Ordenanza N.° 221-GR-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 221-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 04 de Julio de 2012.
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
‘~~ ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA AGENDA AMBIENTAL REGIONAL 2012- A 2014, EN EL AMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa.
Que, el Artículo 49 de la ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisa que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, y el empleo, así como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas regionales, nacionales y locales de desarrollo; asimismo el artículo 53%, sobre Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en sus inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia, con los planes de los Gobiernos Regionales; h) Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre el uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción. Imponer sanciones ante la infracción de normas ambientales regionales;
Que, la Ley 28611 - Ley General del Ambiente, establece que el Estado tiene el ro! de diseñar y aplicar las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarias para de esta forma garantizar el efectivo ejercicio y cumplimiento de los derechos, obligaciones y responsabilidades de carácter ambiental, realizando esta función a través de sus órganos y entidades correspondientes.
Que, a través de la Política Nacional Ambiental, aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, publicada el 23 de
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N? 221-GOB.REG-HVCA/CR.
Huancavelica, 04 de Julio de 2012.
Mayo del 2009, se propende al mejoramiento continuo de la calidad de vida de las personas, mediante ia protección y recuperación del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, garantizando asi la existencia de ecosistemas viables y funcionales en el largo plazo.
Que, El Sistema Nacional de Gestión Ambiental fue creado por la Ley N° 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, cuya finalidad es de orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinado a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
Que, el Articulo 20 de la Ley N° 28245, establece que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejercen competencias y funciones sobre el medio ambiente y los recursos naturales así como los sistemas regionales y locales de gestión ambiental contando con la participación del sector privado y la sociedad civil.
Que, Mediante Ordenanza Regional N° 149- GOB.REG-HVCA, se crea la Comisión Ambiental Regional de Huancavelica (CARHVCA), como instancia de Gestión Ambiental - de carácter multisectorial, encargada de la coordinación, concertación y cumplimiento de la Política Ambiental Regional, cuyo ámbito regional comprende a las provincias de Huancavelica, Castrovirreyna, Angaraes, Churcampa, Tayacaja, Acobamba y Huaytará promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado y la sociedad civil,
Que, el Artículo 38° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros;
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N° 221-GOB.REG-HVCA/CR,
Huancavelica, 04 de Julio de 2012.
ORDENA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la Agenda Ambiental Regional de Huancavelica 2012 - 2014, como un instrumento de planificación elaborado y aprobado por la Comisión Ambiental Regional de Huancavelica, mediante proceso participativo y consensuado por las diversas instituciones públicas, privadas y sociedad civil de la región Huancavelica.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCÁRGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del medio Ambiente del Gobierno Regional de Huancavelica en coordinación con la Comisión Ambiental Regional de Huancavelica (CAR-HVCA), la difusión, implementación, monitoreo y evaluación para el cumplimiento del presente instrumento de gestión.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión del medio Ambiente, la comunicación de la presente Ordenanza Regional al Ministerio del Ambiente, Direcciones Regionales, Gerencias Sub Regionales, Municipalidades Provinciales, Organismos No Gubernamentales, entre otros actores privados.
ARTÍCULO CUARTO.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica a los cuatro días del mes de Julio del dos mil doce.
ERNAN HUGO RAMÓN LLULLUY Consejero Delegado
POR TANTO: Mando se Publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los once días del mes de Julio del año Dos Mil Doce.
sy GOBIERNO REGIONAL SEX HUANCAVELICA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/755046-221-gr-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/912921/5908129_or-221-1220200702-4721-ajljho.pdf