Ordenanza N.° 237-GR-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL. N° 237-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 17 de Enero de 2013.
POR CUANTO: EL.CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 167-GOB.REG.HVCA/CR.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa. :
Que el Artículo 48° Literal d) de la Ley N° 27867, establece funciones en Materia de Trabajo y Promoción del Empleo y la Pequeña y Micró Empresa, el promover el dialogo y la concertación con las Organizaciones representativas de lós Trabajadores, Empleadores, y sector de la sociedad, vinculados en materia de trabajo, promoción del empleo, formación profesional y fomento de la micro y pequeña émpresa en total armonía con las competencias atribuidas al Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, que es un órgano consultivo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
: Que,- mediante la Ley. N° 29381 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que el Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo es un órgano consultivo encargado de promover la discusión y concertación de políticas en materia. de trabajo y-.promoción. y previsión social en función del desarrollo _ Nacional, Regional y Local. :
Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2005-TR, se aprueba el Reglamento Interno: de Organización y Funciones del Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, que en su Artículo 20° establece la función del mismo, vincularse con otros espacios de dialogo internacional, Nacional y con los Consejos Regionales creados 6 puedan crearse
oF Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867 ~ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman.
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL : ORDENANZA REGIONAL N° 237-GOB.REG-HVCA/CR,
" Huancavelica, 17 de Enero de 2013.
asuntos de carácter general, la Organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional.
ORDENA:
ARTICULO PRIMERO.- MODIFÍQUESE el Artículo Primero de la Ordenanza Regional ‘N° 167-GOB.REG.HVCA/CR de fecha 16 de Febrero del 2011, quedando redactado con el siguiente texto sustitutorio:
ARTÍCULO PRIMERO.- CREAR el Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Huancavelica la misma que estará integrado de la siguiente manera.
e El Presidente del Gobierno Regional ó su representante, quien presidirá
La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, quien asume la Secretaria Técnica.
Un representante de la Dirección Regional de la Producción.
Un representante del Consejo Regional de Huancavelica
.« Un representante del Sindicato Único de Trabajadores de Educación
Peruana - Base Huancavelica. :
- Un representante de la Federación Departamental de Trabajadores
- Mineros Metalúrgicos de Huancavelica.
Un representante del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital de Ascensión :
Un representante Sindicato de Trabajadores de Essalud Huancavelica.
« . Un representánte de Sindicato de Trabajadores de! Hospital de Pampas - Tayacaja.
Un representante del Sindicato de Trabajadores de Emapa Huancavelica.
“Un representante del Sindicato de Trabajadores del Sector Salud Periferia Regional Huancavelica.
Un répresentante del Sindicato de trabajadores del Gobierno Regional
Huancavelica :
.. - Un representante de los sindicatos de trabajadores público y privado de cada. Provincia con excepción de la Provincia de Huancavelica.
«Un representante de la Asociación de Hoteles y Restaurantes
SOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 237-GOB.REG-HVCA/CR,
" Huancavelica, 17 de Enero de 2013.
- Un representante de la Cámara de Comercio de Huancavelica.
Un representante de la Defensoría del Pueblo (como veedor).
Un representante de la Federación de Comunidades [Campesinas de Huancavelica. .
. Un representante de cada Municipalidad Provincial de la Región Huancavelica.
Un representante de la Universidad Nacional de Huancavelica.
— Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales vinculadas al sector productivo de la Región Huancavelica. : .
e Un representante del Consejo Regional de Decanos Profesionales de la Región de Huancavelica. :
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo la “elaboración: del Reglamento de Organización y Funciones, la misma que será aprobada mediante Decreto Regional y que se dará cuenta al Consejo Regional de Huancavelica.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica. del Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, la comunicación a los integrantes
- del Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Huancavelica, para su conocimiento y fines pertinentes. :
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica a los diecisiete días del mes de Enero del dos mil trece.
‘PABLO QUINA CAPCHA Consejero Delegado
‘POR TANTO: Mando se Publique y cumpla:
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veinticuatro días del mes. de Enero del año Dos Mil Trece.
CESIDENGIA + ae a Méciste A, Diaz Abad
SCA Es Cavey PRESIDENTE REGIONAL
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