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198-2025-GOB-REG-HVCA-CR Regional Ordinance Huancavelica In force

Ordenanza Regional N.° 198-2025/GOB.REG-HVCA/CR

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Huanca JJclica, 06 de noviemb;-e ,ic 2025.

VISTO: El acta, dél Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 06 de noviembre de 2025, con el voto unánime de sus integrantes;

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, econom,ca y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191 º de la Constitución Política modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Articulo 31 º dela Ley Nº 27783- Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales .

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los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, ~/:;(fiif1l~~1Capitulo XIV del Título Que, IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la

(i~~frti Fl9-,· /."/ descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el -- " '

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desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan · los más importantes acUerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 011-2025/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 16 de enero de 2025, se encarga a la Comisión Ordinaria · de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la evaluación y estudio del proceso de anexión territorial de los centros poblados del distrito de Lambras al distrito de Surcubamba.

Que, luego del proceso de estudio y evaluación y como se advierte del Dictamen ,~ 001-2025/GOB.REG.HVCA/CR-COPPyAT, de fecha 05 de noviembre de 2025, se dictar:iina la no aprobación

t : -~ \ del petitorio de anexión territorial en su estado actual del centro poblado de Sambocachi y sus asentamientos z!--i:;;óRoAѰ)f · al distrito de Surcubamba, debido a la explícita y fundamentada oposición de las comunidades involucradas (Socos, Matara, Rumichaca, Samocachi) expresada_ª. tra~~s de memoriales que indican desconocimiento, '(__~;/1 malestar y rechazo del proceso, as, como falta de part1c1pac1on y consulta efectiva.

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Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley W 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. . .

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En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional;

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - APRUÉBESE en todos sus extremos las conclusiones y recomendaciones del Dictamen Nº 00i-2025/GOB.REG .HVCA/COPPyAT, de fecha 05 de noviembre de 2025,

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La no aprobación del petitorio de anexión territorial en su estado actual del centro poblado de Sambocachi y sus asentamientos al distrito de Surcubamba, debido a la explícita y fundamentada oposición de las comunidades involucradas (Socos, Matara, Rumichaca, Sambocachi) expresada a través de memoriales que indican desconocimiento, malestar y rechazo del proceso , así como falta de participación y consulta efectiva.

ARTÍCULO SEGUNDO. - Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionhuancavelica/normas-legales/7946210-198-2025-gob-reg-hvca-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9714614/7946210-acuerdo-de-consejo-regional-n-198-2025-gob-reg-hvca-cr-del-06-11-202.pdf