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242-GR-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 242-GR-HVCA/CR

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LIGA DE 2 e,

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 242-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 22 de Julio de 2013.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE LA ACTUALIZACION DEL PLAN REGIONAL DE DESARROLLO CONCERTADO 2004 - 2015

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

Que, la Ley N* 27867 Ley Orgánica de los Gobierno Regionales establecen que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materias de competencia del Gobierno Regional; y aprobar el Plan Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordantes con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales;

Que, la Ley N° 28522 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, en su art. 10), inciso 3) menciona, asesorar a la entidades del estado y a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el PEDN.

Que, el D.S. N° 054-2011-PCM, art. 02°, establece que las entidades conformantes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustaran sus Planes Estratégicos de Desarrollo Concertado al Plan Bicentenario.

Que, el vigente Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado y Participativo de Huancavelica 2004 - 2015 fue aprobado el 2003 con Resolución Ejecutiva Regional N° 400-2003-GR.HVCA/PR. y, fue formulado con información de los años 1998 - 1999 y estadísticas del Censo Poblacional del año 1993, documento no articulado con los Planes provinciales y distritales así como, con los planes sectoriales, no coherente con las Políticas de Estado.

Que, mediante Ordenanza Regional N° 020- GR.HVCA/CR, de fecha 17 de Diciembre del 2004, se aprueba la evaluación y

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actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado y Participativo de Huancavelica, 2004 — 2015, actualización o ajustes efectuados a la visión, objetivos estratégicos y programa de inversiones realizada en los talleres de los Presupuestos Participativos, acción que se desarrollo hasta el 2007;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 127- 2008-GOB.REG.HVCA/CR, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, dictamina la no aprobación de la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado y Participativo de Huancavelica, propuesto por el Equipo Técnico de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, por contener una serie de deficiencias en información y no responder a un proceso metodológico de la elaboración de un Plan Regional Estratégico de Desarrollo Concertado, por cuanto el diagnostico situacional, análisis estratégico, identificación de objetivos estratégicos no se ajustan al contexto político, económico y social actual de la región, así mismo hace referencia que el contenido del plan se sustenta en información estadística totalmente desfasada;

Que, con Ordenanza Regional No 174- GOB.REG.HVCA/CR. ordena a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado y Participativo de Huancavelica 2004 — 2015; constituyéndose el grupo impulsor y el comité técnico multidisciplinario que vino coordinando hasta julio del mismo año respecto a la metodología, financiamiento y cronograma, no obteniéndose producto y resultados por la falta de financiamiento;

Que, siendo el Plan de Desarrollo Concertado, una herramienta de planificación, elaborado participativamente y constituir una guía técnica de gestión para el desarrollo integral y sostenido del accionar en el largo plazo, que contribuye a la orientación adecuada de la inversión pública y privada. Está orientada a convocar y enfocar recursos y esfuerzos individuales e institucionales para alcanzar una imagen colectiva de desarrollo construida en base al consenso de todos los individuos y actores del territorio regional;

Que estando vigente, el Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado y Participativo de Huancavelica 2004 - 2015 - PDC, es imprescindible mejorar y/o actualizar dicho documentos por contener como línea base información estadística del año 1993, que data de hace 19 años, por la desarticulación con los diferentes planes regionales y Plan Perú 2021, consecuentemente, es indispensable su actualización, toda vez que se ha producido cambios sustanciales en el panorama regional; lo que permitirá contar con indicadores actualizados, así como de un programa multianual de

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inversiones que respondan a mejorar las condiciones de vida de la población, a lograr los resultados definidos en los programas presupuestales estratégicos definidos;

Que, ante esta perspectiva, la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico, Estadística y AT. viene generando un conjunto de esfuerzos y coordinaciones con el ente rector Nacional de Planeamiento Estratégico, Cooperación Técnica Internacional y Entidades Privadas orientados a la Actualización del Plan Vigente, es así que, elaboro el Plan de Trabajo denominado “Plan de Desarrollo Regional Concertado de Huancavelica al ' 2021”, documento que será formulado bajo la Modalidad de Administración Directa, para lo cual contara con el apoyo de Especialistas del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN y Deutsche Gesellschaftfir Internationale Zusammenarbeit - GIZ.;

Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de. Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional.

ORDENA:

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Regional Concertado y Participativo de Huancavelica 2004 - 2015; bajo la modalidad de Administración Directa y los términos establecidos en el Plan de Trabajo, que como resultado del proceso de actualización y ajustes se obtendrá el “Plan de Desarrollo Regional Concertado de Huancavelica al 2021" y "Ajustes al PEDN”.

ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el proceso de formulación del “Plan de Desarrollo Regional Concertado de Huancavelica al 2021"y “Ajustes al PEDN”, debiendo para ello garantizar la asignación presupuestal de las transferencias presupuestales internas para su financiamiento. .

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que las diversas instancias del Gobierno Regional, a nivel Gerencial, Gerencias Sub Regionales, Sub Gerencial y Direcciones Regionales participen activamente en las diferentes

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actividades del proceso de actualización del Plan; además de brindar el apoyo y las facilidades que este proceso requiere a los miembros del Equipo Técnico, tales como logísticos, información sectoriales, recursos humanos, materiales y económicos.

ARTÍCULO CUARTO.- COMUNÍQUESE la presente Ordenanza Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para su cumplimiento conforme dispone los artículos anteriores de la presente Ordenanza Regional.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los veintidós días del mes de Julio del dos mil trece.

PABLO QUIÑA CAPCHA Consejero Delegado

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veinticinco días del mes de Julio del año Dos Mil Trece.

GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/755644-242-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/913234/1365911_or-242-1320200702-4721-xzo9kw.pdf