Acuerdo Regional N.° 210-2024/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 210-2024-GOB. REG. HVWA/CR
Huancavelica, 15 de agosto de 2024.
VISTO:
El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 15 de agosto de 2024, con el voto unánime de sus integrantes;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Articulo 191° de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiemos Regionales.
Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 — Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la lescentralización como forma de organización democrática y de politica permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el
Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadora, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana.
Que, mediante Oficio N° 040-2024/GOB.REG.HVCA/CR-ACOBAMBA/ESE, de fecha 12 de agosto de 2024, el consejero por la provincia de Acobamba, señor Ever Sullca Escobar, solicita al pleno del Consejo Regional se declare de necesidad pública e interés regional la elaboración del estudio de pre inversión del proyecto: “Ampliación de saneamiento básico de los 11 barrios de la capital del distrito de Paucará, provincia de Acobamba y departamento de Huancavelica”.
Que, conforme dispone el literal d) del Artículo 9° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias de los gobiernos regionales d) Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.
Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional de Huancavelica;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de necesidad pública e interés regional la elaboración del estudio de pre inversión del proyecto: “Ampliación de saneamiento básico de los 11 barrios de la capital del distrito de Paucará, provincia de Acobamba y departamento de Huancavelica”.
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 210-2024-GOB. REG. HVWA/CR
Huancavelica, 15 de agosto de 2024.
SES ARTICULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional j ay al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Ha
y) Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
nó RE iO} CONSEJO y
- REGIONAL ! AA A. | eee aves Ve. José Torres Hubmani PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/6481150-210-2024-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7646418/6481150-acuerdo-de-consejo-regional.pdf