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212-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza Regional N.° 212-2025/GOB.REG-HVCA/CR

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GOBIERNO REG IONA L DE HU ANC AVELICA

CONSEJO REGIONAL

Af(IERDO DE CONSEJO Rlfi/ONAl Nº212·2025-GOJJ.Blfi,RJICA/ fR Hua11cavelica, 11 de diciembre de 2025. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 11 de diciembre de 2025, con el voto en mayoría de sus integrantes; CONSIDERANDO: _ Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2021-MINAM, se establece el Área de Conservación Regional Bosque Nublado Amaru-Huachocolpa-Chihuana sobre la superficie de cinco mil veinticuatro hectáreas-con mil ochocientos metros cuadrados (5 024.18 ha), ubicada en el distrito de Huachocolpa, provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, delimitada de acuerdo al mapa ~~º R12 detallado y la memoria descriptiva que contiene el listado de puntos, los mismos que como Anexos forman Vº 8 º ~º-i- parte integrante del presente Decreto Supremo .

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Que, el ,artículo 3º del decreto supremo citado, establece que: El Gobierno Regional

ruo ,.- ; de Huancavelica administra el Area de Conservación Regional Bosque Nublado Amaru Huachocolpa-

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;;~~;--'C;v Chihuana, y es responsable de reportar el estado de la conservación del Área de Conservación Regional al

Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), de acuerdo a las coordinaciones y procedimientos establecidos por este último, así como de reportar al Ministerio de Cultura, en el caso de existencia de patrimonio cultural asociado. Que, el Artículo 4º, establece que la implementación de la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Gobierno Regional de Huancavelica, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Que, el consejero por la provincia de Huancavelica, José Torres Huamaní, solicita al pleno del Consejo Regional, se encargue al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, la

  • implementación del D.S N° 032-2021-MINAM, que establece el Área de _ Conservación Regional Bosque

GOBiERNO REGIONAL DE HU ANCA VELICA

CONSE.JO REGIONAL

ACUERDO DE {ONSl/0 REfi/ONAl Nº 212;,2025pfiO/lRlG,HYfil/CR Hua11cavelica, 11 de dícíe1nbre de 2025. Nublado Amaru-Huachocolpa-Chihuana sobre la superficie de cinco mil veinticuatro hectáreas con mil ochocientos metros cuadrados (5 024.18 ha), ubicada en el distrito de Huachocolpa, provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica la implementación del D.S Nº 032-2021-MINAM, que establece el Área de Conservación Regional _Bosque Nublado Amaru-Huachocolpa-Chihuana sobre la superficie de cinco mil veinticuatro hectáreas con mil ochocientos metros cuadrados (5 024.18 ha), ubicada en el distrito de Huachocolpa, provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, dando cuenta de las acciones al Consejo Regional. ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946235-212-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714640/7946235-acuerdo-de-consejo-regional-n-212-2025-gob-reg-hvca-cr-del-11-12-202.pdf