Ordenanza Regional N.° 209-2025/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBI ERNO REGIONA L DE
HU ANCA VELICA
CONSEJO REGION AL
JlfUERD0 Dl f0NSEJ0 REfi/ONAl Nº 209,.2025,.fi0B,REG,HJlfA/CR Huancavelica, 11 de dícíembre de 2025.
VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 11 de diciembre de 2025, con el voto en mayoría de sus integrantes;
CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 ° de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización · y con el Artículo 2° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 28968 - Ley que modifica la en numeral 1) del Artículo 21 º y la Undécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que anualmente los consejeros regionales, eligen entre ellos a un consejero delegado que convoca y preside las sesiones del Consejo Regional, que lo representa y tramita sus acuerdos el cual es elegido por mayoría simple. Que, el Artículo 26º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 303/GOB.REG.HVCA/CR, publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de octubre de 2015, establece que el Presidente del Consejo Regional, es el representante del Consejo Regional y responsable de sus gestión administrativa elegido democráticamente (... ), además se elegirá al vicepresidente del Consejo Regional, quien se encargará de reemplazar al titular en caso de ausencia de éste. Que, el Artículo V del Título Preliminar del Reglamento del Consejo Regional de Huancavelica, señala "( ...) Anualmente los consejeros regionales eligen entre ellos a un presidente o presidenta, que convoca y preside las sesiones del Consejo Regional, para que los represente y tramite sus acuerdos, además eligen a Un vicepresidente. No hay reelección del presidente y/o presidenta del Consejo Regional. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos
GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO Dl CONSEJO REG/ON/Jl Nº20!J,,2025,,fi0B~REG-HJlfA/fB H uanca velica, 11 de díciembre de 2025. internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional de Huancavelica; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - ELEGIR en el cargo de VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL de Huancavelica para el periodo 2026, al consejero regional por la provincia de Churcampa, señor MEGER JOSUÉ ROJAS MEZA, quien se encargará de reemplazar al presidente en caso de ausencia de éste. CA/'é:.;;
ARTICULO SEGUNDO. - Considerar el periodo de elección del Vicepresidente del Consejo Regional de Huancavelíca, del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026. ARTICULO TERCERO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946232-209-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714635/7946232-acuerdo-de-consejo-regional-n-209-2025-gob-reg-hvca-cr-del-11-12-202.pdf