Ordenanza N.° 255-GR-HVCA/CR
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HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 255-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 09 de Enero de 2014.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANICA, REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) Y CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA GERENCIA SUB REGIONAL DE
TAYACAJA.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 216- GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 28 de Mayo de 2012, se aprueba el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) de la Gerencia Sub Regional de Tayacaja.
Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública.
Que, el numeral 1.1 del Artículo 1 de la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, dentro del citado contexto normativo y estando a los Informes Técnicos emitidos por las áreas correspondientes, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática remite la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) de la Gerencia Sub Regional de Tayacaja, previo trabajo coordinado y consensuado con diferentes sectores y niveles del Gobierno Regional;
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 255-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 09 de Enero de 2014.
Que, el Artículo 38° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto mayoritario de sus miembros;
ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro Para Asignación de Personal de la Unidad Ejecutora NO 007 - Gerencia Sub Regional de Tayacaja, conforme al anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEGUNDO.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los nueve días del mes de Enero del dos mil catorce. YRIS YANET MARTÍNEZ BULEJE Consejera Delegada
POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veinte días del mes de Enero del año Dos Mil Catorce.
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Gobierno Regional
HUANCAVELICA
GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL GSRT - 2013
Sub Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto
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Gobierno Regional
HUANCAVELICA
GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA
REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ROF - 2013
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GER CIA SUB REGIONAL TAYACAJA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF
PRESENTACIÓN
La Sub Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto de la Gerencia Sub Regiona Tayacaja, pone a consideración el “El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, ROF”, para adecuar la organización de acuerdo a la realidad actual, como parte del proceso de reestructuración administrativa, la misma que esta de acorde a los lineamiento de políticas de la gestión y las nuevas tendencias de modernización de la gestión pública, del cual no es ajeno nuestra Gerencia Sub Regional Tayacaja por ser una institución dinámico, por consiguiente se encuentran afecto a los nuevos cambios que se dan en el entorno público.
El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Gerencia Sub Regional Tayacaj (GSRT), constituye el instrumento básico normativo de gestión, para efectos de su
e . E i cae rae SS organización y funcionamiento encaminando sus objetivos Institucionales.
En la concepción y diseño de la estructura organizacional, se cuenta fundamentalmente, el rol de agente promotor del desarrollo, la finalidad es promover la adecuada prestación de servicios públicos y el desarrollo integral, sostenible y armónico, teniendo como base una visión democrática, unitaria, descentralizada y desconcentrada, con la finalidad de lograr un desarrollo integral
En función a la Ley N° 29035, que faculta a los Gobiernos Regionales y Locales, llevar a cabo el proceso de restructuración, previo acuerdo de su respectivo órgano normativo el cual reglamenta la Organización de los Gobiernos Regionales, para la adecuación con la normatividad legal vigente, la Gerencia Sub Regional de Tayacaja adopta una postura gerencial, sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior, se rige básicamente por los principios de legalidad, transparencia, simplicidad, eficiencia, eficacia, participación y seguridad,
El interés del Actual Gobierno de la Gerencia Sub Regional Tayacaja, es superar las deficiencias administrativas y de organización (Estructura y Funciones) evaluando permanentemente los resultados, promoviendo la consolidación y fortalecimiento de un gobierno democrático con participación efectiva de todos los órganos de la Gerencia Sub Regional de Tayacaja, el cual permita lograr la participación y concertación para el desarrollo y cumplimiento de las objetivos y metas.
La modernización en la Administración de la Gerencia Sub Regional Tayacaja debe ceñirse primordialmente a alcázar la eficiencia y eficacia, con el sustento y disponibilidad de los recursos humanos, financieros y tecnológicos, que permitirán sustentar fundamentalmente una estructura organizativa, ágil, racional, flexible no burocrático, tendiente a una nueva cultura organizacional, cuyo objetivo inicial y final deber ser la buena prestación de servicios a la población, convirtiéndonos en una organización eficiente y eficaz.
