Acuerdo Regional N.° 252-2024/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE
HUANCAVELICA
CO SEJO REG IONAL
At/lERDO DE tONSEJO REfi/ONAl Nº252-2024-fiOB.REfiRl'tA/tR Huancavelica, 19 de setiembre de 2024. VISTO:
El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 19 de setiembre de 2024, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, econom,ca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 º de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley N° 27680-Leyde Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Tayacaja solicita al pleno del Consejo Regional, la priorización del estudio del proyecto: "Mejoramiento y ampliación de los servicios de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en la zona urbana en los distritos de Pampas, Daniel Hemandez y Ahuaycha de la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica". Que, conforme dispone el literal d) del Articulo 9º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias de los gobiernos regionales d) Promover yejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional de Huancavelica;
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - EXHORTAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica la priorización del estudio del proyecto: "Mejoramiento y ampliación de los servicios de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en la zona urbana en los distritos de Pampas, Daniel Hemandez y Ahuaycha de la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica".
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVEUCA
CONSEJO REGIONAL
A{UERDO DE {ONSE/0 REfi/ONAl Nº252 2024 fiOB.REfi.6Y{A/{R
Huancavelica, 19 de setiembre de 2024. ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481108-252-2024-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646367/6481108-acuerdo-de-consejo-regional.pdf