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224-GR-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza N.° 224-GR-HVCA/CR

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 224-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 08 de Agosto de 2012.

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:”

ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL. SISTEMA DE INFORMACIÓN REGIONAL.

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.

Que, los Artículo 20 y 5° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, asimismo el literal a) del Artículo 21° del mismo cuerpo legal establece que es atribución del Presidente Regional, dirigir y supervisar la marcha técnica y administrativa de los órganos ejecutivos del Gobierno Regional; igualmente señala que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectores, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región;

Que, con el fin de contar con un conjunto de elementos orientados al tratamiento y administración de datos e información a nivel nacional, regional, áreas de residencia y quintiles de pobreza, así como de nivel provincial, distrital, centros poblados, centros educativos, establecimientos de salud, etc. que permitan monitorear y evaluar oportunamente el avance de las intervenciones, los resultados logrados y los productos (bienes y servicios) entregados a la población; se hace necesario la construcción del Sistema de

Información Regional, constituido por un conjunto de indicadores previamente validados y tomando como fuente de datos los existentes en cada dirección

regional;

Que, por otro lado se tiene que, si bien es cierto existe información a nivel departamental proveniente de las encuestas

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N° 224-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 08 de Agosto de 2012.

nacionales, no existe un espacio donde se disponga de esta información para la toma de decisiones, para ello se propone la implementación de la "Sala Situacional de los determinantes de la pobreza y desnutrición infantil”, considerado como un “Espacio físico y/o virtual dinámico, flexible, que contiene información multidimensional (demográfico, económico, social, cultural, ambiental, etc.) tanto a nivel individual y colectivo referente a la pobreza y desnutrición, para la toma de decisiones e intervenciones articuladas;

Que, en el marco del contexto nacional y como parte de la actual política de gobierno se debe impulsar la Gestión Regional Basada en Resultados, con el fin de mejorar la eficiencia y eficacia del Estado, cuya operatividad debe radicar sobre la base de suscripción de Acuerdos de Gestión entre el Presidente Regional y las Direcciones Regionales con el objetivo de lograr los resultados previstos en los actuales Programas Presupuestales, y así beneficiar a la población ayacuchana, generando para ello mecanismos de incentivos, aspectos abordados en la Estrategia Regional CRECER Wari, Política de Estado Regional que promueve la articulación en la intervención de la institucionalidad pública, privada, de la sociedad civil y de los propios actores, en los diversos niveles de gobierno, para luchar contra la pobreza y la desnutrición infantil; : Que, mediante el Informe No 021- 2012/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGPEyAT-glpr, y Opinión Legal N° 109-2012- GOB.REG.HVCA/ORAJ-melt, se emite opinión técnica y legal favorable para la emisión de la presente Ordenanza Regional;

Que, el Artículo 380 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman . asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno, del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;

ORDENA:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR de Necesidad Pública Regional la Construcción del Sistema de Información Regional, que permita contar con información, con niveles de análisis provincial, distrital, centros poblados, centros educativos, establecimientos de salud, agencia agraria, y otros, que permitan monitorear y evaluar oportunamente el avance de

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CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 224-GOB.REG-HVCA/CR.

Huancavelica, 08 de Agosto de 2012.

las intervenciones, los resultados logrados y los productos (bienes y servicios) entregados a la población, garantizando así una gestión eficiente y efectiva, el mismo que debe estar bajo la responsabilidad de la Estrategia Regional CRECER Wari.

. ARTÍCULO SEGUNDO.- IMPLEMENTAR la Sala Situacional de los Determinantes de la Pobreza y Desnutrición Infantil, para tener información para la toma de decisiones e intervenciones articuladas, el cual contará con cuatro componentes: i) Inequidades, ii) Demografía, iii) Determinantes de la Pobreza y Desnutrición Infantil y iv) Respuesta del Estado; encargándose la responsabilidad de su conducción a la Estrategia Regional CRECER Wari.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la suscripción de Acuerdos de Gestión entre el Presidente Regional y las Direcciones Regionales con el objetivo de lograr los resultados previstos en los actuales Programas Presupuestales y de las Metas de la actual gestión regional contempladas en el Plan Estratégico Institucional 2011 - 2014, siendo necesario implementar mecanismos de incentivos al cumplimiento de metas; la responsabilidad de su implementación recaerá en la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asignar recursos y proveer la logística necesaria para el cumplimiento de lo señalado en la presente normatividad.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los ocho días del mes de Agosto del dos mil doce.

ERNAN HUGO RAMÓN LLULLUY Consejero Delegado

POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.

Dado en la Sede del 2 Dos, Regional de Huancavelica, a los dieciséis dias del

mes de Agosto del año, Mi Doce. Zi OMIERNG SixarowaL GOBIERNO aros Y

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/755049-224-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/912925/493825_or-224-1220200702-4721-1hbvx2m.pdf