Es por ello que el presente Reglamento de Organización y Funciones, y Estructura, (2 Orgánica, en su contenido, se adecua a una organización Regional con un enfoqu
suma, debe minimizar los costos de operación y maximizar los servicios eficientes, mejorar el trato a los usuarios y población en general, generando un valor agregado a la prestación de los servicios.
DIRECCION SUB REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF
TITULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALIDADES
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CONTENIDO
Artículo 1°- El presente Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia Sub Regional Tayacaja, representa la estructura orgánica básico, así como determina la finalidad, competencias, objetivos, principios, funciones generales o atribuciones
Ley de Bases de Descentralización, funciones de sus unidades orgánicas; así mismo régimen económico, financiero y laboral, las relaciones de coordinación y las disposiciones legales complementarias, transitorias y finales vigentes que sean aplicadas.
NATURALEZA JURÍDICA
Artículo 2°- la Gerencia Sub Regional Tayacaja, es una entidad descentralizado de nivel de Unidad Ejecutora, siendo una persona jurídica de derecho público, con autonomía politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia, depende del Pliego Presupuestal para su administración económica y financiera.
JURISDICCIÓN
Artículo 3°- la Gerencia Sub Regional Tayacaja, está ubicado en la Provincia de Tayacaja - Pampas, en el Jr. Lima S/N — Pampas, con jurisdicción en el ámbito territorial del Departamento de Huancavelica.
TITULO 1 OBJETIVO, FINALIDAD, ALCANCE Y BASE LEGAL
CAPITULO I OBJETIVO
Artículo 4° - la Gerencia Sub Regional Tayacaja tiene como objeto organizar y conducir la gestión pública regional con sede en la Provincia de Tayacaja, de acuerdo a sus competencias constitucionales, exclusivas y compartidas, en el marco de las políticas nacionales, regionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible.
Artículo 5°- El Reglamento de Organización y Funciones — ROF, tiene como objetivo establecer y desarrollar el marco normativo de gestión administrativo institucional de la Gerencia Sub Regional Tayacaja.
FINALIDAD
Articulo 6°- La Gerencia Sub Regional de Tayacaja, tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral, sostenible y armónico, promoviendo la inversión pública y privada promoviendo el empleo, garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de la Provincia de Tayacaja, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo, con adecuada prestación de los servicios públicos.
GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF
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ALCANCE
Articulo 7”.- El presente Reglamento rige a la Gerencia Sub Regional de Tayacaja (GSRT) y las normas contenidas son de aplicación a todos sus órganos y dependencias integrantes a la Gerencia Sub Regional Tayacaja, en el ámbito de su competencia, conforme a la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización y a lo dispuesto en la Ley N* 27867 y sus modificatorias y es de aplicación obligatoria.
BASE LEGAL
Articulo 8°- El Reglamento de Organización y Funciones se sustenta en siguiente base legal: x Constitución Política del Perú.
*% Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. sus modificatorias y ampliatorias, las Leyes N° 27902, 28013, 28161, 28926, 28961 y 28968.
Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización Ley N° 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Publica Ley N* 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales.
IS
Ley N° 28059; Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2004-PCM.
Ley N° 29035; Ley que Faculta a los Gobiernos Regionales y Locales, a llevar a cabo el proceso de reestructuración.
- Decretos Supremos N° 038-2004-PCM; N° 052-2005-PCM, N° 021-2006-PCM y N° 036 -2007-PCM; aprueban los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2004, 2005, 2006 y
% Decreto Supremo N° 068-2006-PCM, establecen disposiciones relativas a la culminación de las transferencias programadas a los Gobiernos Regionales y Locales.
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% Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por parte de las entidades de la Administración Pública.
