Acuerdo Regional N.° 243-2024/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBI ERNO REGIONAL DE HU ANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
Atl/ERDO DE tONSEJO REfi/ONAl Nº243'2024-fiOB.RlfiRl'tA/tR Huancavelica, 19 de setiembre de 2024. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 19 de setiembre de 2024, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192° de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan :,Í ... .....~. los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para :e,·-;: 5f:AA ~ Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. '<;
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Que, mediante Oficio Nº 056-2024/GOB.REG.HVCA/CR-HBMC, de fecha 16 de setiembre de 2024, el consejero por la provincia de Angaraes, señor Hector Bari Mamani Coila, solicita al pleno del Consejo Regional se declare de necesidad pública e interés regional, la priorización de la atención de construcción, reposición, mantenimiento u otro tratamiento de toda infraestructura y equipamiento de competencia del Gobierno Regional de Huancavelica, declarados en situación de emergencia por Defensa Civil. Que, confonne dispone el literal d) del Artículo 9º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias de los gobiernos regionales d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un detenninado acto o sujetarse a una conducta o nonna institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional de Huancavelica;
GOBIERNO REGIONAL DE
HUANCA VELICA
CONSEJO REGIONAL
AtlllRDO DE {ONSE/0 REGIONAL Nº243·2024-608.REfiHl'tA/tR Huannmdica, 19 de .,ctie111lw de 2024.
ACUERDA:
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ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional, la priorización de la atención de construcción, reposición, mantenimiento u otro tratamiento de toda infraestructura y equipamiento de competencia del Gobierno Regional de Huancavelica, declarados en situación de emergencia por Defensa Civil.
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ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional ~ ctRo· .. f;;.~A · al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. ~
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Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481117-243-2024-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646376/6481117-acuerdo-de-consejo-regional.pdf