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240-GR-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 240-GR-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 240-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 08 de Abril de 2013.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE HUANCAVELICA.

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Pública con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de 2002, establece como Política de Estado la afirmación de un Estado eficiente y transparente (Política 240), así como la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todos sus formas (Politica 26°); correspondiendo al Estado afirmar en la sociedad y en el Estado principios éticos y valores sociales así como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; asimismo, constituye elemento consustancial a dichas políticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupción y del atropello de los derechos;

Que, la corrupción es un fenómeno que afecta a todos los peruanos, en especial a los más pobres, y por tanto su combate o control representante una política de Estado que compromete a los tres niveles de gobierno. En esa línea, el Artículo 9° de la Ley N° 29976 - que eleva a rango de Ley la norma de creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN Anticorrupción) en su Artículo 9° Inciso 1) establece que, “Los Gobiernos Regionales y Locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción(..)”;

. Que, se ha encargado a la CAN Anticorrupción - encargada de articulación de esfuerzos, coordinación de acciones y formulación de políticas de prevención y combate a la corrupción, realizar el seguimiento de la conformación de las Comisiones Regionales Anticorrupción; así como coordinar con dichas Comisiones, la ejecución de la política y el Plan Nacional de Lucha contra la corrupción a nivel regional.

HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 240-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 08 de Abril de 2013.

Que, a través del Decreto Supremo N° 119-2012-PCM

  • Se aprobó el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, que contiene una visión, un objetivo general, cinco (5) objetivos específicos, quince
  1. estrategias y cincuenta y cinco (55) acciones, y cuyo ámbito de aplicación comprende a los Gobiernos Regionales;

Que, el Gobierno Regional de Huancavelica se suma a este esfuerzo conjunto del Estado Peruano para combatir la Corrupción creando la Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica;

Que, el Artículo 38° de la LeysN° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Politica del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional.

ORDENA:

ARTICULO PRIMERO.- CREAR la Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica, que tiene como objetivo principal implementar acciones de prevención y combate de la Corrupción, en la mano del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción.

ARTICULO SEGUNDO.- La Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica se encuentra conformada por:

a) El Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica.

b) El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica.

c) El Gobernador Regional de Huancavelica.

d) El Procurador Publico Anticorrupción Descentralizado.

e) El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores

f) El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica.

El Secretario: Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica participa en las sesiones con voz pero sin voto.

El Jefe de la Oficina Regional de Control y el Jefe de la Oficina Defensorial, un representante de la Sociedad Civil, un representante del sector empresarial, actuarán en la calidad de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares participar en las sesiones de la Comisión con voz pero sin voto.

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 240-GOB.REG-HVCA/CR

Huancavelica, 08 de Abril de 2013.

ARTÍCULO TERCERO.- FUNCIONES - La Comisión Regional Anticorrupción tiene las siguientes funciones:

a) Elaborar el Plan Regional de Lucha contra la Corrupción.

b) Realizar el seguimiento y la supervisión de la implementación y cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016 en la Región Huancavelica.

c) Informar semestralmente a la comisión de Alto Nivel Anticorrupción sobre los avances en la implementación del Plan Regional de Lucha Contra la Corrupción.

d) Proponer políticas a nivel regional de corto, mediano y largo plazo para la prevención y lucha contra la corrupción.

ARTÍCULO CUARTO.- PRESIDENCIA

La Presidencia asume la titularidad de la Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica, la cual es elegida entre sus miembros y tiene carácter rotatorio cada año. La Presidencia solo puede recaer en los representantes de las entidades públicas.

La Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica será convocada y presidida en la primera sesión por el presidente del Gobierno Regional.

ARTÍCULO QUINTO.- SECRETARÍA TÉCNICA

La Secretaria Técnica ejecuta los acuerdos de la Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica, así como la dirección y elaboración de los estudios y trabajos técnicos que requiera dicha Comisión para el cumplimiento de sus fines.

ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Comisión Regional Anticorrupción de Huancavelica, elaborar su Reglamento Interno en un plazo de sesénta (60) días calendario contabilizados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza Regional.

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 240-GOB.REG-HVCA/CR,

Huancavelica, 08 de Abril de 2013.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los ocho días del mes de Abril del dos mil trece.

PABLO QUIÑA CAPCHA Consejero Delegado

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.

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Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los doce días del mes de Abril del año Dos Mil Trece.

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PRESIDENTE REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/755642-240-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/913231/842202_or-240-1320200702-4721-1h2lsmt.pdf