% Decreto Legislativo N* 276 “Ley de Bases Administrativa y Normas Complementarias”
Decreto Supremo N° 005-90-PCM “Reglamento del Decreto Legislativo”
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TITULO I DE LAS COMPETENCIAS, FUNCIONES GENERALES, ESPECIFICAS Y ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO II DE LAS COMPETENCIAS
Artículo 9°- Las competencias constitucionales del Gobierno Regional * Huancavelica y de la Gerencia Sub Regional Tayacaja son las siguientes:
- Aprobar su organización interna y su presupuesto.
- Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil.
- Administrar sus bienes y rentas.
- Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad.
- Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes
- Dictar las normas inherentes a la gestión de la Gerencia Sub Regional. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley.
- Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional.
- Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.
- Culminar el saneamiento fisico legal de la propiedad agraria.
- Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley.
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Artículo 10°.- Las competencias exclusivas del Gobierno Regional de Huancavelica y de la Gerencia Sub Regional Tayacaja son las siguientes:
Planificar el desarrollo integral de la Provincia de Tayacaja y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.
Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su región.
Aprobar su Presupuesto Institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto.
Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.
Diseñar y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores económicos y de
ciudades intermedias.
Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios.
Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades.
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GERE A SUB REGIONAL TAYACAJA HUMOR REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES — ROF
Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo.
Concretar acuerdos con otras regiones para el fomento del desarrollo económico, social y ambiental.
Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.
Organizar y aprobar los expedientes técnicos sobre acciones de demarcación
territorial en su jurisdicción, conforme a la ley de la materia.
Promover la modernización de la pequeña y mediana empresa regional, articuladas con las tareas de educación, empleo y a la actualización e innovación tecnológica.
Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer ge iniciativas legislativas correspondientes,
Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad.
Otras que se le señale por ley o norma expresa.
SS Artículo 11”.- El Gobierno Regional de Huancavelica y de la Gerencia Sub Regional Tayacaja ejerce las siguientes competencias compartidas:
Educación, gestión del servicio educativo de nivel inicial, primario, secundario y superior no universitario, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formación para el desarrollo.
Salud pública.
Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente.
Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental.
Preservación y administración de las reservas y dreas naturales protegidas
regionales.
Difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales regionales.
Competitividad regional y la promoción de empleo productivo en todosfé los niveles, concertando los recursos públicos y privados.
Participación ciudadana, alentando la concertación entre los intereses públicos y privados en todos los niveles.
Otras que se le delegue o asigne conforme a Ley.
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CAPITULO HI FUNCIONES GENERALES
Artículo 12%. Las Funciones Generales del Gobierno Regional de Huancavelica y la Gerencia Sub Regional de Tayacaja, se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás leyes de la República:
Función Normativa y Reguladora.- Elaborando y aprobando normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia.
Función de Planeamiento.- Diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera
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concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralización y a la presente Ley. 3. Función Administrativa y Ejecutora.- Organizando, dirigiendo y ejecutando recursos financieros, bienes, activos y capacidades humanas, necesarios para gestión regional, con arreglo a los sistemas administrativos nacionales. 4. Función de Promoción de las Inversiones.- Incentivando y apoyando las
actividades del sector privado nacional y extranjero, orientado a impulsar el zoe desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios A :
tal fin.
- Función de Supervisión, Evaluación y Control.- Fiscalizando la gestió, administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales y la calidad de los servicios, fomentando la participación de la sociedad civil.
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CAPITULO IV FUNCIONES ESPECÍFICAS
Artículo 13°.- Las Funciones Específicas del Gobierno Regional de Huancavelica y la Gerencia Sub Regional de Tayacaja, se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en sujeción a las políticas nacionales sobre la materia y concordancia con lo normado por las Leyes N* 27867 y 27902.
Artículo 14°.- Las funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte
y recreación, son los siguientes.
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación.
Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y recreación de la Región, en concordancia con la política educativa nacional.
Diversificar los currículos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos.
Promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos.
Promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la educación — inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población.
Modernizar los sistemas descentralizados de gestión educativa y propiciar la formación de redes de instituciones educativas, en coordinación con el Ministerio de Educación.
