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243-2023-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo Regional N.° 243-2023/GOB.REG-HVCA/CR

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Atl/ERDO DE fONSE/0 REfilON/il Nº243-2023-GOB.REfi.Rl'fli/fR f11umcavdim, 19 de oaubre de: 20:!3.

VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el

19 de octubre de 2023, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, econom1ca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 ºdela Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. O RGto

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Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley N° 27680-Leyde Reforma Constitucional, g------·;"~ ~ :capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la -y, descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el rvN~~,;;,v desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional.

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Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Plan de Uso de Recursos (PUR), es un instrumento que permite a las instancias de gestión educativa, planificar y organizar los recursos que podrían recibir, según su cumplimiento en los compromisos de desempeño. En este se determinan las estrategias y conceptos de gasto que podrían ser financiados con estos recursos, según los lineamientos propuestos por el MINEDU. Que, los Directores de la UGELes de Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huaytara, Huancavelica, Tayacaja y Surcubamba, informaron al pleno del Consejo Regional sobre la ejecución del Plan de Uso de Recursos - PUR, al tercer trimestre, por el cual se acuerda encargar a cada consejero representante de su provincia el seguimiento y control sobre la ejecución del mismo. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional;

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llfl/ERDO DE fONJE/0 Rlfi/ON/il Nº243·2023·fiOII.RlfiHl'fA/fR Htl!mcavdica, 19 dé' octubre de 2023. ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - ENCARGAR a cada Consejero Regional representante de su provincia, el seguimiento y control de la ejecución del gasto del Plan de Uso de Recursos - PUR, de las Unidades de Gestión Educativas Locales de Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huaytara, Huancavelica, Tayacaja y Surcubamba, según su cumplimiento en los compromisos de desempeño. ARTICULO SEGUNDO. - OTORGAR el plazo de 45 días naturales para el cumplimiento del encargo a que se refiere el artículo precedente.

ARTICULO TERCERO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.

Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480259-243-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645189/6480259-acuerdo-de-consejo-regional.pdf