura siguiente.

Y Área de Economía

v Área de Logística

Y Área de Patrimonio

Y Área de Desarrollo Humano

DE LA OFICINA SUB REGIONAL DE ESTUDIO DE PREINVERSION

ARTICULO 27°.- La Oficina Sub Regional de Estudios de Pre Inversión tiene la responsabilidad de formular proyectos de carácter provincial en concordancia con los lineamientos de políticas dictados por la instalación nacional correspondiente, en el que se enmarca el proyecto de inversión pública.

La oficina Sub regional de Estudios de Pre Inversión mantiene dependencia jerárquica con

la Gerencia Sub Regional.

ARTÍCULO 28°.- Las funciones de la Oficina Sub regional de Estudios de Pre

Inversión son las siguientes:

  1. Elaborar y suscribir los estudios de Pre inversión de carácter provincial, siendo responsable del contenido de los mismos.

  2. Identificar y formular proyectos de inversión pública, de acuerdo a los lineamientos nacionales de inversión y la priorización regional.

Formular proyectos que se enmarquen en las competencias del nivel de la Gerencia

w

Sub Regional.

  1. Realizar cuando corresponda, las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicidad de proyectos, como requisito previo a la remisión del estudio para la evaluación de la Oficina de Programación de Inversiones.

  2. Atender las propuestas de las organizaciones de la sociedad civil para el desarrollo

de estudios de pre inversión.

  1. Formular estudios de Pre Inversión- a nivel de perfil, Pre factibilidad y factibilidad

  2. Otras funciones asignadas

DE LA OFICINA SUB REGIONAL DE SUPERVISION Y LIQUIDACIÓN

A


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