Ejecutar y evaluar, conjuntamente con los gobiernos locales, los programas de alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales.
Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientado, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al afianzamiento de los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles de
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gobierno, y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad.
Promover permanentemente la educación intercultural y el uso de las lenguas originarias de la región.
Promover e incentivar la investigación, la extensión en las universidades y en otras instituciones educativas de nivel superior, en función del desarrollo regional.
Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la Región, en coordinación con los Gobiernos Locales.
Proteger, conservar en coordinación con los Gobiernos Locales y los organismos correspondientes, el patrimonio cultural nacional existente en la Región, así como promover la declaración por los organismos competentes de los bienes culturales no recocidos que se encuentran en la Región de Huancavelica.
Diseñar e implementar las políticas de infraestructura y equipamiento, en coordinación con los Gobiernos Locales.
Identificar, implementar y promover el uso de nuevas tecnologías eficaces eficientes para el mejoramiento de la calidad de la educación en sus distintok niveles.
Desarrollar e implementar sistemas de información y ponerla a disposición de la población.
Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la
región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que
desarrolla el Ministerio de Educación, así como contribuir al desarrollo de la política de acreditación y certificación de la calidad educativa en el ámbito de su competencia.
Fomentar y participar en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de
investigación, experimentación e innovación educativa que aporten al desarrollo
regional y al mejoramiento de la calidad del servicio educativo.
Desarrollar los procesos de profesionalización, capacitación y actualización del personal docente y administrativo de la región, en concordancia con el plan nacional de formación continua.
Fortalecer en concordancia con los Gobiernos Locales, a las instituciones educativas, promoviendo su autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento democrático, así como la articulación intersectorial y la pertenencia a redes, co participación de la sociedad.
Articular, asesorar y monitorear en el campo pedagógico y administrativo a las unidades de gestión local.
Impulsar y articular la participación de las universidades, empresas instituciones de la sociedad civil en la ejecución de los planes de desarr regional.
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Artículo 15%.- Las funciones en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeñi micro empresa son los siguientes:
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa, con la política general del gobierno nacional y los planes sectoriales.
Incorporar la promoción del empleo productivo en los planes de desarrollo regional concertados.
Formular y ejecutar los planes de promoción de la pequeña y micro empresa, y apoyo a las iniciativas empresariales, que incidan en la mejora de la calidad del empleo de estas unidades económicas.
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DIRECCION SUB REGIONAL DE PLANEAMIE}
GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES — ROF
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Artículo 16°.- Las funciones en materia de salud, son los siguientes:
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Promover el diálogo y la concertación con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados, en materia de trabajo, promoción del empleo, formación profesional y fomento de la micro y pequeña empresa;
Promover mecanismos de prevención y solución de conflictos laborales, difusión de la normatividad, defensa legal y asesoría gratuita del trabajador.
Conducir y ejecutar los procedimientos de supervisión, control e inspección de las normas de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa, aplicando las sanciones que correspondan de acuerdo a ley en el ámbito de su competencia.
Promover e incentivar el desarrollo y formalización de pequeñas y micro empresas con criterios de flexibilidad y simplificación, la instalación de empresas en la región y la iniciativa privada en actividades y servicios regionales.
Conducir y ejecutar acciones en materia de seguridad y salud en el trabajo bienestar social, concertando con entidades públicas y privadas, así como cc organizaciones representativas de la Región.
Dirigir y ejecutar en el ámbito regional la política nacional de promoción del empleo, capacitación y formación profesional, promoviendo la normalización y certificación de competencias laborales,
Elaborar y difundir información en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la micro y pequeña empresa.
Promover la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo.
Fomentar la formación profesional de los recursos humanos de las empresas de la región como un mecanismo de mejoramiento de los ingresos, la productividad y competitividad a través de actividades de capacitación, provisión de información y transferencia tecnológica.
