Ordenanza Regional N.° 200-2025/GOB.REG-HVCA/CR
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GOBIERNO REG IO NAL DE HlJANCAVEUCA
CONSE.JO REGIONAL
il{DERDODE CONSEJOREfi/ONM Nº200*2025,;fi0B,Rlfi.HJ'fA/fR Huanca velica, 20 de noviembre de 2025. VISTO: El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 20 de noviembre de 2025, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, economIca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31 º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización . y con el Artículo 2º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente , para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, el Artículo 89º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado . mediante Ordenanza Regional N° 303-GOB.REG.HVCA/CR, establece que: "Se conformaran comisiones especiales para asuntos específicos que no correspondan a ninguna de las comisiones ordinarias o que por su importancia o gravedad se hicieran necesarios. El Acuerdo de Consejo Regional determinará con precisión el encargo, la conformación y el plazo de vigencia de la comisión.
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Que, el Gerente General Regional de Gobierno Regional de Huancavelica, informa al pleno del Consejo Regional , sobre el estado situacional del proceso de selección para la contratación de la ejecución de la obra: "Mejoramiento el servicio de educación secundaria en la institución educativa José María Arguedas del centro poblado de Ccollpaccasa del distrito de Yauli - provincia y departamento de Huancavelica".
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Que, el pleno del Consejo Regional acuerda, conforma una comisión especial de . c!~A ·, seguimiento y verificación del proceso de selección para la contratación de la ejecución de la obra: -'ltvc Olll"'c.,"l': "Mejoramiento el servicio de educación secundaria en la institución educativa José María Arguedas del centro AV poblado de Ccollpaccasa del distrito de Yauli - provincia y departamento de Huancavelica".
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Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional ;
GOBIERNO REG IONA L DE HUANCAVELJCA.
CONSEJO REGIONAL
A{DERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 200,,2025,,fi0B.REfi.Hl'CA/tR H uancavelica, 20 de noviembre de 2025. ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. -APROBAR la conformación de la Comisión Especial del Consejo Regional de Huancavelica, encargada de efectuar el seguimiento y verificación del proceso de selección para la contratación de la ejecución de la obra: "Mejoramiento el servicio de educación secundaria en la institución educativa José María Arguedas del centro poblado de Ccollpaccasa del distrito de Yauli provincia y departamento de Huancavelica", la misma que estará integrada de la siguiente manera: • • • •
PAUL LAURENTE ENRÍQUEZ RICARDO YAURICASA FLORES JOSÉ TORRES HUAMANÍ JUAN JOSÉ ANYAIPOMA MALDONADO
Presidente
ARTÍCULO SEGUNDO. • OTORGAR un plazo de 30 días calendario para que la Comisión Especial a que se refiere el artículo precedente pueda presentar su informe y/o dictamen correspondiente. ARTÍCULO TERCERO. - COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional a los interesados e instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone.
Regístrese, Publíq.uese y Cúmpiase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946226-200-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714631/7946226-acuerdo-de-consejo-regional-n-200-2025-gob-reg-hvca-cr-del-20-11-202.pdf