Acuerdo Regional N.° 212-2024/GOB.REG-HVCA/CR
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HUANCAVELICA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 212-2024-GOB. REG. HVCA/ CR
Huancavelica, 15 de agosto de 2024.
VISTO:
El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 15 de agosto de 2024, con el voto unánime de sus integrantes;
CONSIDERANDO: .
Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 491° de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 — Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo 31° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 9° de la Ley N° 27867 — Ley Organica de Gobiernos Regionales.
Que, los Articulos 188° y 492° de la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la \ descentralizacion como forma de organizacion democratica y de politica permanente del Estado, es el El desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el | desarrollo social, político y económico en el ámbito regional.
Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana.
Que, mediante Oficio N° 039-2024/G0B.REG.HVCA/CR-ACOBAMBAJESE, de fecha 12 de agosto de 2024, el consejero por la provincia de Acobamba, señor Ever Sullca Escobar, solicita al pleno del Consejo Regional se declare de necesidad pública e interés regional la elaboración del estudio definitivo y la ejecución de la E Gabriel Garcia Marquez de Santa Cruz de Paccho Molinos, del distrito de Paucará, provincia de Acobamba y departamento de Huancavelica.
Que, conforme dispone el literal d) del Artículo 9° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias de los gobiernos regionales d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de
inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.
AN Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de obiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos A nternos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano O institucional o declara la voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional de Huancavelica;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional la elaboración del estudio definitivo y la ejecución de la 1.E Gabriel Garcia Marquez de Santa Cruz de Paccho Molinos, del distrito de Paucará, provincia de Acobamba y departamento de Huancavelica.
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N' 212-2024-GOB. REG. HVO/CR
Huancavelica, 15 de agosto de 2024.
ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase,
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481148-212-2024-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646412/6481148-acuerdo-de-consejo-regional.pdf