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220-2023-GOB-REG-HVCA-CR Regional Agreement Huancavelica In force

Acuerdo Regional N.° 220-2023/GOB.REG-HVCA/CR

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GOB¡ERNO REGIONAL DE HUAN CAVEL !CA

CONSEJO REGIONA. L

ll.tl~ ODE {fJA'SEJO Rlfi/OKlil Aro221JR202J~ti0/1 'filfffl/[D Huanca Felica, J5 de setiembre de 2023. VISTO:

El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el

í 5 de setiembre de 2023, con el voto en mayoría de sus integrantes; CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, conforme al Artículo í 91 º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31ºdela Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley N° 27680-Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que ei objetivo fundamental de la , descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el

~ desarrollo integral d,el país; de_ bindo los ob_iernos_Regionales asumir competencias para promover el i;{:i; efef-f(~\ desarrollo social, pol1t1co y economIco en el amb1to regional. /Ir / ·

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Que, el Conse¡o Regional es el organo supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, e! Consejero por la Provincia de Huancaveiica, señor Paul Laurente Enriquez, solicita al pleno del Consejo Regional que se suspenda y/o posponga todo trámite que provenga del Gerente General, por incumplimiento del Literal d) del Parágrafo 8.1 del Artículo 11 º del Reglamento Interno del Consejo Regional establece que: "Dentro de los 8 días naturales de haber asumido funciones y al inicio de cada año de gestión, el Gerente General Regional debe concurrir al pleno del Consejo Regional reunido en sesión ordinaria y/o extraordinaria, acompañado de los demás gerentes regionales, para exponer y debatir las principales medidas que requiere su gestión. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - POSPONER y/o suspender todo trámite que provenga del Gerente General, por incumplimiento del Literal d) del Parágrafo 8.1 del Artículo 11 º del Reglamento Interno del Consejo Regional establece que: "Dentro de los 8 días naturales de haber asumido funciones y al inicio de

GOBIERNO REGIONAL DE HLANCAVEUCA

CONSEJO REGIONAL

lfl!EHDO DE tOA'fE/0 Blli/OKJJ.l A'º 220#2023, REfiHJ!CJ/CII !-luancaFelica, 15 de .,etie1nbre de 2023. cada año de gestión, el Gerente General Regional debe concurrir al pleno del Consejo Regional reunido en sesión ordinaria y/o extraordinaria, acompañado de los demás gerentes regionales, para exponer y debatir las principales medidas que requiere su gestión. ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.

Regístrese, Publíquese y Cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6480285-220-2023-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7645218/6480285-acuerdo-de-consejo-regional.pdf