Acuerdo Regional N.° 240-2023/GOB.REG-HVCA/CR
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Atl/ERDO DE tONJE/0 Rlfi/ON/il Nº240·202:J•GO/lREfiHl'tll/tR H11a11ca velicu, 05 de octubre Je 2023.
VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 05 de octubre de 2023, con el voto en unánime de sus integrantes;
CONSIDERANDO: Que, tos Gobiernos Regionales tienen autonomía política, econom,ca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 º de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley N° 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 201-2023/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 07 de setiembre de 2023, se aprueba conformación de la Comisión Especial encargada de la verificación y cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables conforme a las normas legales ambientales vigentes, al proyecto denominado Pukaqaqa Norte y Pukaqaqa Sur. Que, no habiendo cumplido la comisión citada en el punto anterior con la presentación del dictamen aludido por causas ajenas a la responsabilidad de dicha comisión especial, a solicitud del presidente resulta pertinente otorgar un plazo ampliatorio para la presentación del mismo, por un periodo de 45 días calendario. Que, conforme dispone el Articulo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional;
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Afl!ERDO DE fONSE/0 Rlfi/011/il Nº240·2029·/iOB.REfi.Hl'fli/fR H11,111ca::diü1, 05 de octubre de :!V_"'3.
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR el plazo ampliatorio por un periodo de 45 días calendario para la presentación del Informe y/o Dictamen de la Comisión Especial encargada de la verificación y cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables conforme a las normas legales ambientales vigentes, al proyecto denominado Pukaqaqa Norte y Pukaqaqa Sur. ARTÍCULO SEGUNDO. - COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, interesados e instancias pertinentes.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480262-240-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645192/6480262-acuerdo-de-consejo-regional.pdf