Coordinar la oferta de formación profesional y los programas de orientación laboral y ocupacional que brindan las entidades públicas y privadas; asimismo, supervisar los sistemas de intermediación laboral en la región y su articulación con el sistema de formación profesional.
Conducir y ejecutar en la región la política de fomento de la pequeña y micro empresa, en el marco de la política nacional.
Promover la provisión de servicios financieros y de desarrollo empresarial a la pequeña y micro empresas, por parte del sector privado.
Resolver como Instancia Regional de Trabajo, en los procedimiento: administrativos que tratan sobre materias de trabajo, promoción del empleo fomento de la pequeña y micro empresa.
Llevar los registros administrativos en el ámbito de su competencia, aplicación de la normatividad vigente.
Simplificar los trámites y procedimientos administrativos aplicables a constitución de empresas en su jurisdicción.
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las poli de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales,
Formular y ejecutar, concertadamente, el Plan de Desarrollo Regional de Salud.
Coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional.
Participar en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud de conformidad con la legislación vigente.
Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de la salud.
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DIRECCION SUB REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Ea
GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES — ROF
~ 6. Organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del ~ Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los Gobiernos = Locales. 7 7. Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con a los Gobiernos Locales. Supervisar y fiscalizar los servicios de salud públicos y ed privados. = 8. Conducir y ejecutar coordinadamente con los órganos competentes la prevención y Y control de riesgos y daños de emergencias y desastres. LC 9. Supervisar y controlar la producción, comercialización, distribución y consumo de productos farmacéuticos y afines. dl 10. Promover y preservar la salud ambiental de la Región, 11. Planificar, financiar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y = equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito regional. O 12, Poner a disposición de la población, información útil sobre la gestión del sector, así como de la oferta de infraestructura y servicios de salud. ~ 13. Promover la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos humanoff ~ articular los servicios de salud en la docencia e investigación y proyección A ~ comunidad. pe ws 14. Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por Ia Región en materia sanitaria. a 15. Ejecutar, en coordinación con los Gobiernos Locales de la Región, acciones = efectivas que contribuyan a elevar los niveles nutricionales de la población de la = Región. Articulo 17°.- Las funciones en materia de población, son los siguientes: a 1. Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, evaluar y controlar los programas en materia E de población a nivel regional, en concordancia con la política y plan nacional de ~ población, en coordinación con los Gobiernos Locales. ~ 2. Promover la educación e información en materia de población, contribuyendo a 7 consolidar una cultura demográfica y a propiciar en todos los grupos y sectores sociales, hábitos de vida saludables y prácticas orientadas a la solución de los = problemas de población, en especial la reversión de los saldos migratorios negativos provinciales, la redistribución espacial de la población y la atención del o envejecimiento demográfico.
- Programar y desarrollar acciones que impulsen una distribución territorial de la población en función a las potencialidades del desarrollo regional y en base a los planes de ordenamiento territorial y de la capacidad de las ciudades para absorber
= lujos migratorios.
= 4. Promover la incorporación de criterios y previsiones demográficos en los planes y
programas de desarrollo urbano y regional, en coordinación con los Gobiernos Locales.
E 5. Generar alternativas a la emigración rural a través del fortalecimiento de
E capacidades productivas, el mejoramiento de la infraestructura y el equipamiento
o de los centros poblados, que permitan la atención a las necesidades de la población [$
rural dispersa y aislada. 6. Formular, coordinar y supervisar estrategias que permitan controlar el deterioro ambiental en las ciudades y a evitar el poblamiento en zonas de riesgo para E la vida y la salud, en coordinación con los Gobiernos Locales, garantizand, ~ el pleno respeto de los derechos constitucionales de las personas.
Articulo 18°.- Las funciones en materia agraria, son los siguientes:
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PUESTO
GERENCIA SUB REGIONAL TAYACAJA
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Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la Región en materia agraria en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales.
Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía con la política y normas de los sectores correspondientes y las potencialidades regionales
Participar en la gestión sostenible del recurso hídrico en el marco de las entidades de cuencas y las políticas de la autoridad nacional de aguas.
Promover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales y agroindustriales de la Región.
Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción.
Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos.
Supervisar y administrar el servicio de información agraria en la Región, la c podrá contar con una red de información provincial y distrital, la que oper en armonía con el sistema nacional de información agraria.
Promover la provisión de recursos financieros privados a las empresas organizaciones de la Región, con énfasis en las micro, pequeñas y medianas empresas y las unidades productivas orientadas a la exportación.
Planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboración de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial.
Planear, supervisar y controlar, en coordinación con el Gobierno Nacional la mejora de los servicios de comercialización agropecuaria, del desarrollo de cultivos y de crianzas y ganadería.
Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria.
Fomentar sistemas de protección de biodiversidad y germoplasma.
Fomentar la investigación y transferencia de tecnología y extensión agropecuaria.
Promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento fisico-legal de la propiedad agraria, con la participación de actores involucrados, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas.
Promover políticas para generar una cultura de seguridad alimentaria.
Promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manej mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camélidos sudamericanos otras especies de ganadería regional.
17, Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la Región, así como ejercer labores de promoción y fiscalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional.
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Artículo 19°.- Las funciones en materia de pesquería, son los siguientes:
- Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes políticas en materia pesquería artesanal y producción acuícola en la Región.
- Administrar, supervisar y fiscalizar la gestión de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdicción
- Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdicción.
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Promover la provisión de recursos financieros privados a las empresas y organizaciones de la Región, con énfasis en las medianas, pequeñas empresas y unidades productivas orientadas a la exportación.
Desarrollar e implementar sistemas de información y poner a disposición de la población información útil referida a la gestión del sector de pesquería.
Verificar el cumplimiento y correcta aplicación de los dispositivos legales sobre control y fiscalización de insumos químicos con fines pesquería artesanal y acuícola, de acuerdo a la Ley de la materia. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes;
Promover la investigación e información acerca de los servicios tecnológicos para la preservación y protección del medio ambiente.
Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentefk
Vigilar el estricto cumplimiento de las normas vigentes sobre pesca artesanal
Artículo 20°.- Son funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial:
- Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con
los planes de los Gobiernos Locales.
Implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales.
Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas.
Proponer la creación de las áreas de conservación regional y local en el marco del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
Promover la educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos los niveles.
Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitación en el ámbito del territorio regional y organizar evaluar y tramitar los expedientes técnicos de demarcación territorial, en armonía con las políticas y normas de la materia. Participar en el diseño de los proyectos de conformación de macro regiones.
Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción.
Imponer sanciones ante la infracción de normas ambientales regionales.
Formular planes, desarrollar e implementar programas para la venta de servicios ambientales en regiones con bosques naturales o áreas protegidas.
Preservar y administrar, en coordinación con los Gobiernos Locales, las reservas y áreas naturales protegidas que están comprendidas integramente dentro de su jurisdicción, así como los territorios insulares, conforme a Ley.
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Articulo 21°.- Las funciones en materia de industria, son los siguientes:
- Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes
políticas en materia de industria de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales.
Impulsar el desarrollo de sus recursos humanos, y la mejora en la productividad y competitividad de sus unidades económicas y el aprovechamiento de las potencialidades regionales.
Identificar las oportunidades de inversión y promover la iniciativa privada en proyectos industriales.
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- Promover la provisión de servicios financieros a las empresas y organizaciones sociales productivas de la región, con énfasis en las PYMES y las unidades productivas orientadas a la exportación, por parte del sector privado
Desarrollar, implementar y poner a disposición de la población sistemas de
información relevante y útil para las empresas y organizaciones de la Región, así
como para los niveles regional y nacional.
Simplificar los trámites y procedimientos administrativos aplicables a las empresas en su jurisdicción, con énfasis en las medianas, pequeñas empresas y las unidades productivas orientadas a la exportación.
Organizar ferias regionales y promover la participación de la Región en diversas actividades provinciales del ámbito jurisdiccional.
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Artículo 22°. Las funciones en materia de comercio, son los siguientes:
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales, en coordinación con las entidades del sector público competentes en la materia.
Impulsar el desarrollo de los recursos humanos regionales y la mejora en la productividad y competitividad de las unidades económicas de la Región, a través de actividades de capacitación, provisión de información y transferencia tecnológica.
Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales.
Identificar oportunidades comerciales para los productos de la Región y promover la participación privada en proyectos de inversión en la Región.
Promover la provisión de servicios financieros a las empresas y organizaciones de la región, con énfasis en las medianas, PYMES y las unidades productivas orientadas al comercio y a las exportaciones, por parte del sector privado.
Artículo 23°.- Las funciones en materia de transportes, son los siguientes:
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales.
Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en el Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversión privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte.
Supervisar y fiscalizar la gestión de actividades de infraestructura de transporte vial de alcance regional.
Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestación de servicios dé transporte interprovincial dentro del ámbito regional en coordinación con lA. Gobiernos Locales. x
Regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de licencias de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente.
Artículo 24°.- Las funciones en materia de telecomunicaciones, son los siguientes:
- Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los plane. y políticas en materia de telecomunicaciones de la Región, de conformidad — con las políticas nacionales y los planes sectoriales.
- Promover, ejecutar y concesionar los proyectos regionales de telecomunicaciones de su competencia, en concordancia con la normatividad nacional y los convenios
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internacionales. Asimismo, promover la inversión privada en proyectos de telecomunicaciones, de acuerdo a la ley de la materia.
Fomentar y fortalecer el desarrollo de medios de comunicación regional y de una red pública de comunicaciones en la Región.
Coordinar con el Gobierno Nacional las autorizaciones de las estaciones de radio y televisión regional y el Gobierno Nacional otorga las licencias correspondientes, en armonía con las políticas y normatividad nacional y los convenios, internacionales.
Participar en los proyectos de comunicaciones a cargo del Gobierno Nacional.
Artículo 25°.- Las funciones en materia de vivienda y saneamiento, son los siguientes:
Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los Gobiernos Locales, y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales.
Promover la ejecución de programas de vivienda urbanos y rurales, canalizando los recursos públicos y privados, y la utilización de los terrenos del Gobierno Regional y materiales de la Región, para programas municipales de vivienda.
Incentivar la participación de promotores privados en los diferentes programas habitacionales, en coordinación con los Gobiernos Locales.
Difundir el Plan Nacional de Vivienda y la normativa referida a la edificación de vivienda, así como evaluar su aplicación.
Ejecutar acciones de promoción, asistencia técnica, capacitación, investigación científica y tecnológica en materia de construcción y saneamiento.
Apoyar técnica y financieramente a los Gobiernos Locales en la prestación de servicios de saneamiento.
Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones.
Asumir la ejecución de los programas de vivienda y saneamiento a solicitud de los Gobiernos Locales.
Artículo 26°.- Las funciones en materia de energía, minas e hidrocarburos, son los siguientes:
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos en la Región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales.
Promover las inversiones en el sector, con las limitaciones de Ley.
Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrificación en la zona
urbana y rural, así como para el aprovechamiento de hidrocarburos de la Región. f.
Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica.
Conducir, ejecutar, supervisar y cooperar en programas de electrificación rura regionales, en el marco del Plan Nacional de Electrificación Rural.
Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental
(PAMA) de su circunscripción, implementando las acciones correctivas
imponiendo las sanciones correspondientes.
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Artículo 27°.- Las funciones en materia de desarrollo social e igualdad oportunidades, son los siguientes:
- Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la politica general del Gobierno Nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales.
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- Coordinar la ejecución por los Gobiernos Locales de las Políticas Sectoriales y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social del Estado, con énfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades con equidad de género y el fortalecimiento de la economía r
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